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El laberinto de la FIFA para que un menor extranjero pueda jugar al fútbol en Galicia

Los clubes deben aportar desde contratos de trabajo y empadronamientos hasta declaraciones sobre cómo conocieron al jugador para tramitar una licencia

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Para un niño que ha nacido en España, jugar al fútbol federado puede parecer tan sencillo como apuntarse a un equipo, entregar una fotografía y acreditar su identidad. Para otro menor de la misma edad que ha nacido fuera del país, el proceso puede convertirse en un expediente administrativo que obliga a aportar numerosos documentos sobre su familia, su residencia y las circunstancias por las que llegó a España.

Es una situación que también afecta al fútbol de base en Galicia. La FIFA mantiene desde hace años una normativa específica para proteger a los menores frente al tráfico y la explotación en el fútbol. El artículo 19 de su Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores limita las transferencias internacionales de menores de 18 años y las primeras inscripciones de determinados menores extranjeros, salvo que se cumpla alguna de las excepciones previstas.

La consecuencia práctica para los clubes es que, cuando un menor nacido fuera de España quiere obtener una licencia, no siempre basta con presentar su documentación personal. El expediente puede requerir información sobre sus padres, su situación laboral, su residencia en España e incluso sobre cómo se produjo el contacto entre el futbolista y el club.

La diferencia empieza en el lugar de nacimiento

En el caso de un niño o niña menor de edad nacido en España, la documentación necesaria resulta considerablemente más sencilla. Para acreditar su identidad se solicita el DNI o la partida de nacimiento, además de una fotografía tipo carnet.

El escenario cambia cuando el menor ha nacido fuera de España. En esos casos, entre la documentación que puede solicitarse figura un certificado de empadronamiento con una antigüedad máxima de tres meses y el certificado de nacimiento del jugador, en una de las cuatro lenguas oficiales de FIFA.

A partir de ahí comienza una revisión mucho más amplia de la situación familiar. El expediente puede incluir los contratos de trabajo del padre y de la madre y una nómina de uno de ellos para acreditar el sustento económico de la familia. Si los progenitores no tienen un contrato laboral, también pueden aportarse otras situaciones que acrediten los ingresos o el sustento familiar, como el alta en el SEPE, el régimen de autónomos, la persona que se hace cargo económicamente del menor o una resolución de una ayuda.

La FIFA contempla precisamente entre la documentación que puede manejarse en estos expedientes elementos como contratos de trabajo, permisos de trabajo, documentos que acrediten el lugar de residencia, certificados de nacimiento y documentación relativa a los padres o tutores.

Pasaportes y permisos de residencia de toda la familia

La documentación no se limita al menor. También pueden tener que incorporarse los pasaportes del padre, de la madre y del propio jugador, así como los permisos de residencia de los tres o, en su defecto, documentación que acredite que estos permisos se encuentran en trámite.

El objetivo es poder demostrar cuál es la situación real del menor y de su familia en España y, especialmente, que su llegada al país no responde a un movimiento relacionado con su carrera futbolística.

Es uno de los elementos centrales de la normativa. La FIFA establece diferentes excepciones a la prohibición general, entre ellas los casos en los que los padres se trasladan por motivos ajenos al fútbol. También existen supuestos para menores que llevan al menos cinco años residiendo de manera ininterrumpida en el país, jugadores mayores de 16 años que se trasladan dentro de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, situaciones humanitarias o programas de intercambio académico. Por eso, detrás de una ficha de fútbol puede terminar apareciendo una fotografía bastante completa de la vida familiar del menor.

El club también tiene que explicar cómo conoció al jugador

Uno de los documentos que puede resultar más llamativo para un club de base es la declaración en la que debe explicar cómo entró en contacto con el menor. A ella se suma una declaración de la familia y la propia solicitud de inscripción. No es un detalle menor. La FIFA busca comprobar que el jugador no ha sido captado o trasladado a España con el propósito de desarrollar su carrera futbolística incumpliendo las normas de protección de menores.

La RFEF explica que el procedimiento existe precisamente para comprobar las circunstancias que rodean la inscripción y que el club debe analizar qué excepción se aplica al caso concreto, con la colaboración de la federación territorial correspondiente.

