
Ayuso, durante un encuentro con empresarios y ejecutivos convocado por Invest in Madrid. Efe
Madrid confirma: estas son las 4 nuevas deducciones fiscales con las que ahorrar miles de euros en la declaración de la renta
Hay 23 deducciones en total, de las que puede beneficiarse todo tipo de gente: desde jóvenes hasta familias e inversores.
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La campaña de la renta 2024-2025 arrancó el 2 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio en toda España. En la Comunidad de Madrid, este ejercicio llega con importantes novedades: cuatro deducciones nuevas y un total de 23 en vigor, que amplían el margen de ahorro para distintos perfiles de contribuyentes.
Madrid fue una de las primeras comunidades en anunciar rebajas fiscales específicas para jóvenes, familias y zonas rurales en el marco de esta campaña. La estrategia autonómica, centrada en el fomento de la natalidad, el arraigo territorial y la actividad económica, se ha traducido en deducciones que buscan atraer nuevos residentes y apoyar a quienes afrontan mayores cargas económicas.
Entre ellas, destacan los incentivos vinculados a la vivienda, el cuidado familiar y el impulso al autoempleo joven.
En esta campaña podrían beneficiarse perfiles tan distintos como una joven de 29 años que vive de alquiler en el centro y trabaja por cuenta propia, una pareja que acaba de tener su primer hijo y compra una casa en la sierra o un contribuyente extranjero que decide mudarse a Madrid atraído por los incentivos fiscales. La diversidad de deducciones activas abarca situaciones cotidianas con impacto directo en la economía familiar.
La mayoría de estas deducciones son compatibles entre sí y se aplican sobre la cuota autonómica del IRPF, lo que permite combinarlas según la situación personal y familiar de cada contribuyente. Para beneficiarse de ellas, es imprescindible cumplir ciertos requisitos y, en muchos casos, conservar justificantes como facturas, contratos o certificados.
Jóvenes y primera vivienda
Una de las grandes novedades de este año busca animar el mercado del alquiler. Los propietarios de viviendas que hayan estado vacías al menos un año podrán deducirse hasta 1.000 euros si formalizan un contrato de alquiler por un mínimo de tres años y depositan la fianza legal.
Por otro lado, los menores de 30 años que hayan comprado su vivienda habitual a partir de 2023 pueden deducirse hasta el 25% de los intereses del préstamo, con un tope de 1.031 euros anuales. Esta es otra de las nuevas medidas.
También se mantiene la deducción del 10% del precio de compra (máximo 1.546,50 euros anuales durante diez años) para quienes adquieran vivienda tras el nacimiento o adopción de un hijo.
Además, los jóvenes autónomos menores de 35 años pueden beneficiarse de una deducción de 1.031 euros si se dan de alta por primera vez en el Censo de Empresarios y mantienen su actividad durante al menos un año en la Comunidad de Madrid.
Familias con hijos o mayores
Las deducciones por nacimiento o adopción alcanzan los 721,70 euros por hijo nacido desde el 1 de enero de 2024 (600 euros si fue antes de esa fecha), aplicables durante tres ejercicios fiscales consecutivos.
En caso de partos o adopciones múltiples, la cantidad se incrementa por cada hijo. La adopción internacional eleva la deducción un 50% si ambos progenitores conviven con el menor y presentan declaraciones separadas.
En situaciones de acogimiento, las ayudas también se amplían. Se deducen entre 618,60 y 927,90 euros según el número de menores acogidos, siempre que convivan más de 183 días.
El acogimiento de mayores de 65 años o personas con discapacidad igual o superior al 33% permite una deducción de 1.546,50 euros por cada persona acogida, bajo condiciones similares. Además, las familias que contraten empleados del hogar para cuidar de menores de 3 años, personas dependientes o con discapacidad pueden deducirse el 25% de las cuotas a la Seguridad Social (hasta 463,95 euros), y el 40% (hasta 618,60 euros) si son familias numerosas.
Estudiantes e inversores
Los intereses pagados por préstamos destinados a estudios universitarios —grado, máster o doctorado— son deducibles. También se contempla una deducción del 15% por gastos de escolaridad y enseñanza de idiomas, y un 5% adicional por vestuario escolar. El límite es de 927,90 euros por escolaridad (1.000 euros para primer ciclo de infantil) y 412,40 euros para idiomas y vestuario.
Los contribuyentes que inviertan en nuevas entidades pueden deducirse el 40% de la inversión, con un máximo de 9.279 euros, o el 50% (hasta 12.372 euros) si se trata de empresas laborales o vinculadas a universidades.
También se contemplan deducciones del 20% para quienes apuesten por entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil, con un tope de 10.310 euros. La inversión debe mantenerse al menos dos años.
Quienes apoyen a sociedades cooperativas o sociedades laborales pueden deducirse el 50% de su aportación, hasta un límite de 12.372 euros anuales, siempre que se mantenga la inversión tres años y la sociedad tenga domicilio fiscal en Madrid.
Propietarios e inquilinos
Los inquilinos menores de 40 años con rentas bajas pueden deducirse el 30% del alquiler anual, con un máximo de 1.237,20 euros, si el pago supone más del 20% de sus ingresos y han depositado la fianza correspondiente.
Por su parte, los propietarios pueden deducirse el 10% de los gastos derivados del arrendamiento —como seguros, contratos o certificados energéticos—, hasta 154,65 euros anuales.
También se permite deducir el 25% del incremento de intereses en hipotecas respecto a los pagados en 2022, con un límite de 300 euros (450 euros en el caso de familias numerosas).
La llamada ‘ley Mbappé’ también entra en juego: los contribuyentes que trasladen su residencia fiscal a la Comunidad de Madrid podrán deducirse el 20% de la parte autonómica durante seis años consecutivos. A ello se suman dos deducciones específicas nuevas para quienes decidan instalarse en municipios madrileños en riesgo de despoblación. Una contempla ayudas por cambio de residencia y otra por la adquisición de vivienda en estas zonas, como incentivo al arraigo en el entorno rural.
Movilidad sostenible
La apuesta por la electrificación del parque móvil también tiene su reflejo fiscal. Quienes adquieran un vehículo eléctrico nuevo matriculado en Madrid podrán deducirse el 15% de su valor, con un límite de 4.000 euros.
Además, se aplican deducciones del 15% —hasta 1.000 euros— por los gastos derivados de la instalación de puntos de recarga de uso particular en la región.