Raül Romeva a la salida de Lledoners el pasado 2 de marzo./

Raül Romeva a la salida de Lledoners el pasado 2 de marzo./ Efe Efe

Tribunales

La jueza apela al CV de Romeva para asegurar que es "consciente" de que hay que cumplir la ley

La magistrada Arnau concede otro permiso de salida a Jordi Cuixart, esta vez de seis días.

23 junio, 2020 15:14

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La jueza de vigilancia penitenciaria de Cataluña María Jesús Arnau ha avalado el régimen de semilibertad concedido por la prisión de Lledoners al exconsejero de Exteriores de la Generalitat Raül Romeva, condenado a 12 años de prisión por su intervención el proceso ilegal llevado a cabo en el otoño de 2017 para imponer la secesión de Cataluña.

Arnau, que ha respaldado todos los acuerdos de la Administración Penitenciaria catalana a favor de los condenados por el 'procés' sin acoger en ningún aspecto la oposición del fiscal, afirma en una resolución conocida este martes que "el currículum universitario y profesional de Romeva, unido al hecho de haber desempeñado un cargo público relevante en el Govern de la Generalitat, hacen innecesario que deba realizar un programa específico para interiorizar que las leyes hay que cumplirlas, como de contrario continúa insistiendo el Ministerio Fiscal, puesto que el interno ya es consciente de ello".

La concesión del régimen del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, del que ya disfrutan todos los condenados del 'procés', les permite salir entre tres y cinco días a la semana de prisión, aparte de los permisos penitenciarios. Arnau acaba de conceder uno de seis días a Jordi Cuixart, que ya ha tenido nueve permisos extraordinarios, tres gubernativos, tres salidas programadas, un permiso ordinario de tres días y 50 salidas en aplicación del artículo 100.2 hasta el pasado 12 de mayo.

En el caso de Romeva, que empezó a disfrutar del 100.2 el 2 de marzo (las salidas se vieron interrumpidas por la crisis sanitaria del Covid-19), podrá abandonar LLedoners los lunes, martes y jueves de 12 a 16 horas para trabajar en la Associació Districte 11 City to City, una entidad sin ánimo de lucro en la que "actualizará la cooperación entre Cataluña y Bosnia".

Arnau se apoya en los informes del jurista, el psicólogo y la educadora de la cárcel para afirmar que Romeva "reconoce los hechos probados en la sentencia [del Tribunal Supremo], es sensible a las consecuencias negativas de su conducta y asume la responsabilidad de sus acciones".

"De otra manera"

El pasado enero, el exconsejero afirmó que "el camino [a la independencia] es irreversible. Lo volveremos a intentar" cuando compareció en la comisión del Parlamento catalán sobre la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Pero la postura de la jueza de vigilancia penitenciaria es, sin embargo, que "durante los más de dos años y cuatro meses que lleva en prisión Romeva ha reflexionado sobre lo sucedido y sobre sus decisiones tomadas que llevaron a la consecución de los hechos delictivos" y "actualmente considera que las cosas deberían haberse hecho de otra manera, a posteriori y con la distancia, analizando la situación creada, valora que se podría haber actuado de otra forma, así como ve las consecuencias que se han originado por su conducta, admitiendo que no eran las consecuencias deseadas".

Según Arnau, el tiempo de encarcelamiento que el exconsejero lleva "le han supuesto un efecto intimidatorio de la pena, lo que ha repercutido en su escala de valores, en la que actualmente prioriza poder estar con la familia y los amigos más próximos y sus expectativas de futuro (...) dentro de la actividad privada".

Enfrentamiento con el fiscal

La resolución contiene también valoraciones contrarias a la posición del Ministerio Público, que considera que Arnau está vaciando de contenido la sentencia del 'procés'.

La jueza subraya, en cambio, que el Supremo no impuso que los condenados deban esperar a cumplir la mitad de la condena para acceder al tercer grado de tratamiento penitenciario, de lo que deduce que el alto tribunal "no impone limitaciones a priori en el itinerario penitenciario", como la concesión del 100.2.

"Tal desestimación se pretende soslayar ahora, esto es, lo que el Ministerio Fiscal no consiguió que se admitiera en la sentencia condenatoria se intenta conseguir en  fase penitenciaria, manteniendo una oposición férrea a todo aquello que suponga facilitar salidas del centro penitenciario, ya sea mediante autorización de permisos o, como ahora, con la aplicación de un régimen flexible", reprocha la jueza a la Fiscalía.