
Hombre haciendo la declaración de la Renta.
Confirmado por Hacienda: estas son las multas y sanciones por no presentar la declaración de la Renta antes del 30 de junio
Se acerca la fecha límite y si el contribuyente no llega a tiempo se verá expuesto a la 'tarjeta roja' de la Agencia Tributaria.
Más información: Joaquín García, economista: “No hay que comprometer más del 35% de los ingresos del mes al pago de la hipoteca”
El reloj corre que no se detiene y la particular cuenta atrás de la declaración de la Renta de 2024 avanza a toda velocidad. Así, el 30 de junio, ya está a la vuelta de la esquina.
Por mucho que se quiera hacer el remolón, Hacienda tiene puesta la lupa sobre todos los contribuyentes. Y quien no acabe haciendo bueno el popular dicho de que ‘Hacienda somos todos’ deberá hacer frente a una serie de multas y sanciones.
A continuación, te mostramos cuáles son, y cómo afecta tanto a aquellas personas que les salga a pagar como a devolver.
Multas y sanciones de Hacienda
Las cosas bien hechas, bien parecen, que decían nuestros antepasados. Por tanto, conviene presentar la declaración de la Renta antes del 30 de junio. Porque, si no se hacen bien, viene Hacienda y aplica el correspondiente castigo económico.
¿Cuáles son las sanciones más recurrentes por no presentar el IRPF a tiempo? Aquí se pueden plantear dos escenarios: uno, que la declaración de la renta salga a pagar; otro, que salga a devolver.
Si la declaración de la Renta sale a pagar, el ciudadano tendrá que desembolsar el resultado que obtenga en dicha declaración más una multa. ¿De cuánto? La penalización consistirá en pagar entre el 50% y el 150% del total de la deuda.
Pero, no hay que fiarse porque puede ser todavía mayor ya que Hacienda puede entender que por esta maniobra del contribuyente ha sufrido un perjuicio económico. O porque, revisando sus ‘archivos’, vea que ha ocurrido en otras ocasiones.
Un ejemplo: si a una persona le sale a pagar hasta 1.200 euros, podrá llegar a tener que abonar hasta 3.000 euros.
Y si la declaración de la Renta le sale a devolver, y no la presenta (bien por desconocimiento, bien por descuido), se enfrenta a una sanción.
La misma puede llegar a ser de hasta 200 euros. Por tanto, podría darse el caso de que un contribuyente se viese en la tesitura de tener que pagar cuando, en un primer momento, su declaración de la Renta le salía a devolver.
Más allá de las multas y sanciones, hay otro tema que conviene tener en cuenta el contribuyente. Y ese no es otro que el periodo que tiene Hacienda para avisarnos de los errores cometidos en esta campaña.
Por tanto, la Agencia Tributaria tiene hasta 2028 para avisar a los ciudadanos de los fallos que haya cometido en esta campaña de 2024.
Por tanto, y si durante esos cuatro años, los funcionarios detectan que una persona debía haber presentado el IRPF, y no lo ha hecho, les enviará un requerimiento.
De la misma manera, iniciará un procedimiento sancionador que tendrá diferentes consecuencias dependiendo de si la gestión fiscal salió a pagar o a devolver. Sin embargo, hay una forma de reducir lo máximo posible este tipo de multas
Esa no es otra que presentar la declaración antes de que Hacienda envíe el requerimiento, popularmente conocido como ‘la carta del miedo’.
Así, si el ciudadano envía por iniciativa propia el IRPF fuera de plazo, y sale a pagar, la multa dependerá del tiempo que se ha tardado en hacerlo.
Por ejemplo, si se envía en julio, el interés a pagar será del 1%; si es en agosto, del 2%. Y así sucesivamente mes a mes. De ahí que, cuanto antes, mejor para el bolsillo del contribuyente.