Carles Puigdemont, en Bruselas (Bélgica)

Carles Puigdemont, en Bruselas (Bélgica) Efe

Tribunales

La fuga de Puigdemont le permitirá estar dos meses fuera del alcance de Lamela

El expresident, huido a Bélgica, envolverá en una maraña jurídica la euroorden de detención que dictará la jueza de la Audiencia Nacional.

2 noviembre, 2017 01:04

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La decisión del expresidente catalán de permanecer prófugo en Bruselas (Bélgica) desde el pasado lunes, día en que la Fiscalía se querelló contra él por rebelión, le permitirá estar fuera del alcance de la jueza Carmen Lamela en torno a dos meses.

Éste es el plazo establecido para la resolución de la orden europea de detención y entrega que previsiblemente emitirá la instructora de la Audiencia Nacional si se confirma que Carles Puigdemomt no comparece este jueves a declarar. El plazo que tendrá la Justicia belga para pronunciarse sobre la entrega de Puigdemont coincide con el período de formación de listas y de campaña electoral para los comicios del 21 de diciembre en Cataluña.

No le será difícil a Paul Bekaert, el abogado que ha elegido Puigdemont en Bélgica, tejer una maraña jurídica que dificulte y demore la entrega a la Audiencia Nacional del expresident huido. Bekaert está especializado en la defensa de etarras refugiados en ese país, a cuyos tribunales les entusiasma ponerse quisquillosos con peticiones de auxilio judicial incluso procedentes de otro país de la Unión Europea, espacio en el que se supone instaurado el principio de reconocimiento mutuo de las decisiones judiciales.

Bekaert logró en noviembre de 2013 que los jueces belgas rechazaran la entrega a España de la presunta etarra Natividad Jáuregui, alias Pepona, que fue puesta en libertad. A Jáuregui se la vinculaba con los asesinatos de dos policías, dos guardias civiles y dos militares en distintos atentados de ETA cometidos en Vizcaya en 1981. Bekaert alegó, con éxito, la prescripción de los delitos.

Cómo cargarse la euroorden

La prescripción es uno de los motivos por los que una euroorden puede ser denegada, aunque claramente no podrá ser alegado por Puigdemont. Su defensor belga puede encontrar, no obstante, otros vericuetos para intentar que se deniegue la entrega a España. Uno de ellos podría ser el requisito de la doble tipificación del delito, esto es, que los tipos penales atribuidos a Puigdemont en la querella estén también recogidos en el Código Penal belga.

La decisión marco del Consejo de la Unión Europea que reguló en junio de 2002 la orden de detención europea y los procedimientos de entrega entre Estados de la UE contiene una lista de delitos para los cuales no es necesario demostrar la doble tipificación, pero entre ellos no se encuentran ni la rebelión ni la sedición y sólo podríamos considerar incluida la malversación de fondo si se la considera un delito de corrupción.

Suponiendo que haya que probar la doble tipificación de la rebelión y de la sedición, el Código Penal belga tiene un delito que castiga con prisión de 20 a 30 años "el intento de destruir o cambiar la forma del gobierno (...) o hacer que los ciudadanos se levanten en armas contra la autoridad real". Su correspondencia o no con los tipos penales españoles permitiría a la Justicia belga entrar a valorar de alguna forma los hechos atribuidos a Puigdemont y examinar su encaje legal, un escenario que beneficia al prófugo en la medida en que le permite introducir la duda y la confusión.

La defensa de Puigdemont puede intentar también poner en cuestión el sistema de garantías penales en España. Cuando el expresident afirmó el pasado martes desde Bruselas que no volverá a España hasta que no tenga "garantías de un juicio justo" seguramente habría sido asesorado sobre la regulación de la euroorden, que permite condicionar la entrega a que "la autoridad judicial emisora [la Audiencia Nacional] dé garantías que se consideren suficientes" para asegurar a la persona que sea objeto de la orden de detención europea tendrá un proceso que salvaguarde los derechos de la defensa.

Bekaert lo va a tener difícil para probar que el ordenamiento español no garantiza la defensa, especialmente si se contrasta la huida de Puigdemont con el sometimiento al proceso de sus ocho exconsejeros y de los miembros de la Mesa del Parlament, los cuales han anunciado que comparecerán a las citaciones realizadas por un sistema judicial que, según su exjefe, carecería de garantías.

Detenido en Bruselas

Pero aunque jurídicamente sea muy difícil la denegación de la euroorden, la estrategia de Puigdemont de ponerse en rebeldía le permitirá, como mínimo, ganar tiempo e incluso intervenir a distancia en el período electoral. Esto último, claro está, si la Justicia belga no acuerda su detención mientras la orden de entrega se tramita, medida cautelar que la decisión marco permite adoptar y que Lamela solicitará.

La prisión puede ser la finalidad última de la euroorden que se emita contra él. Conforme al artículo 39 de la Ley 23/2014, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, "la autoridad judicial española podrá dictar una orden europea de detención y entrega para el ejercicio de acciones penales cuando, concurriendo los requisitos para ello previstos en esta Ley, concurran además los previstos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para acordar el ingreso en prisión preventiva del reclamado".

La legislación permite a la instructura de la Audiencia Nacional pedir a los jueces belgas permiso para interrogar a Puigdemont antes de emitir la orden europea de detención. ¿Podría hacerse ese interrogatorio por videoconferencia, como plantea Bekaert? La ley procesal penal española autoriza la utilización de ese sistema para testigos, peritos e incluso imputados, pero entre los motivos que justifican su empleo no están la preferencia del investigado por permanecer fuera del alcance de la Justicia "para observar y esperar", como ha declarado el defensor a una televisión holandesa.

Declarar desde Bélgica

La ley permite recurrir a la videoconferencia por razones de "utilidad, seguridad o de orden público, así como en aquellos supuestos en que la comparecencia de quien haya de intervenir en cualquier tipo de procedimiento penal como imputado, testigo, perito, o en otra condición resulte particularmente gravosa o perjudicial". Ninguno de esos motivos concurre en la situación de Puigdemont.

El expresident tiene la obligación jurídica de comparecer al llamamiento de la jueza Carmen Lamela. La Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que "si el citado no compareciere ni justificare causa legítima que se lo impida, la orden de comparecencia podrá convertirse en orden de detención".

Y la misma ley prescribe la prisión provisional del investigado para "asegurar su presencia en el proceso cuando pueda inferirse racionalmente un riesgo de fuga".

Los tiempos

Desde el punto de vista legal, la huida de Puigdemont tiene un efecto: le acerca a la cárcel. ¿Cuándo? Si resulta preciso tramitar la euroorden, primero es indispensable que lo pida el fiscal y luego habrá que remitir a Bélgica la resolución judicial traducida. Las autoridades judiciales belgas tienen que oír al afectado y pueden solicitar a la Audiencia Nacional información complementaria. Puigdemont tiene la opción de llegar por vía de recurso hasta la última instancia judicial belga, el Tribunal de Casación, para evitar su vuelta a España. 

La normativa establece un plazo general de tramitación de 60 días, pero existe la posibilidad de ampliarlo otros 30. Una vez acordada de manera firme, la entrega se puede demorar 10 días más.