La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Europa Press

Sociedad

Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: si enfermas estando de vacaciones, puedes recuperar los días

El descanso laboral en España representa un derecho que permite recuperar las vacaciones perdidas por enfermedad y disfrutar de un descanso completo.

Más información: Carlos, ganadero de 39 años, sobre la falta de mano de obra en el campo: "Los españoles no quieren trabajar en ello"

Publicada

Las claves

El Estatuto de los Trabajadores en España garantiza que si enfermas durante tus vacaciones, puedes recuperar esos días y disfrutarlos en otro momento.

Para que los días de baja no cuenten como vacaciones, es necesario contar con una baja médica oficial y comunicarlo a la empresa con el parte de incapacidad temporal.

Los días de vacaciones no disfrutados por enfermedad pueden recuperarse hasta 18 meses después del año natural correspondiente, previo acuerdo con la empresa.

Este derecho se mantiene incluso si coinciden otros permisos como maternidad o paternidad, y puede ser ampliado por convenios colectivos sectoriales.

En España, las vacaciones laborales son un derecho fundamental que ofrece a los trabajadores un descanso remunerado para recuperar fuerzas físicas y mentales tras meses de actividad laboral.

Según el Estatuto de los Trabajadores, este derecho mínimo es de 30 días naturales al año, y está protegido incluso frente a imprevistos como una enfermedad durante el periodo vacacional.

El artículo 38.3 del Estatuto establece un punto clave: si durante tus vacaciones sufres una incapacidad temporal (ya sea por enfermedad o accidente), los días de baja no se contabilizan como días de descanso disfrutados.

En otras palabras, esos días de vacaciones no se pierden; tienes derecho a reclamarlos y disfrutarlos en cualquier otro momento del año.

Para garantizar el ejercicio de este derecho,es imprescindible contar con una baja médica oficial debidamente tramitada.

El trabajador debe solicitarla a un profesional sanitario y comunicarlo a la empresa, aportando el correspondiente parte de incapacidad temporal.

Una vez superada la enfermedad y con el alta médica en mano, el trabajador puede solicitar a la empresa disfrutar de los días de vacaciones pendientes.

Sin embargo, la ley establece que este disfrute debe pactarse con el empleador, respetando los plazos y la organización interna de la compañía.

Por lo general, los días no disfrutados por enfermedad pueden recuperarse hasta 18 meses después del final del año natural al que corresponden.

La normativa española también establece compatibilidad con otros permisos: bajas por maternidad, paternidad o cuidado de familiares no afectan al cómputo de vacaciones.

Por otro lado, convenios colectivos sectoriales pueden ampliar este derecho, ofreciendo más días de vacaciones o reglas específicas sobre cómo reprogramarlas.

A nivel internacional, España cumple con las directivas europeas, que reconocen que los trabajadores deben poder disfrutar sus vacaciones en condiciones de salud adecuadas, asegurando que la enfermedad no suponga pérdida de tiempo de descanso.

En la práctica, para proteger este derecho es recomendable tramitar la baja médica rápidamente, notificar a la empresa por escrito y conservar toda la documentación.

Así, una vez recuperado, podrás disfrutar de los días pendientes de forma clara, legal y segura, garantizando que tus vacaciones cumplan su verdadero objetivo: descansar y recuperarte plenamente.