Un perro en un parque
Ya es oficial: multas de entre 500 y 10.000 euros por no realizar el curso obligatorio para tener perro
Este curso de formación, según establece la Ley de Bienestar Animal, será gratuito y tendrá una validez indefinida
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Las mascotas son una gran compañía. De hecho, hay estudios científicos que confirman que los perros o gatos mejoran la salud física y mental al reducir el estrés, disminuir la presión arterial y al ayudar a combatir la soledad.
Las mascotas son miembros de la familia y, como ya sabemos, su tenencia implica una serie de responsabilidades. Además, con la nueva Ley de Bienestar Animal, ahora es obligatorio realizar un curso para poder tener un perro.
Curso obligatorio para tener un perro en España
La Ley 7/2023 de Bienestar Animal establece la obligatoriedad de realizar un curso de formación online y gratuito para fomentar una tenencia responsable y reducir las cifras de abandono en España.
Esta formación tendrá una validez indefinida en todo el territorio nacional, incluida Galicia. No obstante, todavía no se han concretado los detalles sobre el contenido del curso, aunque se prevé que aborde cuestiones relacionadas con la tenencia responsable y los cuidados básicos.
La obligatoriedad de la realización de este curso aparece reflejada en el artículo 30 de la Ley de Bienestar Animal, que establece lo siguiente: "Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros que tendrá una validez indefinida".
Este curso de formación, según fija la ley, será gratuito y su contenido estará orientado a promover la tenencia responsable y el bienestar animal.
En este contexto, los establecimientos de venta o entidades de protección animal tendrán la obligación de verificar también, en su caso, que el futuro titular ha realizado el curso de formación para la tenencia de animales de compañía.
Aunque la ley no contempla expresamente sanciones específicas por no realizar este curso, lo cierto es que su incumplimiento podría considerarse una infracción administrativa leve, al tratarse de una obligación legal.
"Se considera infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal", establece el artículo 73.
Las infracciones leves previstas en la Ley de Bienestar Animal se sancionarán con multas de 500 a 10.000 euros.
Por otro lado, en el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.
Este deberá incluir en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente.