El presidente del TC, Pedro González-Trevijano, en una imagen de archivo./

El presidente del TC, Pedro González-Trevijano, en una imagen de archivo./ EP

Tribunales

El TC paraliza por primera vez una ley en trámite para proteger el derecho a debatir de la minoría

El sector conservador ha impuesto sus seis votos frente a los cinco de los magistrados designados por PSOE y UP para estimar la petición del PP.

19 diciembre, 2022 22:23

En una decisión sin precedentes en su historia, el Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido de forma cautelar la tramitación de una iniciativa legislativa en las Cortes Generales.

Lo ha hecho a petición de los diputados del PP, que alegan que sus derechos como parlamentarios de la minoría se han visto vulnerados por la modificación exprés del sistema de elección de los propios miembros del TC.

Esa reforma se encuentra en estos momentos en el Senado, que ahora deberá paralizar su aprobación, inicialmente prevista para este jueves.

[El TC admite el recurso del PP tras rechazar la recusación de UP contra Narváez y Trevijano]

La decisión cautelar que ha partido en dos al tribunal de garantías y que augura una crisis institucional con el Legislativo y el Ejecutivo es inédita.

Sin precedentes

No hay precedentes de que el Tribunal Constitucional haya paralizado la tramitación de una iniciativa en el Parlamento nacional, aunque sí en una Cámara autonómica (la de Cataluña en el otoño de 2017, con motivo del proceso independentista).

Pero tampoco los hay de que dos leyes nucleares del Estado de Derecho, las que regulan el funcionamiento del TC y del Consejo General del Poder Judicial, se fueran a modificar en 12 días por vía urgente y gracias un atajo parlamentario que elude los informes de los órganos consultivos y que los grupos de la oposición no han podido enmendar.

La reforma fue introducida en una ley ajena, el cambio del Código Penal para acceder a las exigencias de los independentistas catalanes, el pasado día 9.

El Gobierno de Pedro Sánchez no utilizó un proyecto de ley, sino que ordenó a los grupos parlamentarios del PSOE y Unidas Podemos que introdujeran dos enmiendas en la proposición de ley que elimina el delito de sedición y rebaja las penas por malversar fondos públicos.

Las enmiendas, que estaban ya incorporadas en forma de disposiciones finales a la proposición de ley aprobada el pasado jueves por el Congreso en una sesión bronca, suprime el requisito de que los dos miembros del TC que debe designar el Consejo General del Poder Judicial sean elegidos por una mayoría cualificada de tres quintos, la regla que obliga al consenso y que es la que ha regido en 40 años de democracia.

Cambiar el TC

Con la reforma pretendida por el Gobierno bastaría para hacer esos nombramientos una mayoría simple de los vocales del CGPJ, cuyos derechos de proponer y votar candidatos también se limitan para favorecer la designación de los nombres preferidos por el Ejecutivo.

En última instancia, Sánchez pretende con esa modificación forzar al CGPJ a renovar inmediatamente el TC, de forma que pase a tener una mayoría progresista.

El recurso de los diputados del PP no se centra en el contenido de esa reforma, sino en el modo de tramitarla.

Sostienen que, al haberse introducido un cambio legal tan relevante por medio de enmiendas, ellos no han tenido la oportunidad de corregirlo presentando sus propias  enmiendas. A ello se une la tramitación por la vía de urgencia, que ha impedido el debate de la iniciativa.

[Los letrados del Congreso advierten de que es ilícito reformar el TC y el CGPJ en la ley que quita la sedición]

Se habría vulnerado, así, el derecho de los diputados del principal grupo de la oposición  a ejercer las funciones parlamentarias, de modo que la proposición de ley llegó viciada a la votación del Pleno del Congreso el pasado jueves.

Tribunal dividido

En una tensa reunión que se ha prolongado desde las 10 horas de la mañana hasta pasadas las 22 horas de la noche, con una pausa para comer, el Tribunal Constitucional ha acordado primero la avocación del asunto al Pleno. Luego ha admitido a trámite la demanda de amparo del PP, ha acordado emplazar al Congreso y al Senado y ha admitido las personaciones de grupos parlamentarios y diputados la mayoría. A continuación  ha rechazado las recusaciones de Podemos contra el presidente, Pedro González-Trevijano, y contra el magistrado Antonio Narváez. Y finalmente ha estimado la suspensión cautelarísima (sin audiencia a las partes) de la reforma. 

Menos la primera decisión, que fue adoptada por siete votos frente a cuatro, las demás han partido en dos al Constitucional: de un lado, los seis magistrados propuestos por el PP, incluido el presidente, González-Trevijano; enfrente, los cinco designados por el PSOE y Unidas Podemos.

El magistrado Enrique Arnaldo ha sido el ponente de la resolución, contra la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento.

El TC ha apreciado que la vulneración de derechos fundamentales alegada no carece prima facie (a primera vista) de verosimilitud de acuerdo con la doctrina constitucional sobre el ejercicio del derecho de enmienda y la relación de homogeneidad que ha de existir entre las enmiendas y la iniciativa legislativa que se pretende modificar.

También ha considerado que el recurso de amparo tiene especial trascendencia constitucional al estimar que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de “relevante y general repercusión social”, que, además, tiene “unas consecuencias políticas generales”.

Y ahora qué

Tras esta decisión, la sustitución de los cuatro miembros del TC que terminaron su mandato el pasado junio y se encuentran en prórroga legal de funciones depende de que el CGPJ sea capaz de llegar a un consenso con la ley vigente, que exige tres quintos para realizar los nombramientos de los dos nuevos miembros del Constitucional que le corresponden.

La otra opción inmediata es la tramitación de una iniciativa legislativa autónoma, que no presente las deficiencias de la que se ha paralizado hoy en una decisión histórica.

Fuentes del TC han indicado que el Pleno ha sido "duro e intenso" pero "manteniendo las formas" y sin asomo de que los magistrados progresistas se levantaran de la reunión.

Los magistrados que han quedado en minoría han sostenido que, además de la inexistencia de precedentes parar la tramitación de una iniciativa en el Parlamento nacional, las medidas cautelarísimas supone "un ataque a la soberanía nacional". En ese sentido formulará votos discrepantes.

El TC abrirá ahora una pieza de medidas cautelares ordinarias para que todas las partes opinen sobre el mantenimiento o levantamiento de la suspensión acordada.