Diego Pérez de los Cobos./

Diego Pérez de los Cobos./ Ministerio del Interior

Tribunales

El Tribunal Supremo desautoriza a Marlaska y declara ilegal el cese del coronel Pérez de los Cobos

La Justicia concluye que Interior recurrió a una motivación incierta para destituir al mando de la Guardia Civil.

28 marzo, 2023 12:55

La destitución del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid fue contraria a Derecho. Así lo ha concluido, en un fallo firme, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tras una deliberación celebrada este martes.

El alto tribunal ha anulado la sentencia dictada en septiembre de 2021 por la Audiencia Nacional, órgano que revocó indebidamente la resolución por la que el juez Celestino Salgado declaró ilegal el cese de Pérez de los Cobos.

Pérez de los Cobos, un mando de la Benemérita que ha sido clave en la causa del procés y en la lucha contra ETA, fue destituido de manera fulminante como responsable de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid por "pérdida de confianza".

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El cese fue decidido por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, después de que el coronel no accediera a la petición de sus superiores políticos de facilitarles información sometida a secreto judicial.

El interés de Interior era saber por dónde discurría la investigación penal que llevaba a cabo la jueza Carmen Rodríguez-Medel sobre la celebración de la manifestación del 8 de marzo, Día de la Mujer, cuando la pandemia de la Covid-19 ya estaba extendida.

Las diligencias penales afectaban entonces al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, que finalmente fue exonerado. Pero en aquel momento Franco estaba siendo investigado por un presunto delito de prevaricación y el Gobierno temía que la imputación se extendiera a Fernando Simón, portavoz de Sanidad.

La decisión del Tribunal Supremo desautoriza, en particular, a Grande-Marlaska, ahora ministro pero antes magistrado en la jurisdicción penal, por intentar obligar a un subordinado a revelar a los responsables políticos información de un procedimiento judicial.

Tres años después

La sentencia del alto tribunal llega cuando van a cumplirse tres años de la destitución ilegal de Pérez de los Cobos, acordada el 24 de mayo de 2020 formalmente por la directora de la Guardia Civil. María Gámez dimitió hace seis días tras la citación como investigado de su marido en un proceso penal.

Recurrido por el coronel, el cese fue anulado en marzo de 2021 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid.

El magistrado Celestino Salgado llegó a la conclusión de que "la motivación de la propuesta de cese [por pérdida de confianza] no es real o al menos no se ajusta a la realidad".

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El juez resaltó que Pérez de los Cobos informó a sus superiores de las diligencias que afectaban al delegado del Gobierno en Madrid "hasta que la magistrada ordenó expresamente que no se informase a nadie más que a ella de la evolución y el resultado de las investigaciones". Toda la cadena de mando hasta la directora general de la Guardia Civil "eran conscientes de que no se podía informar de ningún detalle", afirmó Salgado.

Pérez de los Cobos "informó de lo que debió informar y no informó de lo que no conocía y no podía ni debía informar. Si hubiera conocido esos detalles y los hubiera comunicado, habría cometido un delito de revelación de secretos", indicó.

Sin embargo, la Audiencia Nacional estimó un recurso de la Abogacía del Estado y sostuvo que el cese fue motivado y que la alegada "pérdida de confianza" constituye un motivo amparado por la ley para la destitución del coronel como jefe de la comandancia de Madrid, motivo ante el que la Justicia tiene limitada su revisión.

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El Tribunal Supremo contradice esos argumentos de la Audiencia Nacional y confirma el razonamiento del juez Salgado.

Control judicial del cese

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha respaldado el criterio del magistrado ponente, José Luis Requero, y ha acordado estimar el recurso interpuesto contra el fallo de la Audiencia Nacional por el letrado de Pérez de los Cobos, Carlos Aguilar.

La Sala reitera su doctrina de que el cese de funcionarios nombrados para puestos de libre designación tiene que ser motivado y ello es también aplicable en el ámbito de la Guardia Civil. De esta forma, se deben expresar con claridad y precisión los motivos del cese, exteriorizando las razones por las que se quiebra la confianza.

En contra de lo argumentado por la Audiencia Nacional, el Supremo subraya que la motivación del cese en un puesto de libre designación es controlable por la jurisdicción para comprobar que la actuación administrativa se ajusta a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico y no es fruto de la arbitrariedad.

En el caso de Diego Pérez de los Cobos, ha concluido el Supremo, el motivo del cese fue contrario a Derecho, pues se debió a la negativa del coronel a infringir lo que la ley y el mandato de la juez de instrucción ordenaban sobre la improcedencia de informar del desarrollo de las diligencias penales que se llevaban a cabo.