Un momento de una actuación circense en el Palmeral de las Sorpresas.

Un momento de una actuación circense en el Palmeral de las Sorpresas.

Málaga ciudad

Estas son las razones que llevan al Puerto de Málaga a prohibir ciertas actividades en su gran paseo peatonal

El organismo justifica la medida en la "proliferación de actividades incontroladas" y las molestias causadas al vecindario del Paseo de La Farola y a usuarios de concesiones.

3 agosto, 2023 05:00

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¿Por qué el Puerto de Málaga ha decidido extremar el control de las actividades lúdicas y musicales que a diario tienen lugar en el Palmeral de las Sorpresas? La respuesta queda recogida en la resolución firmada por el presidente de la Autoridad Portuaria, Carlos Rubio, que está previsto que sea publicada este miércoles.

En el escrito se relaciona el paso adelante por el organismo portuario en la "proliferación de actividades incontroladas" y las molestias que las mismas están causando en el entorno de la zona del Palmeral de las Sorpresas, “tanto del vecindario del Paseo de La Farola como de usuarios de concesiones aledañas”. Por este motivo, se indica en el escrito, se hace preciso "tomar unas medidas de carácter urgente para evitar que las actitudes negligentes puedan deteriorar la convivencia en el referido espacio".

"Procede establecer medidas de control operativo para corregir actividades molestas en la zona de pública concurrencia, mediante la modulación o limitación de determinados tipos de comportamientos y usos, a modo semejante a otros espacios públicos existentes en la ciudad de Málaga", recoge la resolución.

El plan diseñado por el Puerto incluye acciones informativas en la zona, así como dar instrucciones al Servicio de Policía Portuaria para que realice un control efectivo de actividades molestas o que realicen un uso abusivo de los espacios, "debiendo prohibirse actividades relacionadas más abajo, salvo que estén expresamente autorizadas".

¿Y cuáles son estas actividades a prohibir?

  • Venta ambulante, actuaciones circenses, y en general cualquiera otra que representen acciones de presión o insistencia hacia los ciudadanos, o perturben la libertad de circulación de éstos.
  • Todas las actividades musicales en espacios exteriores que utilicen medios de amplificación de sonido de cualquier tipo.

  • Actuaciones musicales grupales en espacios exteriores aun cuando no utilicen medios de amplificación de sonido, y cuya emisión sonora no esté dentro de los límites establecidos en la Ordenanza para la Prevención y Control de Ruido y Vibraciones vigente del Ayuntamiento de Málaga.

  • Cualquier actividad musical en espacios exteriores a partir de las 23:00 horas.

Se subraya la idea de que la Policía Portuaria realice su labor "preferentemente con carácter preventivo, evitando la actuación en situaciones de presencia masiva de viandantes, y en cualquier caso, se requerirá el apoyo del Cuerpo Nacional de Policía si la situación lo requiriera".