Begoña Gómez (c), junto a Cristina Álvarez (a) y la exministra Reyes Maroto (d).

Begoña Gómez (c), junto a Cristina Álvarez (a) y la exministra Reyes Maroto (d). EE

Tribunales CASO BEGOÑA

La Audiencia plantea que la asesora de Begoña "pudo desviar recursos públicos a intereses privados" y "exceder su función"

"Y, lo que es más importante, ofrecidos dentro de una estructura institucionalizada de poder e indudable influencia, como la Presidencia del Gobierno", señala el tribunal.

Descarta que Cristina Álvarez haya podido cometer malversación, pero sí plantea que colaborase con la mujer de Sánchez en un posible tráfico de influencias.

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La Audiencia Provincial de Madrid ha expresado que, "según parece", Cristina Álvarez, la asesora de Begoña Gómez, "excedió claramente sus funciones".

¿Por qué? Debido a que realizó gestiones personales, relativas a los negocios privados de la mujer del presidente del Gobierno, que sobrepasaban las funciones para las que fue contratada, que se circunscriben a gestionar la agenda institucional de Gómez.

Así se expresa el tribunal madrileño en una resolución fechada el pasado 12 de junio y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

"Otro dato más a considerar", subraya la Audiencia, "es el de la amistad personal previa" entre Cristina Álvarez y Begoña Gómez, "siendo la razón" del nombramiento de la primera. Su cargo, en efecto, es de personal eventual, un cargo de confianza.

La mejora de las actividades privadas de la mujer de Sánchez, si se produjo gracias a la designación de Álvarez, como así lo sostiene el tribunal, "podría suponer una desviación de recursos públicos en favor de intereses privados".

"Y, lo que es más importante, ofrecidos dentro de una estructura institucionalizada de poder que sirve para reforzar una indudable influencia como es la Presidencia del Gobierno", razona la Audiencia madrileña.

Pedir dinero a Reale

En concreto, la resolución menciona el correo electrónico, publicado por EL ESPAÑOL, que Cristina Álvarez envió a Reale Seguros. Esta empresa era una de las principales financiadoras de la cátedra que la mujer de Pedro Sánchez co-dirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM).

Correo enviado por Álvarez a Reale Seguros instando a seguir financiando la cátedra de Begoña.

Correo enviado por Álvarez a Reale Seguros instando a seguir financiando la cátedra de Begoña. EL ESPAÑOL

En nombre de la propia Gómez —"Me dice Begoña que te traslade que le encantaría..."—, su asesora insta a Reale Seguros a seguir patrocinando este proyecto académico.

También existen otros e-mails en los que constan gestiones de Álvarez con miembros de la UCM, que, a ojos del tribunal, "supondría una clara desviación del cumplimiento de su función como personal eventual de la Administración".

"El plan del autor"

Por todo ello, la Audiencia Provincial sostiene que existen indicios para investigar si, con la designación de Álvarez y su posterior comportamiento, se produjo un delito de malversación de caudales públicos.

Y apunta a que la contratación de Álvarez y las labores personales que realizó en favor de Begoña Gómez, aunque quizá no constituyeron un delito de malversación, puede que sí favorecieran un posible tráfico de influencias por parte de la esposa de Pedro Sánchez.

Los magistrados Enrique Jesús Bergés de Ramón, Jesús Gómez-Angulo y Rosario Esteban Meilán expresan que "el funcionario ilícitamente destinado a cubrir necesidades o utilidades privadas de su superior o encargado no puede cometer el delito de malversación, que sólo cometería quien lo destina, aprovecha o consiente esa decisión".

"Sin embargo, su connivencia o anuencia [la del funcionario] con esa conducta viene", según la Audiencia, "a redundar en el elemento clave" de un posible tráfico de influencias.

"Es decir, al tolerar ese ilícito comportamiento, quizá no esté cometiendo un delito de malversación, que sólo cabría plantear en el caso de que cobrara un sueldo sin prestar ninguna de las funciones para las que estaba contratada, pero sí es un elemento fáctico de la máxima trascendencia a la hora de poder acreditar su solidaridad con el plan del autor, en tanto su posición institucional refuerza las posibilidades de influencia de la conducta de la principal investigada [Begoña Gómez], que se mueve en ese limbo de poder no institucionalizado", concluyen los magistrados..

