Cristina Clemente, notaria.

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Estilo de vida

Cristina, notaria: "Comprar vivienda siendo menor de 35 años y con ingresos por debajo de 30.000 € tiene beneficios fiscales"

Estas son las condiciones que, según la notaria, deben cumplir los jóvenes para poder beneficiarse de esta ayuda al comprar una vivienda.

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En España, independizarse es un auténtico desafío que puede llegar a alargarse durante años. Los jóvenes encadenan formación, prácticas y a menudo, empleos precarios mientras intentan encontrar cierta estabilidad.

En paralelo, ahorrar se convierte en una tarea casi imposible. Un contexto en el que salir de la casa familiar puede llegar a retrasarse mucho más de lo deseado.

A este escenario se suma una realidad cada vez más evidente: el acceso a la vivienda se complica año tras año con unos precios en el sector inmobiliario cada vez más elevados. Y es que, solo en los últimos tres años este encarecimiento ha superado el 12 %.

Un incremento que deja fuera del mercado a una buena parte de los jóvenes y a una mayoría de mujeres. Y es que, son las mujeres las que siguen enfrentando una mayor inestabilidad laboral en España con un 55,78 % de contratos temporales.

Un contexto que explica por qué, según los últimos datos de Eurostat, la edad media de emancipación en España ya supera los 30 años, situándose varios años por encima de la media europea. Esta brecha refleja un problema estructural y que ha llevado a las administraciones a impulsar distintas ayudas dirigidas a este colectivo, uno de los más afectados por la crisis de la vivienda.

Una de las medidas más destacadas tiene que ver con los impuestos a la hora de comprar una vivienda antes de los 35 años. En este caso, existen distintas deducciones y bonificaciones pensadas específicamente para facilitar el acceso de los jóvenes al mercado inmobiliario.

Entre ellas, sobresale la rebaja del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el principal impuesto al que se enfrentan quienes adquieren una vivienda de segunda mano en España.

Su cuantía varía según la comunidad autónoma, pero las bonificaciones suponen una diferencia importante. Los tipos reducidos pueden oscilar entre el 4 % y el 11 % en función del territorio, pudiendo aliviar de forma notable el coste final de la compra.

Qué requisitos hay para pedirla

Otra de las grandes incógnitas entre quienes están pensando en comprar vivienda es saber si pueden acogerse a algún tipo de ventaja fiscal, especialmente en función de su edad o nivel de ingresos. Sobre esta cuestión arroja luz Cristina Clemente, notaria, en uno de sus vídeos compartidos en YouTube.

En este vídeo responde a dudas reales de ciudadanos y concretamente en uno de ellos, una joven de 25 años le pregunta directamente si puede beneficiarse de esas bonificaciones y qué pasos debe seguir para formalizar la compra.

La experta advierte de que "la mayor parte de comunidades autónomas sí que se potencia esa reducción de impuestos para que los jóvenes, que bastante difícil lo tienen ya, puedan acceder a la compra de una vivienda reduciendo el impuesto".

Como ejemplo, pone el foco en la Comunidad Valenciana, donde existen condiciones muy concretas para acceder a estas ventajas fiscales: "Aquí en la Comunidad Valenciana se exige que seas menor de 35 años. Pero sí que lo que se pide es que sea primera vivienda habitual y en función del valor de esa vivienda, si es superior o inferior a los 180.000 euros estaríamos hablando de bajar del 10% al 8% o al 6 %".

Ahora bien, la edad no es el único factor determinante. En muchas comunidades autónomas también se tienen en cuenta los ingresos del comprador. Tal y como explica la notaria, "habría que ver después en el resto de comunidades autónomas si tienen el segundo requisito: no superar unos niveles en renta".

"Esto es importante tenerlo en cuenta porque hay personas que sí cumplen con la edad y sí va a ser su primera vivienda habitual, pero sí superan los 30.000 euros en renta y en ese caso no podrían aprovecharse de esa bonificación en nuestro tipo impositivo de transmisiones patrimoniales", detalla.

Además, lanza un aviso clave que muchos pasan por alto en el proceso de compra: " hay que solicitarlo expresamente en la escritura de compraventa. Si yo en la escritura de compraventa no recojo esa solicitud de que me quiero aplicar la reducción, después no se me puede aplicar".

Por último, recuerda que estas ayudas no se limitan únicamente a los menores de 35 años, sino que también se extienden a otros perfiles que pueden beneficiarse de condiciones ventajosas: "Tienes derecho a esa reducción porque eres menor de 35 años pero también hay otros casos como en los supuestos de familia numerosa, monoparental o en situaciones de concurrencia de una causa de discapacidad...".

Documentos necesarios

En lo que respecta a los trámites, no hay grandes diferencias por el hecho de ser joven. Así lo aclara Cristina Clemente, que insiste en que el proceso es prácticamente idéntico al de cualquier otro comprador: "Es exactamente igual que cualquier otra persona", señala. Sin embargo, sí existe una particularidad importante cuando la adquisición se realiza mediante financiación.

En estos casos, la notaria recuerda un requisito clave que muchos desconocen: "Si fuera financiado por un préstamo hipotecario desde hace seis años no podéis ir a notaría y firmar vuestra escritura de compraventa y préstamo porque la ley entendió que para reforzar el asesoramiento de ese consumidor, hay que venir antes a notaría a formalizar un acta", explica.

La notaria Cristina Clemente sobre la compra de viviendas para menores de 35

Se trata del conocido como acta de transparencia material, un trámite previo, obligatorio y gratuito, que tiene como objetivo garantizar que el comprador comprende todas las condiciones de la hipoteca antes de firmar.

"Tiene por objeto que el notario le explique a ese prestatario cuáles son las condiciones financieras y no financieras que tiene convenidas con el préstamo", explica. A partir de ese momento, gran parte de las gestiones administrativas quedan en manos de la propia notaría.

"Toda la documentación relativa a cuál es el estado de cargas del inmueble, eso se ocupa la notaría de solicitarlo con una nota simple. Comprobar cómo está en el catastro, también es la notaría la que obtiene la certificación catastral", detalla.

Además, este organismo también se encarga de otros trámites como el cambio de titularidad en el catastro o la verificación de que la vivienda esté al corriente del pago del IBI. Sin embargo, hay un documento clave que no gestionan directamente y que debe aportar el comprador o el vendedor: "Hay otra carga que afecta al inmueble y que tenéis que ser vosotros o el vendedor quienes nos lo tenéis que aportar que es el certificado de deuda de la comunidad de propietarios", advierte.

Y no es un asunto menor. La notaria subraya la importancia de este punto: "Es muy importante estar al corriente de todos estos gastos porque estas cargas la ley las considera preferentes incluso a esa hipoteca que pudieras firmar a continuación".

De hecho, una deuda pendiente puede echar por tierra toda la operación en el último momento. "Si nosotros en ese momento hacemos una consulta y hay algún impago, eso es suficiente para que ese banco decida no firmar porque esa deuda por ejemplo por IBI es preferente a la hipoteca que ellos firman", señala.

Para terminar, Cristina Clemente repasa otros documentos habituales en este tipo de operaciones: "El certificado de eficiencia energética, dependiendo de que compres a un promotor o a una persona física sería o no necesario que aportaras esa licencia municipal de ocupación y el resto de documentos exactamente los mismos que cualquier escritura de compra", concluye.