Imagen del archivo de tráfico en Málaga.

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Málaga ciudad

Reclama al Ayuntamiento de Málaga 33.515 euros por un accidente de moto: el Consejo Consultivo le da la razón

El órgano no fija la cuantía final de la indemnización y señala que debe ser objeto de un proceso contradictorio por parte del Consistorio.

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El Ayuntamiento de Málaga va a tener que indemnizar económicamente al conductor de una motocicleta que sufrió un accidente de tráfico en julio de 2022.

Así lo ha dictaminado el Consejo Consultivo de Andalucía en una resolución fechada el pasado 4 de diciembre, en la que si bien no concreta la suma económica, sí concluye la existencia de responsabilidad por parte de la Administración local en los hechos.

En concreto, de acuerdo con el informe, consultado por EL ESPAÑOL de Málaga, el siniestro tuvo lugar debido al mal estado de la calzada. El valor final de la compensación será fijado por la propia Administración en un proceso contradictorio. El afectado demanda 33.515,17 euros.

Se precisa que el accidente ocurrió en una vía pública de Málaga debido a un bache en la calzada y las condiciones de iluminación.

A juicio del Consultivo, se cumple con los presupuestos de la responsabilidad patrimonial de la Administración recogidos en la Constitución Española y la normativa estatal y autonómica: existe un daño efectivo, antijurídico, imputable al Ayuntamiento y con relación directa de causalidad entre el funcionamiento del servicio y el accidente.

El informe destaca que, aunque el accidente se produjo a primera hora de la mañana, existía iluminación próxima, pero que no se puede asumir que el conductor pudiera percatarse del bache y evitarlo.

Asimismo, descarta los argumentos del Ayuntamiento basados en la velocidad supuesta de la moto y la capacidad del afectado para eludir el peligro, calificándolos de meras elucubraciones.

El dictamen recuerda que la Administración local tiene competencia sobre conservación de vías urbanas y ordenación de la movilidad y accesibilidad, tal como establece el Estatuto de Autonomía para Andalucía y la Ley de Bases del Régimen Local.

No obstante, recalca que la responsabilidad patrimonial no convierte a la Administración en aseguradora universal de todos los riesgos, pero sí obliga a garantizar condiciones mínimas de seguridad para la circulación.

Finalmente, dictamina desfavorablemente la propuesta de desestimación del Ayuntamiento, instando a que la indemnización reclamada sea evaluada y determinada por la propia Administración en un expediente contradictorio.