Pedro Sánchez, este miércoles en La Rioja.

Pedro Sánchez, este miércoles en La Rioja. Efe

Tribunales MALVERSACIÓN

Los países que el Gobierno cita como ejemplo penan la malversación de forma similar a España

Francia castiga la malversación con hasta 10 años. Italia, con hasta 10 años y 6 meses. España, con un máximo de 10, pero Sánchez quiere rebajarla. 

8 diciembre, 2022 02:54

El Código Penal (CP) español define el delito de malversación como aquel perjuicio al patrimonio público cometido por un funcionario y lo castiga, en su tipo básico, con penas de dos a seis años de prisión, así como inhabilitación para cargo o empleo público durante un tiempo de seis a diez años.

Además, el CP concibe dos modalidades agravadas. La primera impone penas de 4 a 8 años si esta actuación causa "un grave daño o entorpecimiento" al servicio público o si el perjuicio ocasionado supera los 50.000 euros.

Y, de sobrepasar los 250.000 euros, el CP "se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la [pena] superior en grado". ¿Qué quiere decir esto? Que podrá penarse con una horquilla de 6 a 8 años e, incluso, para los casos más graves, llegar a penas que van desde los 8 años y un día hasta una década de prisión.

En el caso de que el perjuicio no supere los 4.000 euros, el Código Penal español impone penas de prisión de 1 a 2 años de cárcel más multas. La condena se aminora sustantivamente si el autor del delito repara el daño "de modo efectivo o íntegro" o su colabora con la Policía para capturar a otros responsables.

Este miércoles, las ministras Margarita Robles, titular de Defensa, y Pilar Alegría (Educación) insistieron en que la reforma de la malversación que planea el Gobierno busca "europeizar" en este sentido el Código Penal, mismo argumento que esgrime el Ejecutivo para defender su reforma de la sedición.

Aunque la vía para acometerla aún está en el aire, las dos ministras mencionaron a Portugal, Francia e Italia como los modelos a seguir. Por su parte, Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) tratará de forzar al Gobierno para que, entre otros extremos, la reforma distinga las penas en función de si medió "ánimo de lucro".

Por su parte, el presidente Pedro Sánchez ha recalcado que no permitirá, durante la tramitación parlamentaria de esta reforma, ningún retroceso en la lucha contra la corrupción política y avanza que no afectará a los ya condenados por este motivo.

Francia: hasta 10 años

¿Cómo está castigada la malversación en estos tres países que el Gobierno pone como ejemplo? El Código Penal francés, en su artículo 432-15, contempla la pena de hasta 10 años de cárcel para las "personas que ostenten autoridad pública o tengan una misión de servicio público" y sustraigan "fondos públicos o privados, monedas o valores en su lugar, o cualquier otro objeto que se le dé en razón de sus funciones o de su misión".

Al igual que España, tampoco distingue si medió ánimo de lucro. Francia también concibe imponer una multa de un millón de euros, cuya cuantía "podrá ser aumentada hasta el doble del producto de la infracción".

También se contempla ese mismo castigo para la tentativa del delito; es decir, el intento de cometerlo. "La multa se aumenta a 2.000.000 de euros o, si supera esta cantidad, al doble del producto de la infracción, cuando la infracción se cometa en banda organizada", añade.

Por ejemplo, el pasado 2020, el político francés François Fillon, conservador, que fue primer ministro de Francia y aspirante a la presidencia de la República en el 2017, fue condenado a 5 años de prisión por malversación.

El tribunal declaró probado que Fillon colocó a su esposa como asistente parlamentaria de manera ficticia, ya que ella no ejercía estas labores. Pero sí las cobraba.

Portugal: de 1 a 8 años

Portugal castiga el peculato con penas de cárcel que pueden llegar hasta los ocho años.

El artículo 375 del Código Penal luso recoge que a "los funcionarios que se apropian ilegítimamente, en beneficio propio o ajeno, de dinero o cualquier cosa mueble, pública o privada, (...) accesible a él en razón de sus funciones" les serán impuestas penas de 1 a 8 años de prisiónDe tratarse de bienes "de escaso valor", la condena será de 3 años como máximo.

