Lucía Figar, junto a Esperanza Aguirre, de cuyo Gobierno fue consejera.

Lucía Figar, junto a Esperanza Aguirre, de cuyo Gobierno fue consejera. Efe

Tribunales CASO PÚNICA

El juez de 'Púnica' vuelve a archivar la causa para la exconsejera del PP de Madrid Lucía Figar

Hace menos de una semana, la Sala de lo Penal ordenó volver a imputarla, ya que el juez decretó el archivo en la pieza 9 de 'Púnica' y no en la 10.

21 marzo, 2023 15:08

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón, instructor del caso Púnica, ha vuelto a archivar esta causa para la exconsejera madrileña Lucía Figar, que encabezó la consejería de Educación cuando Esperanza Aguirre era presidenta de la Comunidad.

Así consta en un auto, fechado este mismo martes y que avanza EL ESPAÑOL. En dicha resolución, el juez también toma la misma decisión para Luis Sánchez Álvarez (quien fue director en 2014 de la Fundación para el Conocimiento Madri+D), Manuel Pérez (viceconsejero de Educación de 2014 a 2015), Pablo Balbín Seco (exjefe de prensa de la Consejería de Educación) e Ignacio García de Vinuesa Gardoqui (exalcalde de Alcobendas).

También resultan exonerados María Teresa Alonso-Majagranzas Baena, que fue directora general de Comunicaciones y Redes Sociales del Patronato Sociocultural del Ayuntamiento de Alcobendas, y Yolanda Sanchís Sánchez, exgerente del Patronato Sociocultural de ese consistorio, "al no haber resultado debidamente justificada la perpetración de los delitos por los que se les ha llamado como investigados".

Lucía Figar dimitió de su cargo en 2015, cuando fue imputada por primera vez por los supuestos delitos de prevaricación y malversación. La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil la señaló por, según el Instituto Armado, haber pagado al cerebro de Púnica, con dinero público, entre 2011 y 2014, trabajos de reputación online para beneficiar su imagen.

García-Castellón ya archivó, el pasado octubre, la causa para ella. No obstante, la Fiscalía Anticorrupción recurrió esta decisión ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que le dio la razón al Ministerio Público y ordenó volver a imputar a la exconsejera madrileña. El motivo fue que el magistrado optó por el sobreseimiento de Figar en la pieza 9 de Púnica, pese a que ésta figuraba como investigada en la número 10.

Por ello, tal y como informó EL ESPAÑOL, la Sala de lo Penal ordenó, de nuevo, su imputación, pero dejó la puerta abierta a como ha sucedido que el magistrado instructor volviera a sobreseer el caso para ella; en esta ocasión, de forma correcta, en el marco de la pieza 10 de Púnica.

Durante la instrucción, la Fiscalía acusó a Figar de haber contratado, a través de la Consejería de Educación, a empresas del informático Alejandro de Pedro —el considerado cerebro de la Púnica— para la realización de 26 dosieres, por valor de 58.872 euros, que, en realidad, habrían sido "informes de reputación online de la consejera".

Sin embargo, el juez García-Castellón, titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, concluye: "Quien suscribe esta resolución considera que no ha resultado debidamente justificada la participación de Lucía Figar en la comisión de los hechos que se le imputan".

El magistrado subraya que la instrucción "no ha permitido acreditar que los servicios contratados desde la Consejería de Educación" a una de las empresas de De Pedro  "tuvieran un carácter exclusivamente laudatorio de la persona física Lucía Figar, como si fuera un ente separado de su cargo o la institución que representaba".

"El uso de empresas externas a la Administración para promocionar la imagen de cargos públicos es una práctica habitual en todos los ámbitos de la Administración", añade el auto.

"No corresponde este Juzgado Central de Instrucción hacer juicios morales, ni valorar la oportunidad, pertinencia o necesidad de este tipo de publicidad, sino examinar si los hechos denunciados en sede judicial reúnen, indiciariamente, los elementos de los tipos penales imputados", añade el juez. 

"En el presente caso, este instructor considera que, de las actuaciones practicadas, no ha resultado indiciariamente acreditado que los informes encomendados a [las empresas de De Pedro] se circunscribieran exclusivamente a publicitar la imagen de la señora Figar, toda vez que no es posible distinguir entre el cargo y la persona que lo ostenta", establece.

Sobre la contratación por parte del Ayuntamiento de Alcobendas, que encabezaba García de Vinuesa, de las empresas de De Pedro, el juez concluye que "las actuaciones practicadas no han permitido acreditar" que los servicios no se prestasen o fuesen simulados.

"Mucho menos se ha podido acreditar que estos informes se realizaron por encargo del señor García de Vinuesa, y finalmente tampoco se ha acreditado que los pagos que se efectuaron por el Ayuntamiento de Alcobendas se realizaron, precisamente, para mejorar la reputación personal del alcalde", añade.