Un bazar de El Cairo, capital de Egipto.

Un bazar de El Cairo, capital de Egipto. Pixabay

Tribunales

La Audiencia Nacional investiga si una madre española huyó con sus dos hijos a Egipto para no devolverlos al padre

La Sala de lo Penal obliga a uno de los Juzgados de la Audiencia a asumir este caso, iniciado con la querella del progenitor, que acusa a la madre de sustracción de menores.

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Las claves

La Audiencia Nacional investiga si una madre española huyó con sus dos hijos a Egipto para evitar entregarlos al padre, como ordenaba una sentencia judicial.

El caso comenzó tras una querella del padre, que denunció un supuesto delito de sustracción de menores al no regresar la madre con los niños tras unas vacaciones en Egipto.

Inicialmente, el Juzgado Central de Instrucción 3 rechazó la querella por falta de competencia, pero la Sala de lo Penal ha revocado esa decisión y asumirá la investigación.

La Sala de lo Penal considera que los hechos cumplen los requisitos legales para ser investigados por la Audiencia Nacional, al haber sido cometidos en el extranjero por una ciudadana española.

La Audiencia Nacional investiga si una madre, de nacionalidad española, huyó con sus dos hijos a Egipto para así evitar devolver los menores a su padre.

Tal y como consta en una reciente resolución, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha obligado a uno de los Juzgados de este órgano judicial —concretamente, el Juzgado Central de Instrucción número 3— a indagar en estos hechos.

En un inicio, el pasado 11 de noviembre, al recibir la querella interpuesta por el padre de los menores, este Juzgado la rechazó al considerar que la Audiencia Nacional no tenía competencia para asumirla y al no estar "acreditado el requisito de la doble incriminación".

Es decir, que los hechos denunciados sean delito tanto en el país en el que se presenta la querella —en este caso, España— como en Egipto.

Y sugirió al progenitor que la interpusiera ante los Juzgados de Plaza de Castilla de Madrid, ciudad a la que la madre de los niños debía volver con ellos, lo que, al parecer, no ocurrió.

No obstante, dos días después, el 13 de noviembre de 2024, el abogado del progenitor presentó un recurso de apelación directo ante la Sala de lo Penal, un tribunal jerárquicamente superior a los jueces instructores de la Audiencia Nacional, que le ha dado ahora la razón.

La querella acusaba a la madre de los niños, expareja del querellante, de un supuesto delito de sustracción de menores. Relataba que ésta, tras pasar las vacaciones en Egipto, no regresó del país africano, a pesar de que, por orden de una sentencia judicial, debía devolverlos al padre, residente en Madrid.

En su recurso, el abogado del progenitor reprochaba que la Audiencia Nacional, al rechazar, en un inicio, el caso por falta de competencia, había "dejado a dos ciudadanos menores españoles indefensos" y que lo había hecho "sin haber tan siquiera investigado nada ni haber adoptado ninguna medida en su amparo".

Criticaba que, "sin más comprobación", el Juzgado Central de Instrucción número 3 había descartado que la sustracción de menores fuese también delito en Egipto, en base a la "naturaleza africana y árabe" del país.

"Es una situación de extrema gravedad. No sólo para el padre que se ve privado de ver y tratar con sus hijos y para las entidades judiciales y administrativas, cuyo tutelaje se ha burlado, sino, básicamente, para los dos menores", se quejó el abogado del querellante.

Sobre los dos niños, el letrado lamentó que se les "sacase de su país sin intención de reintegrarlos" y que, desde entonces, están "retenidos en no sabemos en qué condiciones y en contra de la normativa española".

Ahora, en sintonía con la Fiscalía, la Sala de lo Penal da la razón al padre de los menores y revoca el auto del Juzgado Central de Instrucción 3 que rechazaba la querella.

Así las cosas, los hechos serán investigados por la Audiencia Nacional. La Sala señala que los hechos narrados en la querella sí cumplen "todos y cada uno" de los requisitos que marca la ley para que sean investigados por este organismo.

Fueron cometidos en el extranjero por parte, supuestamente, de una persona española. En este caso, como recuerda el tribunal, la madre de los menores tiene dicha nacionalidad desde el año 2008.