Según el Índice Mundial de Empresas Familiares, elaborado por EY y la Universidad de St. Gallen (Suiza), que analiza las 500 empresas familiares más grandes del mundo según su facturación, más del 75% tienen más de 50 años de vida, y casi un tercio llevan más de 100 años compitiendo en el mercado. De entre ellas, hay 11 españolas: Inditex, Mercadona, El Corte Inglés, Acciona, Gestamp, Ferrovial, Grifols, Catalana Occidente, Antolin-Irausa, Prosegur y Técnicas Reunidas. Sin duda, el gobierno de la propiedad, normalmente concretado a través de acuerdos legalmente vinculantes entre los accionistas familiares, es uno de los responsables de que estas compañías hayan sobrevivido y continúen manteniendo su carácter familiar en el tiempo.

El acuerdo sobre cómo se organiza la propiedad de la empresa, por ejemplo, en una sociedad de hermanos, suele ser objeto de un debate, que debe solventarse cuánto antes mejor. Hay quien se decanta por “la empresa es para quien la trabaja”. No siempre es igual el grado de implicación, compromiso y mérito de todos los hermanos en el devenir de la empresa. A veces, las familias optan por traspasar más acciones a aquéllos que más han trabajado en la empresa. Pero también hay familias que deciden que esa diferente aportación a la empresa se vea recompensada a través del salario, y que rija un criterio de total igualdad en lo referente a la propiedad de la empresa, transmitiendo las acciones a partes iguales entre todos los hijos.

La organización de la propiedad no sólo debe resolverse en el presente, sino que también debiera anticipar probables situaciones delicadas en el futuro. De hecho, este gobierno de la propiedad se plasma a menudo en acuerdos relativos a la transmisión de las acciones (restricciones, fijación del precio de la trasmisión, etc.) que persiguen principalmente que: (I) la propiedad de la empresa se mantenga dentro de la familia; (II) cualquier socio o rama familiar pueda encontrar una salida en caso de que así lo desee; (III) posibles inversores no familiares puedan plantearse entrar en el capital de la empresa familiar. Estos acuerdos normalmente deben ser incorporados en las disposiciones del Protocolo Familiar, y trasladados, en la medida de lo posible, a los Estatutos sociales, para que realmente tengan eficacia jurídica.

¿De qué tipo de cuestiones estamos hablando? Para la familia es vital mantener el control de la empresa, por tanto, deberá establecer con claridad quién puede ser comprador de las acciones o cuándo los miembros de la familia tienen el derecho o la obligación de vender. En caso de que un propietario familiar quiera vender, se deberá regular si los miembros de la familia tienen el derecho preferente de comprar estas acciones.

Igualmente, la familia deberá acordar cuándo la empresa puede comprar sus propias acciones y cómo se deben valorar las acciones en caso de venta entre miembros de la familia. En este sentido, se deberá acordar si hay un descuento de familia con respecto al valor de mercado cuando las acciones se traspasan dentro de la familia. En los supuestos de transmisión de acciones, los pactos entre los socios familiares pueden elegir cláusulas tales como el derecho de acompañamiento (Tag along), para proteger a los socios minoritarios, o el derecho de arrastre (drag along), para proteger los intereses de los socios mayoritarios.

También es aconsejable que se hayan previsto acuerdos entre los socios familiares en caso de situación de bloqueo. Por ejemplo, no es infrecuente el pacto andorrano, por el cual, uno de los socios hace oferta pública de compra de acciones a otro, y éste puede, o bien, vender, o bien adquirir al primer socio al mismo precio que el primero ofreció.

En definitiva, la empresa familiar debe regular cómo se organiza y gobierna la propiedad. Cuánto antes se haga, menores serán las tensiones en la familia, porque todos conocerán las reglas de juego. Con el paso de las generaciones, se hace más compleja la convivencia entre las diferentes ramas familiares, y es fundamental prever con antelación las suficientes salvaguardas para que, por ejemplo, “podar el árbol”, no sea un trauma, sino una solución satisfactoriamente convenida tiempo ha. Empresa + Familia = Bienestar social.