
Asesinato en Benalmádena: Lina denunció a su marido por violencia de género, pero se le denegó la orden de alejamiento
Asesinato en Benalmádena: Lina denunció a su marido por violencia de género, pero se le denegó la orden de alejamiento
El Ministerio de Igualdad ha confirmado la naturaleza machista del asesinato que se produjo este domingo en el número 27 de la calle Álamos.
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Lina, la mujer asesinada por su marido en Benalmádena este domingo, presentó una denuncia por amenazas el pasado mes de enero en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga, procedimiento que derivó en un juicio rápido señalado en el Juzgado de lo Penal número 12 de la capital costasoleña.
Aquella fue la primera denuncia que presentaba la víctima por violencia de género, aunque al parecer, en la misma no reconoció haber sufrido agresiones por parte de su pareja. Es por este motivo, señalan fuentes del TSJA, que el Juzgado denegó la orden de alejamiento en base a la valoración de riesgo recogido en en el fichero Viogen, considerando que el caso revestía un riesgo medio.
La fallecida y el presunto autor de su muerte mantenían una relación matrimonial desde hacía más de una década. Fruto de la misma habían tenido tres hijos, todos menores de edad, de entre siete y once años. Además, la fallecida tenía un cuarto hijo nacido en 2006 fruto de una relación anterior.
El pasado 21 de enero, la víctima decidió presentar por primera vez una denuncia contra su marido. En la misma relató haber sufrido amenazas, coacciones y vejaciones leves por parte de su presunto agresor, pero aseguró que no había sido maltratada físicamente, que únicamente le "levantó la mano" sin llegar a golpearla. Este 9 de febrero, su marido la estrangulaba y quemaba su vivienda familiar con ella dentro.
Aunque la denunciante solicitó la adopción de una medida de alejamiento respecto de su presunto agresor, la juez no adoptó la medida al considerar que no concurrían en el caso los presupuestos exigidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para estos casos. De hecho, la valoración del riesgo para la mujer era medio ya que las circunstancias del caso no eran de riesgo alto.
Los hechos denunciados por la víctima fueron considerados constitutivos de los delitos de amenazas, coacciones y de un delito leve de vejaciones. La entidad del caso no requirió la apertura de diligencias previas o de un proceso sumarial y finalmente se tramitó como un juicio rápido.