El hombre acusado de matar a su pareja en O Birloque de A Coruña.

El hombre acusado de matar a su pareja en O Birloque de A Coruña. . Dylan - Europa Press

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A Coruña

El TSXG acoge en marzo la apelación a la condena a un varón por asesinar a su pareja en A Coruña

Se celebrará esta sesión el lunes 17 de marzo sobre el caso que conmocionó a la ciudad en 2021, cuando el condenado acabó a puñaladas con la vida de su pareja, una conocida panadera del barrio de O Birloque

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El TSXG acogerá el lunes 17 de marzo a las 11:00 horas la vista de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que, de conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenó a 23 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en O Birloque en A Coruña.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña condenó al varón a 23 años de cárcel tras acabar con la vida de su novia en septiembre de 2021.

El acusado fue declarado culpable de un delito consumado de asesinato con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de género. Además, se le impuso la prohibición de aproximarse y de comunicarse por cualquier medio con los hijos y con el padre de la víctima durante 30 años.

El magistrado presidente del Tribunal del Jurado, de acuerdo con el veredicto, declaró probado que el acusado, que mantenía desde aproximadamente julio de 2021 una relación sentimental con la víctima, mantuvo una discusión con ella durante la noche del 14 al 15 de septiembre de 2021.

Un desencuentro "motivado por la decisión de  la mujer de poner fin a la relación sentimental, pidiéndole que se marchase de la casa y no aceptando este último la decisión de poner fin al noviazgo, diciéndole que se iba a arrepentir", según figura en la sentencia.

Hechos

EL 15 de septiembre de 2021, según consta en la sentencia, el condenado accedió a la vivienda en cuyo interior se encontraba la víctima y "con el propósito de acabar con su vida, utilizando un cuchillo, le asestó varias puñaladas, sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de reaccionar ni de defenderse ante el ataque, que tuvo lugar de forma sorpresiva y repentina".

El jurado popular entendió probado que actuó "con la intención de imponer su voluntad a la de la víctima, con la que había iniciado una relación de pareja unos dos meses antes, despreciando su condición de mujer".

Tras abandonar la vivienda, según la sentencia, tomó un taxi que lo llevó hasta el aeropuerto de Alvedro (A Coruña), donde compró un billete de avión con destino a Madrid, ciudad en la que fue localizado y detenido el día 16 de septiembre.

Además, el Tribunal del Jurado consideró acreditado que, aunque estaba diagnosticado de trastorno depresivo moderado y el día 15 de septiembre consumió diversas bebidas alcohólicas.

"En el momento de cometer los hechos no padecía ninguna alteración en sus facultades de entendimiento y voluntad, por lo que era plenamente consciente de sus actos", dejó claro el tribunal sobre el trágico suceso.