Juan Díaz y José Rodríguez violaron a la hija de María del Sol con su consentimiento

Juan Díaz y José Rodríguez violaron a la hija de María del Sol con su consentimiento Diseño: Arte EE

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Sol prostituyó a su hija de 9 años con dos octogenarios, uno de ellos, exguardia civil: "Pasaba al menos tres veces por semana"

Un hombre ya fallecido y un exguardia civil violaron a la hija de Marisol desde 2016 hasta 2022 en Monforte de Lemos, Lugo. La madre ha sido condenada a 29 años de cárcel y el violador a 14 años.

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El pasado miércoles 9 de julio la Audiencia Provincial de Lugo condenó por los hechos ocurridos en Monforte de Lemos, Lugo, a María del Sol Couto Silva (1978) a 29 años de prisión y a José Rodríguez Vilanova (1935) a 14 años, por agresión sexual continuada y prostitución a la hija de Marisol. Los hechos comenzaron en 2016 y se prolongaron hasta 2022. La víctima, A. F. C., hija de María del Sol, tenía apenas nueve años cuando empezaron los abusos. Tanto la madre como José Rodríguez se encuentran actualmente en libertad provisional.

El caso vio la luz cuando la menor relató lo sucedido en esos seis años a la asistente social del centro de menores de Lugo, donde aún permanece.La madre ofrecía a su hija con el fin de obtener una ventaja económica. María del Sol regentaba durante esos años el Bar Lareira, en la comunidad gallega, y conoció a quien sería el primero que abusaría de A. F. C., Juan Díaz Muiño (1934), fallecido en 2017 y, por tanto, sin posibilidad de ser condenado.

Ambos quedaban en el bar para, acto seguido, dirigirse en compañía de la menor al domicilio del fallecido en la calle Real nº51 de Monforte de Lemos, muy próximo al bar. Ya en la casa, el octogenario la conducía a la planta baja del inmueble para proceder a los abusos sexuales. Sentados en una silla, la menor tenía que tolerar que Juan le levantara la falda, le tocara las piernas, vagina y pecho, entre otras partes, con una frecuencia "casi diaria".

Juicio a Maria del Sol y José Rodríguez por prostitución y agresión sexual a una menor en Monforte de Lemos.

Juicio a Maria del Sol y José Rodríguez por prostitución y agresión sexual a una menor en Monforte de Lemos. Europa Press

"Al poco tiempo, la menor fue obligada a mantener relaciones sexuales en un sofá de la vivienda sin protección alguna y en presencia y con el consentimiento de la madre. Cuando acababan, el fallecido le entregaba la cantidad de dinero que previamente habían acordado. La verdad que no sé precisar la cantidad en concreto, pero lo que sí se ha probado era que había una contraprestación económica por los servicios prestados", explica en conversación telefónica con EL ESPAÑOL Francisco José Calvo, letrado de la acusación popular, Fundación Amigos de Galicia.

Pocos días después del fallecimiento del agresor, María del Sol encontró a un nuevo violador para su hija. Esta vez se trataba del ya condenado José Rodríguez Vilanova, exguardia civil y quien tenía 81 años en el momento de los hechos. La menor y el anciano se conocieron en un aparcamiento cercano al Puente Nuevo, debajo de la calle Ourense, en Monforte. Madre e hija subieron al coche -un Peugeot 206 con matrícula LU-0261-W- para trasladarse junto a él a la conocida zona de A Vide.

"A.F.C. y José se colocaban en la parte trasera del coche y se producían los tocamientos en presencia de la madre. Había veces que sucedía fuera del vehículo y consistían en tocamientos por todo el cuerpo, fundamentalmente pecho y vagina, así como realizando acceso carnal a través de la penetración por vía vaginal hasta 2022. Pasaba al menos tres veces por semana. Después de cada acto, la madre recibía el monto acordado".

Prueba preconstituida

A.F.C. vivía con su madre hasta 2022, cuando servicios sociales tuvo que personarse en el domicilio familiar por encontrarse la menor en situación de desamparo, por, entre otras cosas, no acudir habitualmente a clase. Una vez instalada en el centro de menores tutelado, A.F.C. puso los hechos en conocimiento del Órgano de la Junta, que procedió a denunciar. "Viene de una familia desestructurada. El padre por lo visto no tiene relación alguna con la familia y, por lo que sé, estuvo cumpliendo condena. No sé exactamente qué, pero ha estado interno en un centro de medicación", relata el abogado.

La declaración de la menor se hizo en presencia de dos psicólogos y se concluyó que "era creíble". Reconoció a sus dos abusadores, pero hizo especial hincapié en el segundo, José Rodríguez. Hacía referencia a su nombre, que era un exguardia civil e incluso describió el vehículo con el que la recogía. Según el abogado, la descripción del vehículo fue lo que motivó la identificación del agresor.

Durante el juicio, José y María negaron los hechos de los que se les acusaban y confirmaron que quien mantenía las relaciones sexuales con los dos hombres era María del Sol y no la menor. No hubo contradicción por parte de ninguno, sin embargo, el testimonio de la víctima "fue esencial" en el proceso. La declaración “se conformó como prueba preconstituida, que es lo que está previsto en nuestro ordenamiento jurídico”, aclaró el letrado, precisamente “para no perjudicar a la víctima”.

El juez, a instancias de la acusación popular, desestimó la comparecencia de la víctima en la sala. "La Ley de Enjuiciamiento Criminal recomienda que se lleve a cabo a través de una prueba preconstituida y en un ámbito de protección donde las preguntas que se realicen no sean especialmente agresivas. Queríamos evitar la revictimización de la chica recordando los abusos que empezó a sufrir con tan sólo nueve años. Es un sufrimiento innecesario para la chiquilla".

La Audiencia Provincial de Lugo ha dictado una sentencia en la que condena a la madre a dos penas de 14 años y seis meses de prisión por dos delitos de agresión sexual. En paralelo, el exguardia civil ha sido sentenciado por el tribunal a 14 años de cárcel por violar a la menor.

Ambos deberán indemnizar a la víctima: la madre con 50.000 € y el octogenario con 40.000 €. Una vez cumplidas las penas de prisión, estarán bajo libertad vigilada durante 10 años.

En el caso de la madre, se le ha retirado la patria potestad, tiene prohibido acercarse a menos de 300 metros de la menor durante 18 años y ha sido inhabilitada para cualquier profesión que implique contacto con menores.

"En cuanto a las penas privativas de libertad estamos sujetos a las determinadas por la ley, pero la responsabilidad civil me pareció un poco escasa. Con independencia de que me pareciese escasa o no, obviamente hay dificultades para que la satisfagan. La cantidad que tienen que pagar me parece que simplemente atienden a la proporcionalidad del hecho cometido. Las circunstancias que esas acciones le pueden provocar a la víctima creo que eran merecedores de una cantidad superior", sentencia Francisco José Calvo.