Imagen de archivo de un albañil trabajando en una obra en Valladolid.

Imagen de archivo de un albañil trabajando en una obra en Valladolid. EFE Nacho Gallego

Ciencia

Ya es oficial: los albañiles tienen prohibido trabajar al aire libre durante las horas de calor extremo

Las alertas naranja y roja de AEMET obligan a adaptar horarios o reducir la jornada cuando el calor pone en riesgo a los trabajadores.

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J. Rodríguez
Publicada
Las claves

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Los albañiles y otros trabajadores al aire libre tienen prohibido trabajar durante las horas de calor extremo por normativa vigente.

La medida afecta a sectores como la construcción, asfaltado, recogida de basura, ganadería y monitores deportivos, entre otros.

La normativa obliga a las empresas a adaptar condiciones laborales ante alertas meteorológicas, pudiendo cambiar horarios o reducir jornadas para proteger la salud.

Las restricciones se aplican especialmente con avisos de nivel naranja o rojo por parte de la Agencia Estatal de Meteorología.

Las altas temperaturas que vuelven a cernirse sobre buena parte de España en esta primera semana de julio han reactivado una medida que afecta directamente a miles de trabajadores.

Los albañiles y otros profesionales que desarrollan su actividad al aire libre no pueden desempeñar determinadas tareas durante las horas de mayor calor cuando exista un riesgo para su salud, tal y como establece la normativa vigente.

Este escenario supone un importante desafío para sectores cuya actividad depende completamente del trabajo en exteriores y donde resulta imposible recurrir a sistemas de climatización.

Entre los colectivos afectados se encuentran albañiles, asfaltadores, recolectores de basura, ganaderos, socorristas o monitores deportivos.

Todos ellos comparten una circunstancia: realizan su jornada bajo la exposición directa al sol, lo que incrementa considerablemente el riesgo de sufrir golpes de calor durante los episodios de temperaturas extremas.

Prevención frente al calor

Con el objetivo de reducir estos peligros, el Gobierno aprobó en 2023 el Real Decreto-ley 4/2023, publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Esta norma reforzó las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales cuando se produzcan fenómenos meteorológicos especialmente adversos durante la jornada de trabajo.

La legislación establece que, cuando las tareas se desarrollen al aire libre o en espacios que no puedan permanecer cerrados por sus propias características, las empresas deben implantar medidas adecuadas para garantizar la protección de todos los trabajadores frente a las condiciones meteorológicas extremas.

Además, el texto legal contempla expresamente la posibilidad de prohibir la realización de determinadas tareas durante las horas más calurosas del día siempre que no exista otra forma de asegurar una protección eficaz frente a los riesgos derivados del calor.

En el caso de la construcción, esto implica que los albañiles que trabajan en exteriores no podrán continuar su actividad durante las horas centrales cuando las circunstancias lo exijan.

Las obras realizadas en el interior de edificios presentan una situación diferente al no estar sometidas a la misma exposición directa. La aplicación práctica de estas restricciones depende también de las alertas emitidas por la Agencia Estatal de Meteorología.

La normativa señala especialmente los avisos de nivel naranja o rojo por fenómenos meteorológicos adversos como referencia para adoptar medidas extraordinarias de protección.

Si las elevadas temperaturas impiden garantizar la seguridad de la plantilla mediante medidas preventivas suficientes, la empresa está obligada a adaptar las condiciones laborales.

Esto puede traducirse en cambios de horario, reorganización de la jornada o incluso una reducción del tiempo de trabajo para evitar riesgos. El propósito de estas medidas es disminuir los accidentes relacionados con el calor extremo.