Javier López Madrid en una imagen de archivo./

Javier López Madrid en una imagen de archivo./ Efe

Tribunales

La Audiencia confirma el archivo de la denuncia de López Madrid contra la dermatóloga Elisa Pinto

El tribunal rechaza el recurso del empresario y ratifica la inexistencia de indicios para atribuir a la doctora delitos de amenazas o acoso.

25 marzo, 2024 20:13

Punto final al proceso iniciado por el empresario Javier López Madrid contra la dermatóloga Elisa Pinto, a la que atribuyó supuestas amenazas y acoso en respuesta al acoso sexual que ella había denunciado con anterioridad.

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid de archivar las diligencias abiertas en marzo de 2014 al concluir que "de las numerosas diligencias de instrucción no se desprenden indicios de la participación de Elisa Pinto Romero" en los delitos que López Madrid le atribuía.

La Audiencia ha desestimado íntegramente el recurso de apelación del presidente de Ferroglobe y exconsejero de OHL, que sí que tendrá que sentarse en el banquillo el próximo otoño para responder, junto al turbio excomisario José Manuel Villarejo, de los presuntos delitos de coacciones, amenazas, contra la Administración de Justicia (un año y seis meses) y lesiones de los que son acusados por Pinto y por la Fiscalía.

[La Fiscalía pide 13 años de cárcel para el empresario López Madrid y Villarejo por acosar a Elisa Pinto]

En una resolución conocida este lunes, la Audiencia afirma que "no se sostienen" los indicios señalados en el recurso de López Madrid como indicadores de la supuesta participación de la dermatóloga en las amenazas vertidas contra él, su familia y amigos.

Según López Madrid, esas amenazas se hicieron a través de teléfonos móviles situados en lugares próximos al domicilio o el lugar de trabajo de Pinto.

Pero la Audiencia coincide con la juez instructora y el Ministerio Fiscal en que los posicionamientos de los teléfonos móviles no acreditan que las llamadas se hicieran por Elisa Pinto, "por cuanto solo puede acreditar que se realizaron desde dicho lugar, pero no la autoría de las mismas".

De hecho, otorga verosimilitud a la hipótesis de que el posicionamiento de los teléfonos "pudiera deberse a otra posibilidad, cual es que el autor de las llamadas y mensajes quisiera incriminarla como autora de las mismas, realizándolas en lugares cercanos en los que ella se encontraba habitualmente".

Durante la investigación de la denuncia interpuesta por Pinto contra López Madrid se constató que éste contactó con Villarejo y habría hostigado a la dermatóloga.

López Madrid también alegó que un informe pericial de la Policía Científica indicó que algunas cartas amenazantes pudieron ser realizadas por el hijo menor de Pinto, de 7 años de edad.

La Audiencia explica que ese informe "no fue ratificado en su integridad en el Juzgado instructor, por cuanto [sus autores] señalaron que lo hacían con la salvedad de que los documentos dubitados no fueran los documentos originales".

Tampoco el menor realizó un cuerpo de escritura a presencia judicial, sino que la escritura se obtuvo de exámenes que, al parecer, había realizado en el colegio.

"Esta Sala, como la juez instructora y el Ministerio Fiscal, entiende fuera de toda lógica que Elisa Pinto utilizase a su hijo menor para confeccionar unas cartas impropias por su propio contenido para un niño de su edad, pudiendo haber acudido a otras personas para redactarlas e incluso a otros medios", señala la Audiencia.

Móvil manipulado

Los magistrados también consideran relevante que López Madrid borrase llamadas y mensajes de su teléfono cuando fue requerido por el Juzgado a entregar el dispositivo.

Ese hecho fue también valorado por la juez instructora, Concepción Jerez, cuando archivó el procedimiento en noviembre de 2022, hablando incluso de la "clara mala fe procesal" de López Madrid al haber entregado al Juzgado un móvil previamente manipulado.

A ello se unió que no se encontraron en el teléfono del empresario los supuestos mensajes recibidos con anterioridad al 21 de marzo del 2014, que son los que motivaron su inicial denuncia. "No se ha acreditado, por tanto, lo que motivó el inicio del presente procedimiento", destacó la instructora.

Jerez tuvo en cuenta también que la doctora aportó copia de los mensajes que ella había recibido "desde el mismo teléfono utilizado por la persona que envía los mensajes al denunciante" y con "similar contenido amenazante".

En los mensajes recibidos por Pinto, "los autores expresan que tienen el encargo de enviarlos con el fin de lograr que ella cambie sus declaraciones, haciendo referencia a Villarejo". La dermatóloga había identificado al excomisario como el autor de una agresión con un objeto punzante que sufrió el 7 de abril de 2014, conminándola a
“cerrar la boca” respecto a sus denuncias contra López Madrid.