La ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría.

La ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría. EP

España EDUCACIÓN

Educación llevará a los tribunales el modelo implantado por Ayuso que permite elegir colegio

El Ministerio asegura que el distrito escolar único se salta la LOMLOE, pero el Gobierno de la Comunidad de Madrid lo niega. 

19 marzo, 2022 02:34

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No hay entendimiento y acabarán en los tribunales. El distrito escolar único que ha implantado la Comunidad de Madrid para el curso 2022/2023 va a llevar el caso ante la justicia.

Así lo asegura n a EL ESPAÑOL fuentes cercanas al proceso tras dar por sentado que Isabel Díaz Ayuso no va a responder al requerimiento que le ha puesto el Ministerio de Educación por publicar una distribución del censo estudiantil que contradice la ley orgánica de educación, LOMLOE, conocida como Ley Celaá.

La disputa viene de lejos. Concretamente, desde que la nueva ley educativa (que es una ley orgánica) modificara los criterios de elección de centro, dando más puntos a aquellos alumnos que viven más cerca del mismo, sea público o concertado.

El modelo que defendía la exministra Isabel Celaá, y ahora abandera Pilar Alegría, choca frontalmente con el plan que la Comunidad de Madrid ha instaurado desde hace más de diez años: el distrito único. Un modelo que también está vigente en Murcia o Andalucía y que permite a los alumnos matricularse libremente en un centro escolar, independientemente de lo cerca que esté de su domicilio.

Fue Cristina Cifuentes la encargada de ponerlo en marcha en la región, creando lo que para Educación es un "sistema de guetos" que deja a los niños repartidos en función de su perfil económico. Educación se apoya en un estudio de la OCDE, School Choice and equility, que asegura que el derecho de las familias a elegir colegio segrega a los alumnos por clase social y no por lugar de residencia.

Por ello, la ley Celaá dictamina que las áreas de influencia (zonas de elección de centro) "se determinarán, oídas las administraciones locales, de modo que permitan garantizar la aplicación efectiva de los criterios prioritarios de proximidad al domicilio y cubran en lo posible una población socialmente heterogénea".

Para evitar lo que pasaba hasta ahora, la LOMLOE establece que los criterios por vivir en el mismo municipio o distrito que el centro escolar, la renta, tener hermanos ya escolarizados o ser familia numerosa, no pueden tener "carácter excluyente" ni suponer más del 30% del total de la puntuación máxima, "salvo la proximidad del domicilio, que podrá superar ese límite".

Por el contrario, la norma madrileña establece que los alumnos obtendrán la mayor puntuación (15 puntos) por tener hermanos en el centro, 12 por disponer de poca renta, otros 12 por vivir en el mismo municipio, 10 por ser familia numerosa y 1 por vivir en el distrito del colegio. Al ser distrito único, esos puntos apenas tienen validez.  

Contencioso administrativo

Tras el choque entre administraciones, Madrid decidió lanzar un órdago a Educación y seguir instaurando el distrito único. Primero lo hizo durante el curso 2021/2022 adelantando la fecha de matriculación de sus alumnos (algo que sí fue legal) y ahora lo hace cambiando la norma. En este punto, es donde se ha encontrado de frente con Educación.

El Ejecutivo regional aprobó hace unas semanas un decreto para "permitir a las familias decidir qué colegio quieren para sus hijos". Una norma que incurre en un incumplimiento de la ley estatal básica, la LOMLOE, y por el que el Ministerio de Educación ha enviado un requerimiento.

Fuentes del equipo de Pilar Alegría aseguran que, en vista de que Madrid no va a rectificar, el siguiente paso será interponer un "recurso por la vía del contencioso-administrativo" para que modifiquen su normativa.

Educación defiende que la potestad para elaborar normas básicas (como es la educativa) la tienen ellos y no la Comunidad de Madrid que, con su decreto, contradice lo marcado por la LOMLOE. La ley "regula el mínimo común normativo que deben cumplir las administraciones" y, por ello, Madrid no puede saltárselo.

El equipo de Alegría está seguro de que va a ganar esa batalla en los Tribunales porque se apoyan en la potestad que les da la propia Constitución Española. En ella, se establece que el Estado tiene la competencia exclusiva en la "regulación básica" del derecho fundamental a la educación y a las administraciones educativas les corresponde, únicamente, su desarrollo.

Por su parte, el consejo de Educación, Enrique Osorio, ha asegurado que responderán por escrito al Ministerio "con los argumentos que justifican que los cambios en la norma cumplen con lo establecido en la LOMLOE".

Su argumento es que ellos respectan el cumplimiento de la norma (en lo relativo a los puntos por proximidad), pero que "han primado otras circunstancias, como tener hermanos en el mismo colegio o el agrupamiento familiar".

Dicho de otra forma, aclaran que las puntuaciones por el apartado de proximidad al domicilio se han recalculado, pero mantienen las proporciones para que siga en vigor el "espíritu de la zona única" de elección de centro. Decidirán los tribunales.