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Forcadell cometerá un delito más si utiliza la vía de la secesión exprés

El Gobierno pide al TC la suspensión del nuevo reglamento del Parlament y que aperciba a los miembros de la Mesa si no la acatan.

29 julio, 2017 02:37

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La reforma del reglamento del Parlamento de Cataluña impuesta por Junts pel Sí y la Cup con el declarado propósito de ser utilizada para la aprobación exprés de la ley del referéndum independentista quedará inservible como instrumento del plan soberanista en menos de 72 horas. Los magistrados del Tribunal Constitucional han sido convocados para el próximo lunes por la tarde con el fin de admitir a trámite la impugnación por el Gobierno de Rajoy del nuevo reglamento y su suspensión cautelar es obligada, dado que la Constitución así lo establece cuando el Ejecutivo lo solicita.

Carme Forcadell, presidenta del Parlament.

Carme Forcadell, presidenta del Parlament.

La Abogacía del Estado, que ha presentado este mismo viernes, nada más terminar el Consejo de Ministros, el recurso de inconstitucionalidad, no se limita a pedir la suspensión del nuevo reglamento -lo que determinará que no pueda aplicarse- sino que además solicita la notificación personal de la providencia de suspensión que dicte el Constitucional a la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y a cada uno de los miembros de la Mesa.

El abogado del Estado quiere que se les imponga la prohibición expresa de admitir cualquier iniciativa para su tramitación según la nueva norma reglamentaria, que ha alterado los requisitos para aprobar una ley por el procedimiento de lectura única.

Sin consenso, sin enmiendas

Lluís Guinó i Subirós, vicepresidente primero.

Lluís Guinó i Subirós, vicepresidente primero.

De acuerdo con la modificación realizada del artículo 135.2 del reglamento, un solo grupo parlamentario tiene ahora la facultad de solicitar la tramitación de una proposición de ley por la vía de la lectura única. Hasta este momento era preciso que la proposición de ley estuviera firmada por todos los grupos parlamentarios para que pudiera arbitrarse el procedimiento de lectura única, que se caracteriza por una notable reducción de los trámites ya que se suprime el debate en comisión y la elaboración de una ponencia. La celeridad que puede imprimirse, así, a las proposiciones aprobadas mediante lectura única es extraordinaria.

Anna Simó i Castelló, secretaria primera.

Anna Simó i Castelló, secretaria primera.

Además de eliminar la exigencia de que todos los grupos estén de acuerdo en el uso del procedimiento de lectura única, la reforma no contempla la posibilidad de que se presenten enmiendas. Esto ocurría también en la anterior redacción del artículo 135.2, pero el abogado del Estado sostiene que entonces la inexistencia de trámite de enmiendas no era relevante porque la norma exigía la unanimidad de los grupos para poder aplicar la lectura única.

El hecho de que el nuevo artículo 135.2 no prevea la posibilidad de presentar enmiendas es, para el abogado del Estado, muy significativo porque tanto la Junta de Letrados del Parlament como el Consejo catalán de Garantías Estatutarias y la propia oposición parlamentaria pidieron que el trámite de enmiendas fuese incorporado y Junts pel Sí y la Cup se negaron. Para el abogado del Estado, ello evidencia un claro propósito de que la facultad de presentar enmiendas no quede garantizada.

Joan Josep Nuet i Pujals, secretario tercero.

Joan Josep Nuet i Pujals, secretario tercero.

El recurso de inconstitucionalidad que el lunes admitirá el TC se basa en que la nueva redacción del precepto reglamentario que permite aprobar proposiciones de ley en lectura única "supone una quiebra del derecho de participación política en la medida en que está eliminando la facultad de la minoría de presentar enmiendas a los textos de las proposiciones de ley promovidas por la propia mayoría, siendo la presentación de enmiendas contenido esencial del derecho fundamental consagrado en el artículo 23.2 de la Constitución".

Apercibimiento

La notificación personal de la suspensión, con apercibimiento de las eventuales responsabilidades -incluida la penal- en las que se pudiera incurrir, ha sido una medida que el TC ha adoptado en anteriores fases del proceso soberanista. De hecho, el Constitucional ya ha acordado en dos ocasiones deducir testimonio contra actuaciones de la Mesa del Parlamento catalán para que el fiscal procediera a exigir responsabilidad penal por desobediencia, al constatar que la suspensión no había sido respetada.

Lo acordó el 6 de octubre de 2016, cuando instó al Ministerio Público a actuar contra Forcadell después de que ésta permitiera votar las conclusiones de la comisión del proceso constituyente, aprobadas por la Cámara catalana el 27 de julio de 2016. El fiscal presentó una primera querella contra Forcadell el 19 de octubre siguiente.

Ramona Barrufet i Santacana, secretaria cuarta.

Ramona Barrufet i Santacana, secretaria cuarta.

La segunda querella se interpuso el 23 de febrero pasado y se dirigió no sólo contra la presidenta del Parlament sino además contra los miembros de la Mesa Lluis Corominas, Anna Simó y Ramona Garrufet. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña incluyó también en este proceso penal a Joan Josep Nuet. A todos ellos se les investiga por desobediencia y prevaricación al haber admitido a trámite una propuesta de resolución en la que se instaba al Govern a convocar el referéndum independentista.

En este caso, la querella del fiscal respondió también a una deducción de testimonio acordada por el Tribunal Constitucional por unanimidad el 13 de diciembre de 2016.

Carmen Forcadell se enfrentaría, por tanto, a un tercer problema penal si, tras la suspensión del nuevo reglamento el próximo lunes, opta por tramitar en lectura única cualquier iniciativa relacionada con el proceso soberanista.

"Si se utiliza el reglamento impugnado deduciremos testimonio", aseguran fuentes del TC, que consideran que las respuestas al desafío secesionista deben ser "proporcionadas" pero "firmes".