Paneles solares en una comunidad de propietarios.

Paneles solares en una comunidad de propietarios.

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Una abogada, sin rodeos: "No hay una normativa que impida instalar paneles solares en una comunidad de vecinos"

Sonia Sánchez aclara que tanto el uso comunitario como particular de la energía solar está permitida en una comunidad de propietarios.

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Sonia Sánchez, abogada experta en derecho inmobiliario, afirma para el medio El Mueble que no existe ninguna normativa que prohíba la instalación de paneles solares en una comunidad de vecinos, ni para uso general ni para propietarios individuales.

Lo que sí se requiere son permisos, licencias, cumplimiento de ordenanzas locales y que la instalación se haga conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.

Además, advierte que aunque la ley lo permita, hay condiciones técnicas y de espacio que muchas comunidades deben valorar con cuidado antes de emprender este tipo de obra.

Para poder instalar paneles solares en un edificio residencial la comunidad de propietarios debe disponer de una cubierta o azotea con superficie suficiente, orientación, inclinación adecuadas y estructura que soporte la instalación sin riesgos.

También es obligatorio que se gestione la instalación con respecto a los permisos municipales, trámites urbanísticos y acuerdos con la distribuidora eléctrica en aquellos casos que sea necesario para conectar la generación al suministro.

La Ley de Propiedad Horizontal juega un papel importante: la aprobación por junta de propietarios se exige para obras en elementos comunes. Dependiendo del tamaño y finalidad del sistema (uso comunitario o individual), la votación puede requerir mayoría simple o cualificada.

Entre los beneficios, Sonia Sánchez señala el ahorro en factura eléctrica, el menor impacto ambiental y la posibilidad de revalorización del inmueble. Para muchas comunidades, las subvenciones o incentivos públicos son un empujón decisivo.

Entre los obstáculos usuales está el coste inicial elevado, limitaciones físicas del edificio, sombra que reduzca eficiencia, trámites burocráticos y la necesidad de consenso entre vecinos. Estos factores pueden retrasar o incluso detener el proyecto si no se gestionan bien.

Un punto clave es verificar las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento: aunque no hay ley estatal que prohíba la instalación, puede haber restricciones locales relacionadas con estética urbana, patrimonio protegido o normativa de ruidos.

También es imprescindible que los paneles cumplan con normativa técnica vigente: certificaciones, normas de seguridad eléctrica, conexión segura a la red, garantías, mantenimiento... Si no, podrían surgir problemas legales o de responsabilidad.

En resumen, según Sonia Sánchez, no hay barreras legales para instalar paneles solares en comunidades de propietarios, bien sea con uso comunitario o privado. Lo realmente importante es cumplir con los requisitos técnicos, los permisos y lograr el acuerdo necesario entre vecinos.

Para quien esté considerando esta opción, lo recomendable es asesorarse con un técnico especializado, consultar la normativa local, y convocar la junta de vecinos para exponer claramente ventajas, costes y plazos. Con esos pasos, la energía solar en bloques residenciales no solo es posible, sino cada vez más viable.

Además, la abogada recuerda que el interés por las energías renovables está creciendo en toda España, y cada vez son más las comunidades que se animan a dar el paso. "No hay un vacío legal, solo falta de voluntad vecinal", subraya Sánchez, convencida de que el futuro del ahorro energético pasa por los paneles solares.