La alcaldesa socialista de Móstoles, Noelia Posse.

La alcaldesa socialista de Móstoles, Noelia Posse. Ayuntamiento de Móstoles

Tribunales PSOE DE MADRID

Imputada la alcaldesa socialista de Móstoles por supuesta malversación y prevaricación

Deberá acudir a declarar el próximo 18 de noviembre. La investigación se deriva de una querella interpuesta por la marca local de Más Madrid.

16 septiembre, 2021 08:48

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Móstoles ha citado como investigada a la alcaldesa de la localidad, la socialista Noelia Posse, por los supuestos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, según confirman fuentes cercanas al caso a EL ESPAÑOL.

La regidora deberá acudir a declarar el próximo 18 de noviembre a las 10:45 de la mañana ante la titular del juzgado, la jueza María Pinto. El pasado 7 de julio, también fueron imputados el actual tesorero del ayuntamiento, Francisco Javier Torner, y el exconcejal de Hacienda, Aitor Perlines, a quienes se interrogó una semana más tarde.

Las actuaciones se derivan de una querella, interpuesta por Gabriel Ortega y Susana García, concejales de Ganar Móstoles (marca local de Más Madrid) y admitida a trámite a mediados del pasado abril, contra Posse y el resto de miembros de su Ejecutivo, a quienes ambos portavoces acusan de haber perdonado, supuestamente, casi dos millones y medio de euros a una empresa.

La compañía, adjudicataria de un contrato desde 2011, debía abonar un canon anual al consistorio por su actividad, pero a lo largo de los últimos años habría contraído sustanciosas deudas.

Perdonar tributos

Según consta en la querella, a la que ha tenido acceso este diario, los dos concejales de Más Madrid-Ganar Móstoles (formación que, entre junio y octubre de 2019, sostuvo el Gobierno local de PSOE y Podemos, pero que, tras el llamado escándalo de los enchufes, lo abandonó) atribuyen a la Junta Municipal el haber aprobado fraudulentamente "una quita de la deuda de 615.000 euros" a la mercantil ITV Móstoles S. L.

También inculpan a sus miembros del "fraccionamiento, sin ningún tipo de intereses ni garantía, a nada menos que 30 años", del resto de la cantidad que adeudaba la empresa y "la reducción del canon del 2020, y de los años subsiguientes hasta 2041, a menos de la mitad [de 147.653 euros anuales a 60.000]".

A juicio de los querellantes, esto último supondría "un perjuicio para las arcas públicas, sin contar el IPC, de 1.840.725,39 euros".

Cese del interventor

Los dos concejales de Ganar Móstoles-Más Madrid también acusan al Gobierno de Noelia Posse de haber obviado, de forma deliberada, los informes del interventor del ayuntamiento, el encargado de supervisar sus finanzas, quien se opuso de forma contundente a esta rebaja.

Tal fue su oposición que acabó remitiendo un informe al Tribunal de Cuentas. En él, alertaba de las posibles "responsabilidades en que se pudiera incurrir, tanto de naturaleza administrativa como contable e incluso penal". Este órgano, según ha podido saber este diario, continúa investigando el caso, tras haber detectado posibles irregularidades en dicha gestión.

Este funcionario fue cesado por el Ayuntamiento el pasado 5 de mayo un día después de las elecciones autonómicas en Madrid alegando "pérdida de confianza" por su supuesta mala gestión de las cuentas de una empresa pública. Por su parte, la oposición municipal tachó su destitución de represión por haber denunciado ante el Tribunal de Cuentas este presunto caso de corrupción.

Asimismo, en un informe, el Ministerio de Hacienda que se pronunció sobre la petición del cese del interventor por parte del ayuntamiento, ya que este cargo tiene habilitación nacional avaló holgadamente la labor del funcionario y no apreció ninguna "falta de diligencia en el desempeño de sus funciones legalmente asignadas".

Prevaricación y malversación

En su artículo 404, el Código Penal español castiga la prevaricación "con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años" y la define como aquel delito cometido por "la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo".

De igual modo, en el art. 432, sanciona la malversación de caudales públicos "con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años". Estas penas, no obstante, pueden ser mayores en función de si se produce "grave daño o entorpecimiento al servicio público" o si "el valor del perjuicio causado" supera los 50.000 euros.