Neus Candela, veterinaria, con un gato.

Neus Candela, veterinaria, con un gato.

Ciencia

Neus Candela, veterinaria sobre Hacienda: "Hay comunidades que permiten desgravar gastos veterinarios en la renta"

La normativa delimita que solo se incluyen aquellos vinculados a la salud, como vacunaciones, desparasitaciones y tratamientos obligatorios.

Más información: Los veterinarios coinciden: llevamos toda la vida tratando a los gatos como si fueran perros pequeños y les perjudica

P. G. Santos
Publicada
Las claves

Las claves

Andalucía y Murcia permiten deducir hasta el 30% de los gastos veterinarios en la declaración de la renta, con un límite de 100 euros anuales.

Solo los gastos estrictamente sanitarios, como vacunaciones, desparasitaciones y esterilización, son deducibles; servicios accesorios como peluquería o collares quedan excluidos.

En Andalucía, el animal debe tener microchip y estar inscrito en el registro oficial para poder aplicar la deducción; en Murcia, quienes adoptan pueden deducir durante tres años.

Castilla-La Mancha solo permite deducciones para perros de asistencia certificados y la factura debe incluir todos los datos fiscales del tutor para ser válida.

Estamos en plena campaña de la renta y muchos ciudadanos desconocen ciertas ventajas fiscales disponibles. La psicóloga Neus Candela destaca que algunas comunidades autónomas de España permiten que los gastos veterinarios desgraven.

En España no existe actualmente ninguna deducción estatal aplicable a los gastos veterinarios. Sin embargo, hay notables excepciones autonómicas que pocos contribuyentes conocen a fondo durante esta importante campaña anual, ofreciendo un muy pequeño respiro económico a ciertos tutores.

Las regiones de Andalucía y Murcia permiten deducir hasta un treinta por ciento de dichos gastos clínicos, estableciendo un límite máximo de 100 euros anuales por cada declaración oficial. No supondrá una gran fortuna económica, pero resulta muy interesante.

Candela ilustra esta situación con un caso muy claro y directo: si un tutor gastó 200 euros dentro de una consulta veterinaria ese año, se podrá deducir 70 euros fácilmente. Supone una pequeña gran ayuda en estos difíciles tiempos.

Sólo incluidos ciertos gastos

Pero resulta fundamental saber qué conceptos pueden acogerse a esta normativa específica. Únicamente entrarán todos los gastos relacionados con salud estricta: vacunaciones rutinarias, desparasitaciones, tratamientos clínicos obligatorios o esterilización del animal, siempre que la normativa sanitaria lo contemple expresamente.

Existen exclusiones evidentes dentro del marco fiscal autonómico. Todo aquello considerado accesorio queda descartado por la agencia tributaria. Por tanto, no entrarán servicios como peluquería estética, compras de collares o suplementos nutricionales prescritos para nuestras queridas mascotas domésticas.

Para los contribuyentes residentes en Andalucía, las condiciones son aún más precisas y exigentes. El animal debe contar con un microchip identificativo y estar correctamente inscrito en el registro oficial, conocido habitualmente bajo las conocidas siglas del Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA).

Sin cumplir estos requisitos formales, no habrá deducción posible. Esto proporciona otro excelente argumento comercial para implantar microchips a los pacientes. Además, la normativa andaluza establece un límite máximo de 80.000 euros en la correspondiente declaración fiscal individual.

Por otra parte, Murcia sitúa su propio límite de ingresos en 25.000 euros. Dicha comunidad también añade una curiosa norma temporal: quienes hayan adoptado un animal podrán aplicarse las deducciones correspondientes hasta alcanzar un tope de tres años.

Sin embargo, si ese perro o gato fue comprado o simplemente cedido por un tercero, la posibilidad de deducir los gastos veterinarios quedará reducida drásticamente y solo será válida durante el año inmediatamente posterior a dicha adquisición totalmente legal.

El panorama es diferente cuando miramos la situación de Castilla-La Mancha. Esta región española establece reglas que son muy limitadas. Solo contempla cubrir todos los gastos veterinarios y de vacunación correspondientes a aquellos perros de asistencia debidamente certificados.

Por consiguiente, este último territorio nos demuestra que esta ventaja fiscal no está disponible para todos los animales domésticos sin distinción. Candela finaliza subrayando un aspecto crucial: la necesidad ineludible de formalizar correctamente cada factura emitida al cliente final.

Cuando emitas un documento, debes asegurarte de incluir detalladamente los datos fiscales completos del tutor. Resulta imprescindible añadir su nombre completo, su NIP y la dirección postal exacta. Sin esos datos, Hacienda siempre terminará rechazando aquella factura que presentes.