Ignacio de la Calzada, abogado laboralista.

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Sociedad

Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Estos son los riesgos que tiene pedir una excedencia en España y que no te explican"

"La excedencia no garantiza recuperar tu trabajo" alerta el abogado refiriéndose a los vacíos legales que muchos desconocen al solicitarla.

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La excedencia voluntaria en España es un derecho reconocido por el Estatuto de los Trabajadores, pero también una fuente de confusión y riesgo para muchos empleados. Según datos del Ministerio de Trabajo, más de 14.000 personas solicitaron una en 2024. Sin embargo, no todos conocen las consecuencias reales que implica esta decisión.

"Estos son los riesgos que tiene pedir una excedencia y que nadie te explica", advierte el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, quien señala que "la excedencia es ese derecho que tienen todos los trabajadores con una antigüedad de más de un año. La podéis solicitar por escrito y puede durar como mínimo entre cuatro meses y cinco años", explica.

El primer escollo es que esta solicitud, aunque sencilla, no siempre puede modificarse según las necesidades del trabajador: "Muy importante y el primer riesgo, no se puede ampliar salvo que haya acuerdo entre las partes o lo diga tu convenio colectivo. Muchos os pensáis que podéis pedir una excedencia de un año y luego pedir una prórroga. Error. Por regla general tu empresa ni está obligada a aceptarla ni te la van a dar".

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Esto puede desembocar en una dimisión encubierta. "Eso va a implicar una dimisión a todas luces o simplemente que pierdas tu puesto, salvo que tu convenio colectivo no establezca lo contrario", puntualiza. Por ello insiste en la importancia de informarse bien: "Revisa y lee, que luego nos quejamos", advierte de La Calzada.

Otro de los grandes malentendidos es el supuesto "derecho garantizado" a recuperar el puesto de trabajo. "La excedencia también puede implicar perder tu puesto. Pensáis que cuando solicitáis una excedencia podéis buscar otro trabajo y si no sale bien podréis volver al vuestro. Error", sentencia. El derecho que se adquiere es expectante, es decir, solo se materializa si hay vacantes disponibles en condiciones similares: "Tu empresa te puede decir que no hay puesto y de momento no tienen perspectiva de incorporar a nadie. Ahí te encontrarías en un limbo porque no estás despedido".

Este "limbo laboral" puede prolongarse indefinidamente, según el tamaño de la empresa: "Si trabajas en una empresa pequeña, en la que hay tres puestos de trabajo, pediste una excedencia y contrataron a otra persona, es posible que ese trabajo no lo recuperes nunca". En empresas grandes, el trabajador debe demostrar interés continuo: "Tendrás que estar haciendo solicitudes para volver de forma muy recurrente, cada mes o cada dos meses".

El abogado también advierte de prácticas dudosas por parte de algunas empresas en este tipo de situaciones: "Es posible que te digan que no hay sitio y sin embargo justo antes o después hayan contratado a alguien para un puesto como el tuyo. Eso podría entenderse, según qué casos, como un despido". Pero en ausencia de esos supuestos, "tenéis el derecho expectante a volver y estáis en el limbo mucho tiempo", sin derecho a indemnización alguna.

Argumentos con los que el abogado laboralista evidencia como una excedencia no es siempre la mejor opción: "Puede ser una buena herramienta en algunos casos, sí. Es como un paracaídas de seguridad pero nadie te puede garantizar que vuelvas. Así, que no te engañen", concluye Ignacio de la Calzada.