La economista Montse Cespedosa.

La economista Montse Cespedosa.

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Montse Cespedosa, consultora financiera: "Cuidado con ser propietarios al 50 %, podría costaros miles de euros"

Aunque cerca del 74 % de las viviendas se adquieren en pareja en España, Cespedosa alerta de un fallo habitual que tiene consecuencias fiscales.

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La compra de una vivienda en pareja es una de las opciones mayoritarias cuando se trata de adquirir un inmueble en España. Algo que ya demuestran los datos, como los del último análisis de Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI). Estos reflejan que más de siete de cada diez compradores adquieren una vivienda junto a su pareja, es decir, cerca del 74 % de las operaciones se formalizan de manera conjunta.

El informe también señala que esta tendencia es aún más acusada en algunas comunidades autónomas. Extremadura encabeza la lista, donde el 83,3 % de las viviendas se compran en pareja. Le siguen Andalucía (79,7 %), Castilla-La Mancha (79,5 %) y Murcia (79,3 %), todas ellas por encima de la media nacional.

No obstante, adquirir una vivienda en pareja, aunque pueda parecer un trámite natural cuando existe un proyecto común, puede generar dificultades si no se dejan bien definidas las aportaciones económicas de cada parte. Más allá de seleccionar la casa y sustituir el préstamo hipotecario, esta decisión conlleva implicaciones jurídicas y tributarias que conviene tener claras desde el principio.

Si no se regulan correctamente estos aspectos, una operación que nace como un paso lleno de ilusión en la pareja puede acabar derivando en conflictos legales e incluso en complicaciones con la Agencia Tributaria.

En este contexto, la experta en finanzas Montse Cespedosa pone el foco en un aspecto que muchas parejas pasan por alto y lanza un aviso directo: "Si compras en pareja ten en cuenta esto porque te voy a evitar un futuro marrón con Hacienda". Tal y como detalla, uno de los fallos más habituales se produce en el momento de formalizar la compra cuando no se dejan bien documentadas las cantidades que realmente aporta cada uno de los miembros de la pareja.

@montse_cespedosa ❌ Si vas a comprar vivienda en pareja ❌ ➡️ evita tener sustos con hacienda y es que la compraventa y el préstamo debe coincidir con el porcentaje, ha portado de ahorro de cada uno . ➡️ si uno de los dos pone más capital que el otro y se efectúa la compra al 50 % hacienda puede entender que es una donación encubierta ➡️ en función de lo que se aporte de ahorro a cada uno se puede calcular el préstamo que va a Siempre al 50 % porque solidario y la compraventa se puede realizar a un porcentaje proporcional ➡️ si no se realiza en la compraventa, siempre se puede levantar un acta notarial #bancos #hipoteca #ahorro #hacienda #donación #casa #parejas #mejorhipoteca #comprarcasa #inversion #inversioninmobiliaria #finanzas #finanzaspersonales #montsecespedosa #compravivienda #inversioninmobiliariaespaña ♬ Stories 2 - Danilo Stankovic

La especialista insiste en que la clave está en que la titularidad refleje exactamente el esfuerzo económico realizado por cada parte. "Si compráis dos, tanto la compraventa como la hipoteca deben coincidir con el porcentaje aportado por cada uno", señala.

Para que no haya dudas, plantea una situación muy habitual: "Si uno de los dos aporta más dinero, se debe equilibrar al porcentaje de compra, como por ejemplo un 60-40 % o un 70-30 %". Si esa proporcionalidad no se respeta en la escritura, el problema puede llegar después. La Agencia Tributaria podría considerar que existe un desplazamiento patrimonial entre ambos. "Si no, Hacienda podría entender que es una donación encubierta y venirte una buena complementaria", concluye."

Qué se considera donación encubierta

Se habla de donación encubierta cuando una persona entrega dinero o transmite un bien a otra sin formalizarlo como donación ni liquidar el impuesto correspondiente. Es decir, existe un traspaso patrimonial real, pero no se declara como tal ante la Administración.

En el ámbito de la vivienda compartida, esta situación puede producirse cuando uno de los miembros de la pareja aporta una cantidad superior para adquirir el inmueble, pero en la escritura ambos aparecen como propietarios al 50 %, sin reflejar esa diferencia económica.

Desde el punto de vista de la Agencia Tributaria, este tipo de operaciones puede interpretarse como un intento de eludir la tributación de una donación, lo que abre la puerta a sanciones importantes. Además, el riesgo no suele materializarse en el momento de la firma, sino tiempo después: en una comprobación fiscal y tras una ruptura de la pareja o cuando se produce el fallecimiento de uno de los cotitulares.

Cuando la Agencia Tributaria concluye que detrás de una operación existe una donación no declarada, puede reclamar la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, además de los correspondientes intereses de demora y, en determinadas situaciones, imponer una sanción adicional.

La factura final puede ascender a varios miles de euros, un escenario que, según advierte Montse Cespedosa, puede evitarse con una adecuada planificación antes de firmar.

Por este motivo, los especialistas recalcan que es fundamental que la escritura de compraventa y el préstamo hipotecario recojan fielmente la proporción económica asumida por cada miembro de la pareja. Solo ajustando la titularidad del inmueble al porcentaje real aportado se minimiza el riesgo de futuros problemas fiscales.