La conciliación entre la vida laboral y familiar es un desafío constante en numerosas profesiones, y la administración de fincas no es una excepción. Las administradoras y administradores de fincas colegiados desempeñamos un papel esencial en la gestión y mantenimiento de propiedades, lo que conlleva una carga laboral significativa y, en ocasiones, horarios irregulares que dificultan el equilibrio con la vida personal.
La profesión de administrador de fincas implica una variedad de responsabilidades que pueden complicar la conciliación familiar, ejemplo de ello son:
Horarios extendidos: las reuniones en las comunidades de propietarios suelen programarse fuera del horario laboral estándar, a menudo en las tardes o fines de semana, para acomodar la disponibilidad de los residentes. Es habitual celebrar reuniones que comienzan por las tardes, sobre las 19 o 20 horas, terminando las mismas en horarios como las 22 o las 23 horas.
Gestión de emergencias: la necesidad de atender situaciones imprevistas, como averías o conflictos entre vecinos, requiere disponibilidad inmediata, independientemente de la hora.
Carga administrativa: la elaboración de actas, gestión de documentación y otras tareas administrativas demandan tiempo adicional, que frecuentemente se extiende más allá de la jornada laboral habitual.
Para intentar paliar estas situaciones, se han propuesto y adoptado diversas medidas para facilitar la conciliación entre la vida laboral y familiar de los administradores de fincas, como pueden ser:
Reuniones telemáticas: la posibilidad de celebrar juntas de propietarios por videoconferencia ha ganado relevancia, especialmente tras la pandemia de COVID-19. Esta modalidad permite una mayor flexibilidad y reduce el tiempo de desplazamiento, beneficiando tanto a los administradores como a los propietarios. Recientemente, el Partido Popular ha iniciado la tramitación de una ley en el Senado para formalizar esta práctica en la Ley de Propiedad Horizontal que ha sido aprobada por unanimidad en la cámara alta.
Adaptación de la jornada laboral: el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de los empleados a solicitar adaptaciones en la duración y distribución de la jornada laboral para favorecer la conciliación. Aunque este derecho se aplica principalmente a trabajadores por cuenta ajena, sirve como referencia para que los administradores de fincas autónomos busquen organizar su tiempo de manera más equilibrada.
Otras medidas que se podrían tomar: entre las próximas modificaciones de la Ley de Propiedad Horizontal, hay una medida que hará poder reducir la duración de las reuniones, y es que habrá convocatoria única, no como ahora primera y segunda convocatoria, algo que como se ha indicado antes, también contempla la nueva Ley tramitada en el Senado. Esto supone una pérdida de media hora en cada una de las reuniones que por fin en breve tendrá solución, algo que en Cataluña tienen resuelto desde hace años. Otra medida sería establecer un horario límite para la finalización de las reuniones, de esta forma se evitaría divagar en cuestiones intrascendentes, para ir a tratar lo realmente importante.
Implementar medidas que promuevan la conciliación aporta múltiples ventajas:
Bienestar personal: una mejor gestión del tiempo contribuye a reducir el estrés y mejora la calidad de vida de los profesionales.
Eficiencia laboral: horarios más equilibrados y la posibilidad de trabajar de forma remota pueden aumentar la productividad y la motivación.
Satisfacción de los clientes: administradores más satisfechos y equilibrados están en mejor posición para ofrecer un servicio de mayor calidad a las comunidades que gestionan.
Conclusión
La conciliación entre la vida laboral y familiar es un aspecto crucial para los administradores de fincas colegiados. Aunque la profesión presenta desafíos específicos, la adopción de medidas como las reuniones telemáticas y la flexibilización de horarios pueden contribuir significativamente a lograr un equilibrio más saludable. Es fundamental que tanto los profesionales como las instituciones involucradas continúen promoviendo y apoyando iniciativas que faciliten esta conciliación, reconociendo su importancia para el bienestar individual y la eficiencia en la gestión de fincas.