El que fuera vicealcalde de Alicante, Andrés Llorens, junto a la entonces alcaldesa Sonia Castedo.

El que fuera vicealcalde de Alicante, Andrés Llorens, junto a la entonces alcaldesa Sonia Castedo.

Alicante ciudad TRIBUNALES

Absuelven a los exconcejales del PP Andrés Llorens y Juan Zaragoza de prevaricar durante su etapa con Castedo

La Audiencia de Alicante descarga de responsabilidad a ambos políticos por el caso Isjoma en que se les atribuía el beneficio a esta empresa.

4 octubre, 2023 16:42
Alicante

La Audiencia de Alicante ha absuelto a los exconcejales del PP Juan Zaragoza y Andrés Llorens de un delito continuado de prevaricación administrativa. La sentencia descarta la existencia de irregularidades por parte de ambos ediles del Ayuntamiento de Alicante durante la etapa de Sonia Castedo en la contrata de montaje de escenarios e infraestructuras festivas asumida por la empresa Isjoma entre los años 2003 y 2009.

La sentencia que recoge Efe, fechada el 22 de septiembre, no considera demostradas las presuntas anomalías apuntadas por la Fiscalía Anticorrupción y por la acusación particular, sostenida por los representantes de una empresa competidora de Isjoma que se sintió perjudicada por la contratación del servicio, tras concluir que no se adulteraron los concursos en beneficio de Isjoma.

En ese momento, Zaragoza ejercía como responsable de Comercio y Llorens, como edil de Atención Urbana, además de asumir la vicealcaldía.

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El tribunal resuelve que tampoco existió fraccionamiento de contratos con el encargo de otros servicios posteriores por distintos importes menores supuestamente no incluidos en la licitación, como apuntaba la Fiscalía.

En este sentido, la sentencia incide en que, de la prueba practicada, se desprende que los pliegos de los concursos fueron elaborados por los técnicos municipales, y no por los responsables de Isjoma, como sostenía la acusación pública.

Así, concluye también que el hallazgo de documentos con el formato de las certificaciones de pago en los ordenadores de la empresa no demuestran por sí solos que hubiera anomalías en su expedición y firma por parte de los técnicos de la Concejalía de Atención Urbana.

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De hecho, el tribunal apunta que dichos técnicos sí realizaron comprobaciones sobre los trabajos ejecutados. Y de ahí estima que sí ejercieron control sobre la prestación del servicio.

El texto señala que no se puso de manifiesto ningún reparo ni observación por parte de los departamentos municipales a cargo de la fiscalización económica municipal a lo largo de todos los años en los que se prolongó la relación contractual con Isjoma.

Por último, la sentencia tampoco cree probado que Zaragoza facilitase a los responsables de la empresa competidora de Isjoma el informe de valoración de las ofertas antes de que se celebrase la reunión de la mesa de contratación, por lo que también le exculpa del delito de revelación de secretos por el que también se le acusaba.

Junto a los dos expolíticos, la sentencia absuelve al legal representante de Isjoma y a dos técnicos municipales del área de Atención Urbana que, según la Fiscalía, habían participado en las anomalías.

La acusación pública solicitaba tres años de prisión para Llorens por un delito continuado de prevaricación administrativa en concurso con otro delito de fraude y para Zaragoza, una pena de un año de cárcel por revelación de secretos. La acusación particular elevaba esas peticiones a cuatro y dos años, respectivamente, mientras que las defensas demandaban la absolución.

La sentencia, que llega justo un año después de la conclusión del juicio, es recurrible ante el Tribunal Supremo (TS).