El exasesor ministerial Koldo García durante su declaración este jueves como acusado en el juicio en el Tribunal Supremo.
La ley del silencio
Ese "no recuerdo" pronunciado por los testigos citados a declarar acaba convirtiéndose en ocasiones en una especie de ley del silencio que dificulta la labor de esclarecimiento de los hechos. O, que al menos, no la facilita.
Observamos últimamente en los diferentes medios de comunicación cómo algunos de los testigos citados a declarar en diferentes procedimientos judiciales (elijan ustedes la trama, las hay de todos los colores) no recuerdan nombres, fechas, lugares, importes u otros datos en general.
No les culpo. Es posible que a muchos de nosotros nos pasara lo mismo.
Es cierto que este "no recuerdo" acaba convirtiéndose en ocasiones en una especie de ley del silencio que dificulta la labor de esclarecimiento de los hechos. O, que al menos, no la facilita.
Esta "ley" (no la busquen en el BOE... de momento) no la vemos únicamente en casos mediáticos. Observamos también su aplicación práctica en investigaciones internas de fraude que no trascienden al escrutinio público.
Un ejemplo de lo anterior sucede en aquellas investigaciones internas en las que un socio minoritario de una sociedad mercantil solicita información a los administradores de la misma sobre determinados aspectos contables, y recibe una respuesta vaga o imprecisa. O, incluso, el silencio por respuesta.
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Más allá de las consecuencias legales de estas conductas, sobre las que no entraremos aquí, es interesante apuntar la existencia de algunos procedimientos de auditoría forense que llevamos a cabo al objeto de identificar potenciales irregularidades contables, que pueden estar llevándose a cabo en una sociedad mercantil como la ya citada.
Un ejemplo de este tipo de procedimientos lo encontramos en el examen de márgenes y ratios financieros que cambian de un año a otro sin aparente explicación.
Esta clase de exámenes consiste en analizar por qué algunos de los indicadores clave de una empresa (rentabilidad, liquidez, endeudamiento, etcétera) varían entre periodos cuando, aparentemente, no hubo grandes cambios en el negocio.
Entre estos indicadores encontramos el margen bruto, el margen operativo o el margen neto, y ratios como el ROE ("return on equity"), el ratio de endeudamiento o la rotación de inventarios.
El examen nos permite identificar inconsistencias, errores contables e incluso una potencial manipulación contable.
Sucede en este tipo de investigaciones que el acceso a la información es limitado (por no decir prácticamente inexistente), lo que dificulta la obtención de evidencias que permitan acreditar, de forma clara, irregularidades contables.
"En este tipo de investigaciones, el acceso a la información es limitado, lo que dificulta la obtención de evidencias que permitan acreditar, de forma clara, irregularidades contables"
Esto no impide la obtención de indicios que, en instancias posteriores, permitan destapar la caja de Pandora.
Junto con lo anterior, debemos destacar la importancia de llevar a cabo otro tipo de procedimientos que nos permitan obtener el mayor número de evidencias posibles en una investigación interna.
Entre estos procedimientos encontramos la realización de entrevistas, las cuales pueden resultar de vital importancia en una investigación de fraude.
Sin ánimo de querer profundizar en este procedimiento, sí debemos poner de relieve la importancia del equipo entrevistador. El cual, si tiene la experiencia necesaria, sabrá leer y aplicar correctamente los silencios.
(Ya lo decía Marlon Brando en la película que da título a esta tribuna: "Yo no sé nada, ni he visto nada ni puedo decirles nada").
Junto con lo anterior, es también relevante la realización de un procedimiento de Corporate Intelligence.
En el contexto de las investigaciones internas, este procedimiento es aquel que nos permite identificar vínculos personales y profesionales de personas físicas y jurídicas.
Como siempre me gusta apuntar, estos procedimientos no deben entenderse como compartimentos estancos.
Una investigación de fraude ha de abordarse de manera integral, de modo que la información y las evidencias obtenidas en cualquiera de ellos sirvan para alimentar y complementar a los demás.
Desde aquí, y aprovechando la reciente celebración del día del libro (no todo iban a ser películas), tal vez podría resultar oportuno introducir un sutil guiño a Pablo Neruda en alguna futura resolución judicial.
Ya saben: "Me gustas cuando callas porque estás como ausente".
*** Hugo Sutil es director del área de Forensic en ITASU.