El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo, a 30 de junio de 2025. Europa Press
El juez Puente vuelve a rechazar sacar de la cárcel a Cerdán aunque anuncia que lo hará "tan pronto como sea posible"
Rechaza que se esté produciendo un "agravio comparativo" con Ábalos o Koldo. "Las situaciones de unos y otro son distintas", afirma.
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El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha vuelto a rechazar la petición de la defensa de Santos Cerdán de poner en libertad al exdirigente socialista, encarcelado el pasado 30 de junio, aunque anuncia que "se hará tan pronto como sea posible".
"Este instructor comprende la impaciencia de Santos Cerdán, y lógicamente también de los letrados que asumen su defensa en esta causa especial, para que la medida cautelar adoptada en este procedimiento sea dejada sin efecto y sustituida por otra menos restrictiva", señala el instructor en una resolución conocida este martes
"Así se hará tan pronto como sea posible, es decir, tan pronto como desaparezcan o se mitiguen de forma sustancial las razones que determinaron su adopción", añade.
Santos Cerdán, en la 'comisión Koldo' del Senado, en abril de 2024.
Sin embargo, el juez no advierte la existencia de "hecho, circunstancia o argumento alguno relevante", distinto de los ya planteados, "que permita modificar en este momento la prisión provisional acordada".
Puente explica que no mantiene a Cerdán en prisión preventiva por que no se haya presentado el, "ya próximo", informe policial acerca de la situación patrimonial del exsecretario de Organización del PSOE. Ese informe "en sí mismo, no es la fuente de prueba que aquí trata de protegerse".
Sí trata de proteger pruebas "sobre las cuales todavía se investiga", indica.
Dificultar la investigación
El instructor rechaza la alegación de la defensa de que se está produciendo un "agravio comparativo" con el exministro José Luis Ábalos y su asistente, Koldo García, que están en libertad con leves medidas cautelares de presentaciones quincenales y retirada del pasaporte.
"Las medidas adoptadas son, evidentemente, distintas; pero también lo son las situaciones de unos y otro", explica.
Cerdán, "debido a la posición funcional que ocuparía en la organización, puede estar en conocimiento de datos o elementos esenciales -que pudieran ser alterados- que aquéllos, tal vez, ignoren", añade.
Reitera que los indicios apuntan a que Cerdán, "en tanto pudiera ser la persona que negociaba con los pagadores y recibía después los cobros, distribuyéndolos luego entre sus colaboradores, es la persona, de entre todas las investigadas hasta este momento, que habría de tener cabal conocimiento del proceso completo".
En consecuencia, "podría dificultar seriamente el devenir de la investigación, ocultando, destruyendo o alterando pruebas relevantes".
Puente, de otro lado, ha desestimado la petición de nulidad de la causa planteada por la defensa de Koldo García.