Imagen de archivo de unas personas paseando por la calle.

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Sociedad

La circunstancia que te permite jubilarte a los 52 años y disfrutar del 100% de la pensión

Actualmente la edad de jubilación en el estado español se encuentra en los 66 años, pero como en todo, hay excepciones. 

2 febrero, 2024 11:49

Actualmente la edad de jubilación en el estado español se encuentra en los 66 años. Solo en aquellos casos en los que el trabajador tenga una carrera lo suficientemente larga como para haber cotizado 37 años y nueve meses, podrá jubilarse con 65. No obstante, como en todo hay excepciones para aquellos que, por ejemplo, tengan necesidades especiales por salud, como una discapacidad, que podrán beneficiarse de una jubilación anticipada y disfrutar del 100% de la pensión.

El pasado mes de mayo, el Consejo de Ministros aprobó un real decreto por el que se facilitaba el acceso a la jubilación anticipada a personas con diferentes enfermedades. Una medida que recae, tanto en autónomos como en trabajadores por cuenta ajena que acrediten haber trabajado el tiempo mínimo de cotización.

Específicamente, quienes tengan una discapacidad de un 45%, podrán solicitar el retiro a los 56 años, mientras las personas que alcancen hasta el 65%, podrán jubilarse al cumplir los 52 años. En ambos casos deben haber cotizado, como mínimo, cinco años desde que fueron diagnosticados. 

Imagen de archivo de un hombre trabajando.

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En concreto, las enfermedades que permiten una jubilación anticipada son: parálisis cerebral, discapacidad intelectual, síndrome de Down, síndrome de Prader Willi, síndome X frágil, ostegénesis imperfecta, acondroplasia, fibrosis quística, enfermedad de Wilson, anomalías congénitas secundarias a Talidomida, trastornos del espectro autista, secuelas de polio o síndrome post polio, daños cerebrales adquiridos, trastorno bipolar, esquizofrenia, esclerosis múltiple, esclerosis lateral amiotrófica, lesión medular traumática, síndrome de Tourette, leucodistrofias. 

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Además, se ha facilitado el procedimiento para poder incluir nuevas patologías a medida que sea necesario, siempre que se trate de enfermedades generadoras de discapacidades en las que exista una evidencia que determine de forma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida de las personas que las sufren, como es el caso de las que ya se han incluido.

Para solicitar el retiro anticipado, el interesado/a deberá acreditar mediante un informe médico que sufre una enfermedad en cuestión durante cinco años, con un informe del Instituto de Mayores y Servicios Sociales o el órgano que corresponda, en el que deberá constar la fecha en la que se manifiesta dicha discapacidad. Además, deberá estar en alta o en situación asimilada a la de alta.

En definitiva, la jubilación anticipada es una medida significativa para aquellos trabajadores que se enfrentan a distintos desafíos relacionados con su salud que les impiden continuar en el mercado laboral. Con el marco legal adecuado y el asesoramiento profesional, los afectados pueden navegar por este proceso de manera informada y asegurar su bienestar financiero en la jubilación.