Entrada principal a la Ciudad de la Justicia de Málaga.

Entrada principal a la Ciudad de la Justicia de Málaga.

Economía

Un autónomo de Vélez-Málaga se libra de pagar 145.000 euros en deudas tras el cierre de su negocio

El juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga concede la exoneración total del pasivo insatisfecho a un empresario en situación de vulnerabilidad, gracias a la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.

Más información: Pablo Campos, experto en finanzas: "La inversión es casi una obligación si no quieres perder tu poder adquisitivo"

Publicada

Un empresario autónomo de Vélez-Málaga ha conseguido quedar liberado de una deuda superior a los 145.000 euros tras acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. El afectado, que había regentado una agencia de viajes durante varios años, se vio obligado a cerrar su negocio en 2019 debido a la transformación digital del sector, la competencia de las plataformas online y la imposibilidad de remontar la actividad.

Desde entonces, ha vivido con ingresos muy limitados, recurriendo a trabajos esporádicos, subsidios públicos y al Ingreso Mínimo Vital. Ante la falta de bienes y de capacidad económica para hacer frente a las obligaciones pendientes, se presentó una solicitud de concurso sin masa ante el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga.

La tramitación del caso fue dirigida por Eugenio Luque, director de la firma especializada Koncursal, que acreditó de forma detallada la buena fe del deudor, la ausencia de antecedentes penales o sanciones administrativas, y su voluntad de regularizar la situación conforme a la normativa vigente.

Una vez trasladada la solicitud a los acreedores, ninguno de ellos se opuso al procedimiento, explica Luque, lo que permitió al juzgado conceder la exoneración total del pasivo, incluyendo deudas con entidades financieras, proveedores, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

El proceso concluyó con el archivo del concurso, permitiendo al solicitante dejar atrás las deudas acumuladas y comenzar una nueva etapa sin cargas económicas.