La resolución del CSD alega que la Comisión RFEF-LaLiga "no tenía competencia" en el 'caso Olmo' y que su fallo es "nulo"
"El Barcelona aportó la documentación acreditativa del cumplimiento de las normas de control económico con fecha 31 de diciembre de 2024", afirma el escrito al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
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La resolución del Consejo Superior de Deportes sobre el caso Olmo detalla la "falta de competencia" de la Comisión de Seguimiento del Convenio RFEF-LaLiga para tomar la decisión de no aceptar la inscripción por parte del FC Barcelona de los jugadores Dani Olmo y Pau Víctor hasta final de temporada.
En un escrito de 20 páginas al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el CSD anticipa, aunque no entra en el fondo del caso, la "nulidad de pleno derecho" al haber sido adoptado el acuerdo "por un órgano que no tiene atribuida dicha competencia".
Por tanto, LaLiga, que trabaja con el despacho Uría Menéndez, y la Real Federación Española de Fútbol cometieron varios errores legales graves que motivan la decisión del CSD de conceder la cautelarísima al FC Barcelona y permitir la inscripción temporal de Dani Olmo y Pau Víctor.
El CSD justifica que no se diera audiencia a LaLiga y la RFEF porque "dicho trámite supondría la pérdida parcial de eficacia de dichas medidas" cautelares, ya que "se impediría la participación de los jugadores en la Supercopa de España".
"Esta competición supone por sí sola una oportunidad de proyección de los jugadores que participan en la misma por las circunstancias en las que se disputa", asegura el CSD en su escrito.
Documentos en plazo
El documento detalla con minuciosidad los fallos de LaLiga y de la RFEF a la hora de negar la inscripción a los dos jugadores del FC Barcelona.
También, en la página 8 del escrito, el CSD revela que "el FC Barcelona aportó la documentación acreditativa del cumplimiento de las normas de control económico para alcanzar el mencionado equilibrio presupuestario con fecha 31 de diciembre de 2024".
Es decir, dentro del plazo legal para extender las licencias temporales que tenían ambos futbolistas. Sin embargo, el CSD pone de manifiesto que LaLiga no comunicó al FC Barcelona "el acuerdo del Órgano de Validación de Presupuestos", hasta el 3 de enero de 2025.
La Comisión de Seguimiento RFEF-LaLiga acordó dar validez a que "el 31 de diciembre de 2024 a las 23:59 horas se cancelaron las licencias de los referidos jugadores". Momento éste en el que la documentación por parte del FC Barcelona ya estaba presentada.
A pesar de este palmario dato sobre el caso, el CSD recuerda que "si la documentación se envió o no dentro de plazo y si debía dar lugar o no a la extensión de las licencias corresponderá analizarlo en el momento en el que aborde el fondo del asunto".
Otro error legal de LaLiga y de la RFEF según el escrito del CSD es que la Comisión de Seguimiento realizó una sola calificación para las solicitudes del FC Barcelona de fechas 30 y 31 de diciembre y 1 de enero.
Esta única calificación es para la solicitud de tramitación de las licencias "como altas libres, por haber caducado las licencias el 31 de diciembre de 2024".
Es decir, la Comisión de Seguimiento no contestó en forma a las solicitudes del día 30 y 31 de diciembre. Es más, el CSD pone de manifiesto que "no se ha resuelto ninguna de las peticiones" del FC Barcelona, "sino que se ha obtenido un pronunciamiento sobre una cuestión distinta dictada por un órgano que carece de competencias para ello".
El email de la RFEF
Esta respuesta del CSD viene argumentada porque "no consta fundamentación o motivación alguna" para la cancelación de las licencias "salvo una referencia a la contestación de la RFEF remitida al FC Barcelona con fecha de 31 de diciembre".
Dicha contestación consta en el expediente del recurso interpuesto por el FC Barcelona y fue enviada desde el correo electrónico del departamento de Legal de la RFEF.
"La opinión aquí manifestada no prejuzga las decisiones que en su caso pudieran adoptar los órganos eventualmente competente", afirmó la RFEF al FC Barcelona.
Este error del departamento de Legal de la RFEF es destacado por el CSD, ya que "anticipa que la decisión debe tomarse por los órganos competentes".
Sin embargo, después sólo existe un acuerdo de la Comisión de Seguimiento RFEF-LaLiga que no tenía competencias para ello.
El FC Barcelona pidió el 31 de diciembre de 2024 al departamento de Competiciones de la RFEF que las licencias de Dani Olmo y Pau Víctor fueran extendidas "hasta el 30 de junio de 2030 y hasta el 30 de junio de 2029 respectivamente, en las medidas que esas y no otras son las fechas de expiración de sus correspondientes contratos laborales".
Subsidiariamente pidió también la extensión de las licencias hasta la finalización de la temporada 2024/2025 o alternativamente hasta el 3 de febrero de 2025, "que es el día que finaliza para los clubes españoles la venta de fichajes FIFA".
"Dicha solicitud se realiza con carácter excepcional habida cuenta la premura de tiempo restante hasta el 31 de diciembre de 2024 y a los efectos de permitir al club finalizar las gestiones oportunas para cumplimentar debidamente los trámites burocráticos previso y necesarios a realizar con LaLiga para la citada extensión", afirmó el FC Barcelona.
Concluyó la entidad presidida por Joan Laporta pidiendo subsidiariamente que "se autorice al FC Barcelona a que, una vez finalizados los trámites burocráticos correspondientes ante LaLiga, aplique lo indicado en el artículo 133.1 i) del Reglamento de la RFEF y, en su virtud, proceder de dar de alta a los dos jugadores".
El CSD reconoce que, como se ha comentado antes, "no se ha resuelto ninguna de estas peticiones" que realizó el FC Barcelona y a los cuales no se remite tampoco la Comisión de Seguimiento RFEF-LaLiga.
Este escrito de 20 páginas del CSD que va firmado por su presidente, José Manuel Rodríguez Uribes, motiva que se dé la cautelarísima al FC Barcelona porque "la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación".
El FC Barcelona sufre "una afectación inmediata e irreparable en sus intereses deportivos" y "un perjuicio económico absolutamente irreparable".
El club presidido por Joan Laporta alegó también que la cláusula octava del contrato de Dani Olmo permite al jugador "desvincularse del club si no consta convenientemente inscrito en cualquiera de las ventanas de transferencia".
Si esto hubiera ocurrido, el FC Barcelona no tendría derecho a exigir el pago de "la cláusula de rescisión", que en el caso de Olmo "es de 500 millones de euros".
En definitiva, la resolución del CSD es un repaso legal a las tesis de LaLiga y a sus reglas de control económico. A pesar de que la patronal presidida por Tebas ha acudido ya a la Justicia, el acuerdo suscrito en la Comisión de Seguimiento es muy complicado que sea refrendado por un tribunal deportivo u ordinario debido a la falta de competencia en la materia de dicho órgano.