Imagen del hemiciclo de la Asamblea de Madrid

Imagen del hemiciclo de la Asamblea de Madrid Efe

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Por qué a pesar del adelanto electoral en Madrid habrá elecciones en 2023 y no en 4 años

Aunque Ayuso haya convocado elecciones, el mandato surgido de esos comicios finaliza al agotarse el tiempo oficial de la "legislatura originaria".

10 marzo, 2021 18:26

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Isabel Díaz Ayuso ha convocado este miércoles elecciones anticipadas para el próximo 4 de mayo en la Comunidad de Madrid con el argumento de frenar una moción de censura del PSOE y Ciudadanos, formación que lo niega categóricamente. Así, los madrileños irán a las urnas en mayo de este año. Pero ello no significa que vaya a arrancar una nueva legislatura de cuatro años, hasta 2025. Los ciudadanos deberán volver a votar en mayo de 2023.

¿El motivo? Así viene recogido en el Estatuto de la Autonomía de la Comunidad de Madrid. En él se establece que aunque haya una convocatoria de elecciones, el mandato surgido de esos nuevos comicios será "limitado" y expirará al agotarse el tiempo oficial de la "legislatura originaria".

En concreto, el artículo 21.3 señala que "la nueva Cámara que resulte de la convocatoria electoral tendrá un mandato limitado por el término natural de la legislatura originaria".

En este sentido, cabe recordar que legislatura actual arrancó en junio de 2019, cuando tuvo lugar la sesión constitutiva de la Asamblea de Madrid. Por lo tanto, finalizará en 2023 y las elecciones tendrán lugar el 25 de mayo de ese mismo año, dado que la fecha también está indicada en el estatuto: "Las elecciones tendrán lugar el cuarto domingo de mayo de cada cuatro aós, en los términos previstos en la Ley Orgánica que regule el Régimen Electoral General" (artículo 10.7).

Enredo jurídico

Los comicios anticipados de mayo están pendientes de un enredo jurídico ya que casi de forma simultánea a la que Isabel Díaz Ayuso acordara la convocatoria electoral se han presentado dos mociones de censura (del PSOE y Más Madrid) y el estatuto prohíbe acordar la disolución de la asamblea regional si ya está en tramitación una moción.

Es decir, una vez convocados los comicios, no sería posible registrar una moción de censura en la Asamblea, puesto que se firma el decreto de disolución de la Cámara regional y no tendrían ninguna validez, según el Estatuto de Autonomía.

A la inversa sucedería algo similar, ya que de haberse registrado antes las mociones de censura que la convocatoria electoral, tampoco sería posible adelantar la cita con las urnas.

Pero con la decisión de la Mesa de admitir a trámite las mociones del PSOE y Más Madrid queda en el aire la convocatoria electoral, puesto que según dispone el Estatuto de Autonomía, la disolución anticipada de la Asamblea y consecuente convocatoria de elecciones por parte de la Presidencia no está permitida si se encuentra en tramitación una moción de censura.

Fuentes parlamentarias han indicado que es probable "que esto termine en los tribunales".