Fotografía de la fachada del edificio de la Agencia Tributaria en España.

Fotografía de la fachada del edificio de la Agencia Tributaria en España. EFE

Economía

Adiós a hacer la declaración de la Renta en 2025: estas personas no están obligadas a presentarla en Galicia

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2025 arrancará el próximo 2 de abril y finalizará el 30 de junio

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La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2025 arrancará el próximo 2 de abril y finalizará el 30 de junio. De acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, el día 2 de abril se abrirá el plazo para la presentación de las declaraciones a través de internet y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025. 

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono, y desde el día 2 hasta el 30 de junio, los interesados podrán confeccionar las declaraciones presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria, con solicitud de cita entre el 29 de mayo y el 27 de junio.

¿Tengo que presentar la declaración de la Renta?

Aunque el 2025 no ha hecho más que comenzar, muchos gallegos se hacen la misma pregunta: ¿tengo que presentar la declaración de la Renta? Si el salario recibido de un único pagador supera los 22.000 euros, deberás presentarla. También si esa cantidad es de 15.876 euros en el caso de que haya habido más de un pagador. 

Tal y como adelanta Invertia de El Español, uno de los cambios que deben tener en cuenta los contribuyentes para 2025 es que aumentará a reducción por rendimientos del trabajo. Así, pasará de 6.498 euros a 7.302 euros. "Dicho de otra manera, gracias a esta medida los contribuyentes podrán reducir más su base imponible". 

También deberán presentarla los autónomos, sin importante cuáles hayan sido sus ingresos, y aquellas personas que hayan recibido una prestación del SEPE durante 2025, aunque no se cumplan los mínimos. Ocurre lo mismo con los que hayan ganado más de 1.600 euros anuales por rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención en España, y los que hayan ganado más de 1.000 euros por tener el inmueble vacío.

Más supuestos: si la persona ha ganado más de 1.000 euros por rendimientos de actividades económicas o alquiler de una vivienda, o una ganancia patrimonial no sujeta a retención, como la venta de criptomonedas.

Entonces... ¿Quiénes no deben presentar la declaración de la Renta? Aquellas personas que no reúnan ninguna de las condiciones anteriormente reseñadas.

En campañas anteriores las personas paradas que recibían el subsidio por desempleo no tenían la obligación de presentarla siempre y cuando sus ingresos no superasen los 22.000 euros anuales o, en su caso, si eran de 15.000 euros al tener dos o más pagadores, pero este año hay novedades: será obligatorio para todos aquellos que reciban la prestación, cumplan o no con el mínimo para hacerlo. 

Invertia de El Español informa que "gracias a estas modificaciones, alrededor de 5,2 millones de personas podrán beneficiarse no sólo de una menor tributación, sino que también se sumarán a la lista de aquellos que están exentos del pago del IRPF". 

Devueltos 12.907 millones a 15,9 millones de contribuyentes

La Agencia Tributaria ha devuelto 12.907 millones de euros a 15.852.000 contribuyentes. A fecha de 30 de diciembre de 2024, se habían realizado el 97,4% de las devoluciones solicitadas en número y se habían abonado el 94,9% de los importes correspondientes a esas solicitudes, en línea con el año anterior.