Juana Rivas, en una imagen de archivo.

Juana Rivas, en una imagen de archivo. Europa Press

Tribunales 'CASO JUANA RIVAS'

Interior excarceló a la indultada Juana Rivas pese a sumar 2 "faltas graves" confirmadas por un juez

Instituciones Penitenciarias otorgó a la granadina un brazalete de control telemático para cumplir en su casa el resto de su condena.

14 enero, 2022 06:01

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 5 de Granada confirmó, el 7 de octubre de 2021, la sanción por dos faltas graves que el Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos había impuesto, a finales de septiembre, a Juana Rivas, mientras estaba interna en dicho establecimiento penitenciario. Así consta en un auto al que ha tenido acceso en exclusiva EL ESPAÑOL.

Menos de tres meses después de que el juez ratificara esta sanción, Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior, aprobó que la reclusa siguiese cumpliendo los meses que restan de su condena en su domicilio, con una pulsera de control.

Por tanto, Rivas sólo estuvo algo más de medio año en el CIS. Fue el viernes 11 de junio de 2021 cuando ingresó en este recinto, donde cumplen su pena los internos en semilibertad. Esta madre granadina obtuvo el pasado noviembre un indulto parcial por parte del Ejecutivo de Pedro Sánchez, que redujo su condena por sustracción de sus dos hijos menores.

En su auto, fechado un mes antes de esta medida de gracia gubernamental, el magistrado indica que la interna "admite los hechos" por los que se la castiga y la "relación fáctica del acuerdo". La sanción consistió en 15 días de privación de permisos por cada una de las faltas graves, considerados absolutamente proporcionados, "teniendo en cuenta la gravedad de los hechos".

El juez resolvió que el comportamiento de Juana Rivas en el centro fue "constitutivo de una falta grave de desobediencia y otra de falta de respeto a un funcionario". Ambas tienen consideración de graves, de acuerdo con los apartados a) y b) del artículo 109 del Real Decreto 1201/1981, que aprueba el Reglamento Penitenciario.

Juana Rivas, antes de acceder al CIS Matilde Cantos de Granada, el pasado junio.

Juana Rivas, antes de acceder al CIS Matilde Cantos de Granada, el pasado junio. Europa Press

Según confirman fuentes jurídicas a este diario, una sanción, por sí sola, no constituye un motivo que obligue a regresar a segundo grado a un interno (es decir, a poner fin a su semilibertad y devolverle a una prisión ordinaria). Sin embargo, a pesar de no tratarse de una cuestión automática, sí existe un criterio reiterado por el cual lo habitual es regresar a segundo grado a un interno sancionado en un CIS.

De esta forma, una resolución sancionadora sí puede originar la regresión de grado si la Junta de Tratamiento —el órgano compuesto por el personal técnico del centro— lo ve oportuno. Asimismo, estas amonestaciones no suelen ser frecuentes en estos centros, a los cuales los internos son enviados tras haber demostrado un buen comportamiento que justifica que tengan un control más laxo que el de una cárcel ordinaria.

Según los testimonios del entorno penitenciario recabados el pasado diciembre por EL ESPAÑOL, cualquier otro "interno normal" en tercer grado "pasaría a cumplir su pena en segundo grado" al acumular un historial como el de Rivas.

El recurso

El magistrado Pedro Andrés Joya tuvo que pronunciarse, ya que Juana Rivas interpuso un recurso de alzada contra la decisión administrativa —la gestión de los centros penitenciarios depende de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias— que la sancionó.

Los jueces de Vigilancia Penitenciaria son los encargados de tutelar los derechos de los presos durante su internamiento, controlan el cumplimiento de las penas privativas de libertad y resuelven los asuntos que conciernen a los internos.

Una vez interpuesto el recurso, el Ministerio Fiscal solicitó su desestimación, como finalmente hizo el juez en octubre de 2021. En él, la defensa de Rivas alegaba falta de proporcionalidad en la sanción y pedía rebajarla. El magistrado, en su auto, la considera "totalmente ajustada a Derecho y a las circunstancias concurrentes".

También la ve acorde con el Reglamento Penitenciario. "El referido precepto castiga las faltas graves (...) con una sanción de privación de permisos de salida de hasta dos meses de duración, por lo que la sanción impuesta, de 15 días por cada una de las faltas cometidas, que se sitúa en la mitad de la mitad inferior del tiempo establecido por la norma, no es en absoluto desproporcionada a la falta cometida, teniendo en cuenta la gravedad de los hechos".

Este diario ha tratado, sin éxito, de recabar una valoración por parte de Instituciones Penitenciarias sobre los hechos. Con la misma fortuna, ha preguntado al Ministerio del Interior si fueron tenidos en cuenta a la hora de conceder a Juana Rivas, el pasado diciembre, la pulsera telemática para cumplir el resto de su pena en casa.

Tal y como aseguraron fuentes del entorno penitenciario a este diario en diciembre, contra Rivas se presentaron dos partes por sacar el móvil sin autorización, y un tercero por no comparecer, como el resto de los reclusos, durante el recuento de la mañana en el CIS. Este diario no ha podido confirmar si fue alguno de estos el que desencadenó la sanción por dos faltas graves que el juez ratificó.

Cronología del caso

En julio de 2018, Juana Rivas fue condenada a cinco años de cárcel por el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada, cuyo titular es el juez Manuel Piñar, por haber permanecido en paradero desconocido en el verano de 2017 junto a sus dos hijos para no entregárselos al padre, el italiano Francesco Arcuri. Éste último había aceptado en 2009 tres meses de prisión por maltrato.

Esta primera pena de Rivas fue posteriormente ratificada por la Audiencia Provincial. No obstante, el Tribunal Supremo la redujo después a dos años y medio. En noviembre de 2021, el indulto parcial del Gobierno de Pedro Sánchez la achicó, finalmente, hasta los quince meses de cárcel.

Al ser esta última inferior a los dos años, su defensa solicitó al Juzgado de lo Penal la suspensión de la ejecución de la pena, a lo que Piñar se negó, entre otros motivos, revelando los "indicios de abusos sexuales" a uno de los hijos de Rivas mientras estaba bajo la custodia materna.

A mediados de diciembre, su letrado recurrió esta negativa del juez ante la Audiencia Provincial. Unos días después, Instituciones Penitenciarias concedía a Juana Rivas el brazalete telemáticoAl igual que su defensa, la Fiscalía también aboga por su plena libertad.