Montaje de Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, y Sebastián Ramírez.

Montaje de Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, y Sebastián Ramírez. EP / Redes sociales

Sociedad

Sebastián, abogado: “Hay que comunicar que estás de baja médica a la empresa pero no la causa de la misma”

El trabajador puede hacerlo pero de ‘motu proprio’, no porque tenga el deber de efectuarlo sí o sí.

Más información: Los expertos coinciden: "Los trabajadores dejan de cotizar pero no pierden su puesto tras 18 meses de baja laboral”

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Desde abril de 2023, la Seguridad Social comunica telemáticamente a las empresas las bajas, confirmaciones y altas médicas.

El trabajador debe avisar de que está de baja, pero no tiene obligación de revelar la causa médica ni entregar partes físicos.

El abogado Sebastián Ramírez alerta de que compartir el motivo de la baja puede perjudicar al trabajador en futuras decisiones profesionales.

Ni la mutua ni el centro de salud pueden informar a la empresa sobre la causa de la incapacidad temporal por el derecho a la intimidad.

Desde abril de 2023 está vigente el sistema conocido como 'digitalización del sistema de gestión de las bajas médicas'. Dicho de otra manera, los trabajadores ya no están obligados a entregar a la empresa los partes de baja, confirmación o alta médica.

¿Por qué? Porque es la Seguridad Social la que se encarga de comunicar esta información de forma telemática a la empresa.

“Si alguna vez estás de baja laboral no cometas este error porque luego incluso te podrían despedir”, afirma Sebastián Ramírez, un abogado, conocido en las redes sociales como ‘leyesconsebas’.

Despido

El abogado califica este error como “muy frecuente” y que, en muchas ocasiones, “viene de la buena voluntad por parte del trabajador”.

¿Y cuál es dicho error? “Comunicar la causa de esta baja médica”, concreta el experto. Y remarca: “Hay que comunicar que estás de baja médica pero no la causa de la misma”.

¿Por qué? Porque según su propia experiencia, hacerlo “en muchas ocasiones afecta al futuro profesional del trabajador”.

Para dejarlo más claro, pone el ejemplo de aquellos trabajadores que tienen dolores en los hombros. Una baja que puede durar días o unas pocas semanas.

“Si luego hay un ascenso, esto puede hacer que la empresa te mire de forma diferente, que sepa cuál es tu punto débil”, sostiene Sebastián.

Como explican en Auren Abogados en su página web, con el modelo actual, regulado por el Real Decreto 1060/2022, los servicios públicos de salud comunican directamente al INSS la situación de incapacidad temporal del empleado. A su vez, el INSS traslada esa información a la empresa por medios electrónicos.

“Esto implica que la empresa ya no puede exigir al trabajador la entrega de partes médicos ni justificantes adicionales relacionados con su estado de salud”, sostienen.

Y añaden: “Se refuerza la protección de datos personales y la confidencialidad de la información médica. Y el proceso administrativo queda completamente automatizado”.

Asimismo, insisten en que el trabajador debe comunicar su baja a la empresa “aunque el parte médico físico ya no se entrega”. Esto permitirá a dicha empresa “conocer la ausencia con prontitud para organizar su actividad”.

Es decir, para garantizar la planificación de recursos y tareas, reorganizar equipo y turnos de manera ágil y “evitar disfunciones operativas que afecten a clientes o al resto de la plantilla”.

Tal y como indica Sebastián, “en un puesto de trabajo lo que tienes que hacer es trabajar bien, cumplir con tu horario y cumplir con tus obligaciones. Más allá de ello, no te va a beneficiar en nada”.

Importante: ni la mutua ni el centro de salud donde el trabajador fue atendido puede contar a la empresa la causa de la baja laboral. De hacerlo, estaría violando el derecho a la intimidad que se recoge en el artículo 18 de la Constitución.