Manifestación al grito de 'Stop Okupación' convocada por la Plataforma Afectados Ocupación.

Manifestación al grito de 'Stop Okupación' convocada por la Plataforma Afectados Ocupación. Fernando Sánchez Europa Press

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Así son las nuevas preferencias de los okupas, cada vez más 'sibaritas': viviendas de nueva construcción, casas de campo...

Las okupaciones ilegales en España acumulan ya más de 15.000 casos. Los okupas que no se limitan a usurpar casas vacías, sino que van más allá.

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Las alertas por okupación ilegal en España crecen. Cada vez son más los casos de casas okupadas, y ya no solo de viviendas vacías o abandonadas, sino que los okupas han desarrollado preferencias sibaritas. Conformarse con un techo bajo el que vivir ha dejado de ser suficiente para estos sinhogar.

Con alquileres que han alcanzado las máximas históricas y precios de la vivienda que las convierte en inaccesibles, la okupación ilegal es cada vez más frecuente en nuestro país.

Tras un verano en el que el riesgo de okupación ha mantenido su foco en viviendas de fondos buitre, y en el que la inquiokupación ha sido la protagonista, ahora los okupas optan por otras opciones como son las plazas de garaje privadas. Un delito que queda amparado con el artículo 245.2 del Código Penal, que castiga con la "pena de multa de tres a seis meses".

Uno de los casos conocidos más recientes se ha vivido en un edificio de viviendas sociales de la localidad de Alcobendas (Madrid), donde un hombre de origen argelino −identificado como Samil− ha okupado una plaza de garaje para convertirla en su hogar improvisado. Los vecinos del edificio aseguran que este okupa estaba viviendo en condiciones insalubres.

De igual modo novedosa es la preferencia por las viviendas de nuevo acceso. Bloques enteros de casas de nueva construcción se ven amenazados por la okupación ilegal. La facilidad de entrar en estas viviendas y la falta de vigilancia son factores especialmente llamativos entre los que quieren dejar de formar parte del sinhogarismo.

Manifestación en Madrid con pancartas que piden 'Ley antiocupas ya' y 'Okupas no'.

Manifestación en Madrid con pancartas que piden 'Ley antiocupas ya' y 'Okupas no'. Fernando Sánchez Europa Press

Ejemplo de ello es la maccrookupación de familias peruanas que se ha vivido en una urbanización de lujo en el barrio de Carabanchel (Madrid) a principios de este año 2025.

Okupas en casas de campo

También crece el temor en las zonas rurales. Los okupas han visto una nueva oportunidad de vivir alejados del ruido en casas de campo. Las viviendas de segunda residencia quedan deshabitadas durante largos periodos de tiempo, lo que supone un atractivo para los sintecho.

No sólo viviendas, sino que también las fincas agrícolas −también conocidas como casa de aperos− son susceptibles de ser okupadas. Una situación difícil de solventar puesto que estas casetas no están reguladas del mismo modo que las viviendas al uso.

Uno de los casos más recientes es el de una pareja que se asentó en uno de estos terrenos rústicos en Mallorca. A pesar de que fueron condenados a un delito leve, la Audiencia de Palma retiró la condena por no considerarse las casetas como una vivienda habitable.

Esta realidad traspasa las fronteras de nuestro país y está viviéndose también en otros lugares, como en Francia. La Organización Francesa de Comercio (ADCF) ha comunicado que se están okupando barcazas del Puerto de Arsenal en la capital francesa, llegándose a producir incendios de las barcas.

También se han okupado jardines, bosques y terrenos forestales privados. Donde masas de okupas se han aglomerado para organizar raves ilegales. Los motivos de estas nuevas estrategias de okupación residen en que son lugares aislados y de poca vigilancia en los que poder pasar desapercibido.

Ante esta insostenible situación, los agricultores franceses de Ille-et-Vilaine, como Alain, se han visto forzados a regar sus campos con estiércol y sacar sus tractores para desalojar los campamentos de okupas.

Más de 15.000 okupaciones

El Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio del Interior registra un aumento del 7.44 % en casos de allanamiento o usurpación de inmuebles. Con 15.289 incidentes registrados en 2023 y 16.426 casos en 2024. Y un 83.55 % más con respecto a 2010, año en el que se registraron 2.702 casos.

También los últimos informes del Índice Internacional de Derechos de Propiedad (IIDP) publicados en marzo de 2025 por el Instituto de Estudios Económicos (IEE) revelan estos datos preocupantes, con porcentajes que tienden a subir cada vez más.

Es tal la magnitud del asunto que incluso las empresas dedicadas a la compra-venta de casas están permitiendo que se anuncien a la venta viviendas con okupas.

Los propietarios de las casas okupadas ponen sus anuncios a disposición de posibles compradores. Esto es considerado una 'oportunidad' para muchas inmobiliarias debido a que los precios son inferiores al valor real de la vivienda.

Pancarta 'Ley Antiocupas ya' en una manifestación contra la okupación.

Pancarta 'Ley Antiocupas ya' en una manifestación contra la okupación. Fernando Sánchez Europa Press

A pesar de que se estén dando nuevas tendencias de okupación, Carlos Salmerón −responsable de la plataforma CECOM-112 OCUPACIÓN de la Comunidad de Madrid− asegura "en estos últimos años se está manteniendo el perfil de personas okupas".

"Son gente joven con necesidades que se ven obligados a tomar esta decisión para vivir", afirma en conversación con EL ESPAÑOL. Asimismo, confirma que es cada vez más frecuente la inquiokpación de personas que dejan de pagar su alquiler, una realidad que se observa a los 2 ó 3 meses de firmar el contrato.

Ante la problemática, el responsable de la CECOM-112 recomienda "no enfrentarse físicamente con estas personas y llamar enseguida al centro de emergencia 112 para que los cuerpos de seguridad del Estado se encarguen del trámite".

El artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) pone de manifiesto los delitos por los que se puede proceder a un juicio rápido. En este punto, con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025 −en vigor desde el 3 de abril− aparentemente también se ampara a las víctimas que sufren la okupación de su casa.

Esta nueva protección a los propietarios de las casas okupadas se asienta en la inserción de los delitos de allanamiento de morada (art. 202 CP) y usurpación (art. 245 CP) dentro de los supuestos que pueden tramitarse por el procedimiento de enjuiciamiento rápido (art. 795 LECrim).

Señora manifestándose con una pancarta de la Plataforma Afectados Ocupación.

Señora manifestándose con una pancarta de la Plataforma Afectados Ocupación. Fernando Sánchez Europa Press

Sin embargo, los nuevos casos de okupación e inquiokupación no cesan. Por este motivo, la Plataforma de Afectados por la Ocupación lleva solicitando sin respuesta una reunión con la ministra de vivienda y justicia Isabel Rodríguez García desde octubre de 2021.

"Somos víctimas y además nos vetan. La ministra no puede seguir desempeñando su cargo", sentencian en su página web. Un silencio prolongado por parte del Gobierno ante una situación cada vez más crítica y ante la que no se puede asegurar un final cercano.