Isabel Díaz Ayuso en un colegio público de Madrid

Isabel Díaz Ayuso en un colegio público de Madrid Comunidad de Madrid

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Ayuso da luz verde a la jornada partida en los colegios: plazos para solicitarla en cada centro y fecha en que será efectiva

La Comunidad de Madrid ha aprobado la normativa que establece la jornada partida como criterio general en los colegios públicos de Infantil y Primaria y de Educación Especial.

Más información: Las diferencias de la jornada partida en Madrid: dos horas de descanso en los coles públicos y sólo una en los concertados

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Las claves

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula los horarios escolares en Madrid, permitiendo a los colegios optar por jornada partida.

La jornada lectiva podrá organizarse en dos sesiones, mañana y tarde, separadas por un intervalo de dos horas, con opción de jornada continuada en septiembre y junio.

El cambio deberá ser solicitado por al menos un tercio del Consejo Escolar del centro, requiriendo consulta y votación favorable de familias y comunidad educativa.

El proceso debe completarse antes del 15 de marzo de cada año para su aplicación en el siguiente curso, y los centros con jornada continuada podrán mantenerla si lo desean.

El Consejo de Gobierno autorizó este martes el decreto que regula los horarios escolares, una medida que pretende mejorar el rendimiento académico de los alumnos, favorecer la conciliación y ampliar la capacidad de elección de las familias madrileñas, según ha informado el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.

El texto determina que la jornada lectiva se organice, con carácter general, en dos sesiones de mañana y tarde, separadas por un intervalo de dos horas, con la posibilidad de mantener la opción de continuada en los meses de septiembre y junio.

Así, los colegios públicos que así lo deseen podrán tramitar y aprobar el cambio de su jornada escolar al horario partido, una actuación que se facilita y simplifica para que la comunidad educativa y las familias de los alumnos puedan activarla de manera sencilla y con todas las garantías.

Votación y consulta a familias

La iniciativa deberá partir de al menos un tercio del Consejo Escolar del centro, formado por padres, profesores, personal de administración y servicios y representantes municipales. El procedimiento contemplará consultas al claustro y a este órgano de participación, así como a las familias, e incluirá una votación, presencial o telemática, en la que será necesario que la mayoría de los votos emitidos resulte favorable.

Tras confirmarse el escrutinio, el presidente del Consejo Escolar informará de su resultado al claustro y a los miembros del órgano, y el director lo trasladará a la Dirección de Área Territorial correspondiente.

Isabel Díaz Ayuso en un colegio público de Madrid

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Será su titular quien autorice el cambio, previo informe del Servicio de Inspección Educativa y atendiendo a criterios organizativos, pedagógicos y de conciliación familiar.

Todo este proceso deberá realizarse antes del 15 de marzo de cada año, con el objetivo de que los centros puedan adoptar las disposiciones necesarias para empezar a aplicar la jornada partida en el siguiente curso. Por su parte, aquellos centros que ya tuvieran aprobado el horario continuado antes de la entrada en vigor de la norma podrán mantenerlo.