El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Europa Press
El Tribunal Supremo se inclina por validar el nombramiento de García Ortiz la víspera de su declaración como investigado
Mientras la Sala de lo Contencioso-Administrativo es reacia a dar una nueva vuelta de tuerca en el control de las designaciones discrecionales del Gobierno, el instructor de la Sala Penal acerca al fiscal general al banquillo.
Más información: El instructor del Supremo rechaza retrasar la declaración del fiscal general y no citará al novio de Ayuso
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tiene previsto examinar hoy el recurso que una asociación minoritaria de fiscales interpuso contra el segundo nombramiento de Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado el 27 de diciembre de 2023.
Lo hará teniendo en cuenta una doctrina que "pone muy difícil" -en expresión utilizada por fuentes próximas al tribunal- dar un paso más en el control de un nombramiento discrecional que corresponde al Gobierno.
La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales cuestiona la "idoneidad" de García Ortiz para el cargo de fiscal, lo que apoya en resoluciones judiciales adversas a decisiones adoptadas por él durante su primer mandato como fiscal general (julio de 2022 a diciembre de 2023).
Se refiere, especialmente, a la sentencia dictada por el Supremo pocos días antes del nombramiento impugnado, en la que se declaró que García Ortiz había incurrido en desviación de poder para favorecer a su antecesora, Dolores Delgado, al ascenderla a la categoría de fiscal de Sala y nombrarla fiscal togada de Sala de lo Militar. Ambas decisiones fueron anuladas.
También invoca el informe aprobado por el Consejo General del Poder Judicial el 30 de noviembre de 2023, que le consideró "inidóneo" para el cargo y subrayó su "proximidad" al Gobierno.
La APIF ha incorporado al contencioso decisiones judiciales que han revocado otros nombramientos propuestos por García Ortiz con posterioridad a su confirmación como fiscal general. E incluso pretende que se tengan en cuenta las recientes vicisitudes penales relativas al proceso que la Sala Segunda del Supremo instruye contra el fiscal general por la presunta revelación de datos reservados de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Las fuentes consultadas recuerdan que la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha establecido una consolidada doctrina según la cual únicamente le compete conocer de los aspectos reglados de los nombramientos que entran en la esfera de la discrecionalidad del Gobierno y carece de jurisdicción para entrar en el fondo. En este caso, los aspectos reglados consisten en ser un jurista español de reconocido prestigio con más de quince años de ejercicio efectivo de su profesión.
La misma doctrina ha señalado que la idoneidad para ejercer un cargo de designación gubernamental se corresponde con una valoración de naturaleza política que va más allá de lo que corresponde examinar a los jueces. La sentencia que apreció desviación de poder ya había sido dictada cuando el Gobierno hizo su ponderación para el nombramiento de García Ortiz, sin que pueda hacerse un juicio de reproche respecto a hechos posteriores que el órgano administrativo no pudo tener en cuenta cuando tomó la decisión recurrida, señalan las fuentes.
Cita en el TS
De ser éste el criterio que prospere, García Ortiz acudirá mañana a su decisiva cita con el magistrado Ángel Hurtado con el horizonte despejado en la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Pero sólo en esta Sala, porque en la jurisdicción penal el panorama para el fiscal general es cada vez más complicado.
Hurtado rechazó ayer mismo posponer la declaración como investigado del fiscal general en una resolución que pone de manifiesto que la línea de defensa adoptada por la Abogacía del Estado es inútil en varios aspectos.
El instructor de la Sala Penal, que hace dos semanas llamó a declarar a García Ortiz al ver "apuntalados" los indicios de que "dirigió" la filtración de datos reservados del empresario Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, añade ahora que carece de interés que el origen del caso, en el que tanto insiste la defensa, estuviera en una previa filtración del jefe de gabinete de la presidenta madrileña.
Y ello porque Miguel Ángel Rodríguez actuó "con autorización de la persona a quien concierne el secreto", esto es, de González Amador, cuando el 13 de marzo filtró a un grupo de periodistas un correo del día anterior en el que el fiscal de delitos económicos Julián Salto enviaba al defensor del novio de Ayuso la denuncia presentada contra él por fraude tributario, añadiendo que no habría obstáculo "para poder llegar a un acuerdo si usted y su cliente lo estiman posible".
El problema, considera Hurtado, es cuando se "filtra subrepticiamente a la prensa, sin autorización alguna del titular del secreto" un correo anterior en el que el defensor de González Amador ofrecía al fiscal llegar a un acuerdo de conformidad "reconociendo íntegramente los hechos (ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública), así como proceder a resarcir el daño causado pagando íntegramente la cuota e intereses de demora a la AET", escribió el letrado. Esa demoledora literalidad sólo apareció en los medios después de que ese concreto correo llegara a manos del fiscal general.
"La relevancia delictiva", explicó ayer el instructor, "se encuentra en la quiebra de esa confidencialidad de su contenido por parte del filtrador (...); tanta, que parece razonable deducir que ha sido tras la filtración de ese correo, con el reconocimiento expreso que en él se hace de que se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública, cuando aparece en determinados medios y ámbitos que a Alberto González
Amador se le considera un defraudador confeso, sin serlo, con el daño reputacional que ello conlleva".
En este contexto, en el que cada resolución del instructor agrava más que la anterior la situación de García Ortiz, éste se convertirá mañana en el primer fiscal general que acude a declarar al Tribunal Supremo como investigado.