Fotografía de la fachada del edificio de la Agencia Tributaria en España. EFE
Confirmado por Hacienda: este es el día en el que debes pagar el segundo plazo de la declaración de la Renta
Se acerca la fecha límite para pagar el 40 % correspondiente al segundo plazo de la declaración de la Renta del ejercicio 2024
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Se acerca la fecha para abonar el segundo plazo de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2024. Por ello, es importante asegurarte de tener en la cuenta bancaria el importe necesario. Son muchos los contribuyentes que han optado por fraccionar el pago en lugar de abonar en una sola vez el importe total de su declaración del IRPF de 2024.
El pasado 2 de abril arrancó la campaña de la declaración de la Renta 2024, y quienes estaban obligados a presentarla tuvieron hasta el 30 de junio para confirmar su borrador. Sin duda, se trata de uno de los momentos más relevantes para el bolsillo de los españoles, ya que, para bien o para mal, tiene un impacto directo en la economía de la mayoría de los ciudadanos.
¿Qué día es el segundo plazo de la declaración?
Desde el 30 de junio de 2025, miles de españoles eran conocedores de si debían pagar a Hacienda, o por el contrario, si era la Agencia Tributaria quien debía devolverles el dinero pagado de más.
En caso de que la declaración te saliera a pagar, sabes de primera mano que existe la opción de fraccionar el pago en dos plazos, una alternativa útil si la cantidad a abonar es elevada.
En este caso, el primer pago tuvo lugar el pasado 30 de junio, fecha en la que se cargó el 60% del importe total. Ahora llega el momento de abonar el 40% restante correspondiente al segundo plazo. Ambos pagos pueden domiciliarse, de modo que no es necesario realizar ninguna gestión adicional, sino que ya se sustrae de tu cuenta. Sin embargo, debes asegurarte de tener el saldo suficiente en tu cuenta bancaria para evitar incidencias.
La campaña del IRPF de 2024 concluye con la fecha límite para ingresar ese 40 % pendiente, esto es, hasta el 5 de noviembre inclusive. Aunque el fraccionamiento ofrece un respiro financiero, no exime de la obligación de cumplir con el pago. En caso de no disponer del importe necesario, podrían aplicarse recargos e intereses por el retraso.
Recargos por retraso en el pago de la declaración
Tal y como informan los expertos de TaxDown, puedes pagar tu declaración de la Renta fuera de plazo, pero eso implica un recargo económico:
- 5% sobre la cifra si lo ingresas en Hacienda antes de que requiera
- 10% sobre la cifra si Hacienda requiere, y se paga en el plazo que establezca
- 20% sobre la cifra si Hacienda requiere, y no se efectúa el pago en el plazo que establezca. En este caso, habrá un interés de demora del 3,75% sobre la cantidad que no se ha pagado