Aval a Peinado

La Audiencia responde así a los recursos presentados por la Fiscalía, la defensa de la propia asesora y el abogado de Begoña Gómez; contrarios, todos ellos, a que Álvarez tenga la condición de investigada en este procedimiento, conocido como caso Begoña.

El tribunal, debido a la existencia de los mencionados indicios, avala que el instructor de esta causa, el juez Juan Carlos Peinado, la siga investigando por un posible delito de malversación.

Ahora bien, el tribunal sí anula la testifical de Álvarez. Antes de ser investigada, la asistente de Begoña Gómez declaró como testigo, obligada a decir la verdad.

La asesora de Begoña Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, sale de declarar de los juzgados de Plaza de Castilla.

La asesora de Begoña Gómez en Moncloa, Cristina Álvarez, sale de declarar de los juzgados de Plaza de Castilla. Europa Press

Al poco, Peinado, no sin polémica, optó por mutar su condición procesal a la de investigada. Y, entonces, volvió a citarla a declarar. En esta segunda ocasión, Álvarez sí podía guardar silencio e, incluso, mentir.

Motivación casi inexistente

No obstante, la Audiencia Provincial sí reprocha a Peinado que la resolución en la que cita como investigada a la asesora de Begoña Gómez contiene una motivación "sumamente reducida, por no decir, prácticamente, inexistente".

Y le afea que no incluyera la "necesaria" justificación, "siendo conocida la importancia de la mínima motivación jurídica".

Además, Peinado ya había rechazado, meses atrás, citar a Álvarez como investigada. Sin embargo, cambió de criterio y lo hizo. Ahora, la Audiencia le reprocha que "hubiera debido motivar de forma más detallada su cambio de decisión".

Sin embargo, sí avala que el juez requiriese el tráfico de llamadas entrantes y salientes del teléfono de la asesora de Begoña Gómez.

"En concreto, respecto de la investigada Cristina Álvarez, ¿qué indicios de responsabilidad se le pueden imputar?", se pregunta la Audiencia.

Y se contesta: "La investigación tendrá que centrarse en si se sobrepasó en el desempeño de las funciones públicas que le fueron encomendadas para favorecer el plan delictivo de la investigada en el delito de tráfico de influencias [Begoña Gómez], mediante la desviación de medios públicos puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados".

Recuerda el tribunal que "las funciones de su cargo como asistente consistían en la gestión de la agenda, del correo, de dar soporte de seguridad y protocolo en cualquier desplazamiento, reunión o intervención de la mujer del presidente del Gobierno".

Por tanto, concluye que "la medida consistente en conocer el registro de llamadas entrantes y salientes y los concretos destinatarios resulta imprescindible ante los intentos de ocultar datos y fechas que son necesarias a la hora de poder valorar su intervención".

Hazte Oír, en lugar de Vox

Por otro lado, en otra resolución, la Audiencia Provincial de Madrid ha designado a la asociación Hazte Oír como la que debe liderar las acusaciones populares en el caso Begoña.

Hasta ahora, lo era Vox, que fue la primera en aportar una fianza en el Juzgado. Sin embargo, Hazte Oír se había querellado la primera, antes que el partido político.

Ahora, la Audiencia recuerda que, ante las discrepancias de unas y otras, ya ordenó que el conflicto se resolviese mediante un acuerdo entre las acciones populares.

Cinco de las seis (Hazte Oír, Iustitia Europa, Manos Limpias, Movimiento de Regeneración Política de España y un ciudadano particular) pactaron que fuese Hazte Oír el que los liderase. Vox se opuso.

Peinado entendió que, por tanto, no existía acuerdo y mantuvo al partido Vox en cabeza. Ahora, la Audiencia le reprocha esta decisión. "Hay un acuerdo mayoritario y nunca se habló de acuerdo unánime", le afea el tribunal al instructor.