Un operario de la ITV.

Un operario de la ITV. EFE

Sociedad

El BOE cambia las normas de la ITV: los vehículos que tendrán que pasarla cada seis meses a partir de ahora

La nueva normativa incide en las diferencias entre autocaravanas y furgonetas camperizadas.

Más información: La DGT cambia las normas: nuevos plazos de ITV con multas de 500 € para las autocaravanas en España

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Las claves

Las claves

La DGT ha actualizado la normativa para furgonetas camperizadas y autocaravanas, exigiendo a muchas campers de más de diez años pasar la ITV cada seis meses.

La frecuencia de las inspecciones depende de la categoría administrativa: autocaravanas (categoría M) y campers (categoría N), con diferentes plazos según antigüedad.

La normativa también aclara aspectos sobre estacionamiento, permitiendo a las autocaravanas aparcar como turismos si respetan la señalización y no despliegan elementos externos.

Se introduce una nueva señal vertical para identificar puntos de vaciado y se actualizan áreas de autocaravanas en varias comunidades.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha actualizado la normativa que regula las furgonetas camperizadas y autocaravanas con la publicación de la instrucción PROT 2026/04.

Este es un documento que sustituye la anterior normativa de 2023 e introduce nuevos aspectos importantes para estos vehículos en España.

La principal novedad reside en la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), ya que según su categoría administrativa y su antigüedad deberán someterse a revisión

Campers

Uno de los cambios más importantes incide directamente en los propietarios de las campers.

La interpretación actual subraya que muchos de estos vehículos, si superan los diez años de antigüedad deberán pasar la ITV cada seis meses.

Esto tiene como consecuencia duplicar las visitas anuales a las estaciones de inspección.

La normativa

Esta modificación no se debe a una nueva ley, sino en la interpretación y aplicación de la legislación ya vigente. Esta instrucción remite directamente al Real Decreto 920/2017, que regula la ITV en España.

La DGT aclara definitivamente que la frecuencia de las revisiones depende de la categoría administrativa del vehículo y no de su apariencia o uso.

Clasificación legal

Aunque las autocaravanas y campers puedan parecer prácticamente lo mismo, hay una diferencia importante: la clasificación legal. Las autocaravanas se clasifican como categoría M, destinadas al transporte de personas, mientras que las furgonetas camperizadas permanecen en la categoría N, originalmente dedicadas al transporte de mercancías.

En el caso de autocaravanas nuevas están exentas de inspección técnica durante los primeros cuatro años. Entre los cuatro y diez años deberán hacerlo cada dos años y a partir de los diez años, la revisión será anual. Por otro lado, las campers, en categoría N, deberán pasar inspección cada año desde el principio.

Otros aspectos

En la instrucción también se aclaran aspectos de circulación y estacionamiento. Según Tráfico, las autocaravanas pueden aparcar en las mismas condiciones que un turismo, siempre que respeten la señalización y no desplieguen elementos externos. Además, se reconoce la capacidad de regular los tiempos de estacionamiento o prohibir la acampada en vías urbanas.

En cuanto a las novedades sobre infraestructuras específicas destaca la incorporación de la nueva señal vertical S-128 para identificar puntos de vaciado. Además, también resalta la actualización de áreas destinadas a autocaravanas en varias comunidades, como Madrid, Navarra y Extremadura.

En materia de circulación, no hay cambios. Las autocaravanas de menos de 3.500 kilos podrán circular a 120 km/hora en autopista y a 90 km/h en vías convencionales. Las de mayor peso tendrán límites de 90 km/h y 80 km/h respectivamente. Además se recuerda la obligatoriedad del uso del cinturón en todos los asientos homologados y la prohibición de viajar en literas o camas durante la marcha.