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Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: no se puede usar la terraza como trastero según el artículo 7

Te contamos los pasos que tiene que dar un vecino para que este espacio privativo pueda ser utilizado con determinados fines.

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Las claves

La Ley de Propiedad Horizontal prohíbe usar la terraza como trastero según el artículo 7.

Modificar una terraza requiere no alterar la seguridad, estructura o estética del edificio y debe informarse a la comunidad.

El uso de terrazas para guardar muebles o trastos puede ser vetado si afecta la imagen o la seguridad del edificio.

Si un vecino incumple la norma, la comunidad puede convocar una junta y, si no hay acuerdo, recurrir a los tribunales.

Vivir en comunidad no es tarea fácil en muchos edificios. Cierto que la situación no es tan surrealista como en series de televisión como ‘Aquí no hay quien viva’ o ‘La que se avecina’. Pero situaciones que llevan al conflicto sí las hay.

Una de ellas suele tener que ver con el uso de lo que se conoce como zonas comunes. Es decir, pasillos, patios o jardines donde hay vecinos que los toman como espacios propios sin tener en cuenta que son de la comunidad.

Y, dentro de la propia vivienda, otro elemento de conflicto tiene que ver con las terrazas: el cerramiento de las mismas, o el uso como trastero, por ejemplo, traen consigo disputas en más de una ocasión.

Visto bueno de los vecinos

Lo que más se ve de puertas afuera, en el caso de un balcón o una terraza, es cuando se cierra. Una acción que afecta a la imagen general de la comunidad.

Pero más allá de ello, hay muchos vecinos que suelen utilizar este espacio para colocar armarios o, directamente, usarlo como trastero colocando, valga la redundancia, diferentes trastos.

¿Qué dice la ley al respecto? Para responder a esta pregunta, hay que remitirse al artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.

“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores”, dice.

También añade que podrá hacerlo cuando no “perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.

Por lo tanto, si un vecino quiere cerrar la terraza, tendrá que contar con el beneplácito de los vecinos. Lo mismo sucede si usa este espacio para guardar muebles, electrodomésticos, bicicletas o cualquier otro enser o aparato que pueda influir en la estética y en la seguridad del edificio.

De persistir el vecino en su negativa, la comunidad tiene ante sí varias posibilidades para convencerlo. En un primer momento, se puede convocar una junta de vecinos para llegar a un acuerdo.

Si no se llega a una solución, la comunidad de propietarios puede llevar el caso a los tribunales.