"El funcionario que utilice o permita que otra persona utilice, para fines distintos de aquéllos para los que son destinados, vehículos u otras cosas muebles de valor apreciable, públicos o privados, que estén entregados a él, estén en su posesión o sean accesibles a él en virtud de sus funciones, es reprimido con prisión de hasta 1 año o con multa de hasta 120 días", recoge el Código Penal portugués.

"Si el empleado, sin razones especiales de interés público que lo justifiquen, entrega dinero (...) de uso público distinto de aquel al que está legalmente destinado, se sanciona con pena de prisión de hasta 1 año o multa de hasta 120 días", añade.

Italia: de 4 a 10,5

El Código Penal italiano castiga, en su artículo 314, la malversación con penas que van desde los 4 años de cárcel hasta los 10,5.

"El funcionario público o persona encargada de un servicio público, que tenga por razón de su cargo o servicio la posesión o la disponibilidad de dinero u otros bienes muebles de otros, es castigado con pena privativa de libertad de 4 a 10 años y 6 meses", reza.

"La pena de prisión de seis meses a tres años se aplica cuando el infractor actuó con el único propósito de hacer uso temporal de la cosa, y ésta, después de un uso momentáneo, fue inmediatamente devuelta", añade.

En 2018, la Justicia italiana condenó al exalcalde de Roma Ignazio Marino a 2 años de cárcel por este delito. Marino estaba acusado de utilizar la tarjeta de crédito del ayuntamiento de la capital, destinada a gastos de representación, para pagar 56 cenas privadas entre 2013 y 2015 por un total de 13.000 euros.

Alemania: malversación y apropiación

El Código Penal germano castiga en su artículo 246 la unterschlagung, lo más parecido al concepto de apropiación indebida, al que distingue de la malversación.

No obstante, no distingue entre si el afectado es un fondo público o uno privado; es por ello que el Gobierno español no toma la legislación alemana como ejemplo. Las penas que impone llegan hasta un máximo de 5 años.

"Quien se apropie ilícitamente de los bienes muebles de otra persona para sí o para un tercero será castigado con pena de prisión de hasta 3  años o multa, a menos que el hecho sea punible con una pena más grave en virtud de otras disposiciones. Si, en los casos del inciso anterior, el asunto se encomienda al autor, la pena es de prisión de hasta 5 años o multa. La tentativa es punible", reza el CP alemán.

Por otro lado, los alemanes se refieren al untreue —que se traduce como infidelidad— para hablar de la malversación. Y lo recogen en el artículo 266 de su Código Penal. Lo castigan con condenas que pueden ir desde 1 hasta 5 años de cárcel, dependiendo de la gravedad de los hechos.

Bélgica: 5 a 10 años

El Código Penal belga castiga con penas de prisión de 5 a 10 años y multa de 500 euros hasta 100.000 a "toda persona que ejerza un cargo público" y que malverse fondos públicos o privados, así como "papeles valiosos, documentos, valores, escrituras, bienes muebles" que tenga en su poder "en virtud de su cargo o en razón de su función".

Reforma del PP en 2015

En el año 2015, el Gobierno del PP, gracias a una mayoría conservadora en el Congreso, impulsó la modificación del Código Penal en lo relativo a la malversación.

En el preámbulo de la ley que acometió dicha reforma se explicaba que aquel cambio normativo introducía "una nueva tipificación de la malversación como un supuesto de administración desleal de fondos públicos".

El Código Penal resultante no distingue si la actuación estuvo motivada o no por un ánimo de lucro personal.

De esta forma, la malversación pasaba a ser considerada como otro de los "supuestos de gestión desleal con perjuicio para el patrimonio público".

Ahora, ERC presionará al Gobierno de Pedro Sánchez para que la reforma que acometa, además de rebajar las penas, diferencie entre las actuaciones guiadas por el ánimo de lucro personal y las que no lo estuvieron.

Por ejemplo, tras el referéndum soberanista impulsado en 2012 por el entonces presidente de la Generalitat catalana, Artur Mas no fue perseguido penalmente por el delito de malversación, ya que los 4,7 millones de euros destinados a la consulta no se emplearon en usos particulares.

"Igual que ya hemos eliminado la sedición, hay que reformar la malversación para lo que no era delito el 9-N [la consulta convocada por Mas en 2014] deje de serlo", afirmó recientemente el president de la Generalitat, Pere Aragonès, en una entrevista en la radio.