Fachada ITV.

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La ITV pone el ojo en los coches matriculados a partir de 2008: el fallo por el que suspenden muchos

Los coches matriculados a partir de 2008 que tengan el testigo de alarma encendido, no podrán pasar la ITV ya que se considera un defecto grave.

15 marzo, 2023 12:05

Como todos sabemos, el momento de pasar la ITV es horrible, esos segundos se hacen eternos, y más si se enciende algún indicador, decide dejar de funcionar un foco o la ventanilla se estropea. En ella, los técnicos revisan a fondo que tu coche cuente con un buen mantenimiento, que los sistemas de seguridad estén correctos e incluso la documentación necesaria que acredite el estado de tu coche. Sin embargo, hay un detalle que muchos conductores desconocen y pasa desapercibido: todos los vehículos matriculados a partir de 2008 que acudan a la inspección con uno de los testigos encendidos fallarán directamente la prueba.

La ITV se trata de un examen indispensable que deben pasar todos los coches cada año, excepto que el coche tenga menos de 10 años que tendrá que hacerlo entonces cada dos. Para superar con éxito esta inspección influyen diversos factores que es preciso tener en cuenta, algunos de ellos fácilmente subsanables

La alerta viene tras el aviso de que todos los vehículos matriculados desde 2008 no deben acudir a la prueba con el testigo MIL o fallo de motor, situado en el cuadro de mandos tras el volante, encendido. Aunque realmente puede que no afecte directamente al motor ya que este puede seguir funcionando sin problema alguno, se considera una falta grave. 

Coches matriculados desde 2008.

Coches matriculados desde 2008.

Para subsanar este problema tan solo hay que acudir a un taller y tras el chequeo de este el indicador se apagaráEsta comprobación debe efectuarse únicamente a vehículos matriculados a partir del 1/1/2008. Por tanto, no se realiza a vehículos anteriores a esa fecha. 

Pero ese no es la única cuestión por la que estar alerta. Circular sin etiqueta aunque hayas aprobado la ITV, la sanción será de 80 euros. En caso de ir con la ITV caducada o desfavorable, te pueden multar con hasta 200 euros que supondrá la mitad a corto pago. En cambio, si esa ITV es directamente negativa y coges el vehículo, la multa asciende a 500 euros. 

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