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Consumo

Cómo solicitar el bono social eléctrico y cuáles son sus requisitos

El Gobierno establece tres tipos de ayuda diferentes dependiendo de las circunstancias personales o familiares de los consumidores.

23 enero, 2019 18:20

El precio de la luz es una de las grandes preocupaciones de la ciudadanía española. En los últimos 10 años, el precio de la luz se ha encarecido un 70%, según un análisis de Facua realizado en 2016.

En España, según datos del Gobierno, 4,5 millones de personas no pueden hacer frente a su factura de la luz o del gas. O lo que es lo mismo, sufren pobreza energética. Cualquier ayuda, por lo tanto, es bien recibida.

Para estos casos, el Gobierno ofrece lo que se conoce como bono social eléctrico. Es un mecanismo por el que los consumidores con menor nivel adquisitivo y las familias numerosas pueden recibir descuentos sobre su factura eléctrica.

Para solicitarlo, hay que contactar con alguna de las comercializadoras de referencia a través del teléfono, del correo electrónico, de correo ordinario, o por fax. Estas son Endesa, Iberdrola, Gas & Power, EDP, Viesgo, CHC, Teramelcor y Alumbrado Ceuta.

Además, los beneficiarios del bono social pueden disfrutar de otras ventajas más allá de una tarifa más reducida, como de disponer de más tiempo para pagar las facturas impagadas, de recibir facturas sin letra pequeña, o de la imposibilidad de sufrir cortes de luz si en la vivienda reside algún menor de 16 años o algún discapacitado.

¿Quién puede solicitarlo?

El primer requisito es tener el contrato eléctrico PVPC (Precio voluntario para el pequeño consumidor). Es un contrato por el que se paga directamente por la cantidad de electricidad consumida a precios de mercado. Esta fórmula solo se puede contratar su la potencia es igual o inferior a 10Kw.

El segundo es pertenecer a uno de los tres grupos que establece el Gobierno (consumidor vulnerable, consumidor vulnerable severo y consumidor en riesgo de exclusión social).

- Para pertenecer al primer grupo (consumidor vulnerable), la renta anual debe ser igual o inferior a 11.279€. Si hay un menor en la unidad familiar, 15.039€; si hay dos, 18.799€. Si la familia es numerosa, también se incluye en este grupo sin tener en cuenta la renta anual. También se tendrán en cuenta a los pensionistas no que perciban la cantidad mínima y no reciban una ayuda superior a los 500 euros anuales. Este grupo percibe un descuento del 25% en su tarifa energética.

- Pertenecerán al segundo grupo (consumidor vulnerable severo) las personas o unidades familiares que perciban una renta anual menor o igual al 50% de las del primer grupo. 5.639€, 7.519€ y 9.399€ respectivamente. Para las familias numerosas, la renta debe ser igual o menor a 15.039€. Para los pensionistas, menos de 7.520€. La ayuda en este caso es de un descuento del 40% en la factura.

- Al tercer grupo (riesgo de exclusión social) pertenecerán aquellas personas que cumplan los requisitos del segundo grupo (consumidor vulnerable severo) y que, además, sean atendidos por los servicios sociales financiándoles el 50% del importe de la factura PVPC. Estas personas contarán con una ayuda del 50%.

El bono social prevé casos especiales para los que los límites de rentas anuales son 3.760€ más elevados. Este es el caso de las personas con discapacidad igual o superior al 33%, de las víctimas de violencia de género o de terrorismo, personas en situación de dependencia o familias monoparentales.