En determinadas excepciones puede ser necesario aportar además un certificado que acredite que el menor está escolarizado. Así, el expediente puede terminar incluyendo no solo documentación deportiva, sino también información relacionada con su vida cotidiana en España.

Una norma creada para proteger a los menores

El origen de toda esta burocracia está en una preocupación concreta: impedir que los niños sean tratados como futbolistas profesionales en miniatura y evitar que redes de intermediación, clubes o particulares puedan aprovecharse de menores trasladándolos de un país a otro con falsas promesas deportivas.

La FIFA prohíbe desde hace años los traspasos internacionales de jugadores menores de 18 años, aunque contempla excepciones muy concretas. En febrero de 2026, el organismo publicó una nueva edición de su guía para presentar solicitudes de jugadores menores de edad, precisamente para aclarar un procedimiento que se ha vuelto más complejo debido al aumento y la variedad de los casos.

La propia FIFA reconoce que estas solicitudes pueden afectar a situaciones muy diferentes y que la documentación debe permitir analizar las circunstancias concretas de cada menor. La RFEF, de hecho, se reunió en febrero de este año con representantes de FIFA, el Consejo Superior de Deportes y las federaciones autonómicas para abordar la inscripción de menores extranjeros y la aplicación de esta normativa en España.

Cuando la protección choca con el fútbol de base

El debate aparece cuando esas mismas reglas se aplican a menores cuya llegada a España no tiene ninguna relación con el fútbol. Un niño puede haber llegado con sus padres por motivos laborales, familiares o humanitarios y querer incorporarse simplemente al equipo de su barrio. Sin embargo, si ha nacido fuera de España, su inscripción puede exigir acreditar documentalmente toda esa situación.

La propia normativa contempla precisamente la mudanza de los padres por motivos ajenos al fútbol como una de las excepciones. También recoge las razones humanitarias y la residencia continuada durante al menos cinco años, entre otros supuestos.

Para los clubes gallegos, la diferencia puede ser importante. Mientras tramitar la ficha de un menor nacido en España puede reducirse a acreditar su identidad y aportar una fotografía, la incorporación de un menor nacido en otro país puede implicar reunir un expediente con empadronamientos, certificados de nacimiento, documentación de padres y jugador, permisos de residencia, acreditación de ingresos, declaraciones del club y de la familia y, dependiendo del supuesto, documentación escolar.

El resultado es una paradoja que se vive también en el fútbol gallego: una normativa diseñada para proteger a los menores frente a posibles abusos termina convirtiendo la obtención de una ficha en un proceso especialmente complejo para algunas familias. El reto para las federaciones y los clubes pasa por mantener ese control sobre las situaciones de riesgo sin convertirlo en una barrera innecesaria para niños que simplemente quieren jugar al fútbol con sus compañeros.

Galicia ha agilizado este proceso

Durante muchas temporadas, tramitar una licencia de un jugador extranjero era toda una odisea. La Real Federación gallega de Fútbol, dirigida por Pablo Prieto, ha reforzado en los últimos meses este servicio para poder conseguir que los menores vean reducido al máximo el tiempo de espera. La comunidad exige poder tramitar licencia por resolución del parlamento, mientras que el ente federativo se encuentra entre la espada y la pared porque debe cumplir la normativa FIFA.

La incorporación de varios profesionales ha reforzado el área de licencias, al frente de la cual se encuentra Juan Carlos García Carneiro. Trabajadores como Rafael Pastrana o Víctor Garrote dedican buena parte de su jornada laboral a tratar de desatacar los casos existentes, que son muchos y que cada año crecen a medida que los flujos migratorios se consolidan en la pirámide de población.

"Tenemos que proteger al menor también. Somos conscientes de las dificultades y que a veces a las familias les cuesta comprender el porqué, pero son normas que nos vienen impuestas. En Galicia tratamos de que cada jugador pueda estar con su licencia lo más rápido posible. Los clubes en líneas generales colaboran también para agilizarlo", explica el secretario general del ente federativo, Diego Batalla, a Quincemil.