Martínez Almeida, el pasado 29 de mayo en el Ayuntamiento./

Martínez Almeida, el pasado 29 de mayo en el Ayuntamiento./ Efe

Tribunales Coronavirus

El juez archiva la causa abierta a Almeida por una presunta prevaricación por cerrar los parques

Concluye que no hay indicios de la que decisión, tomada por el director general de gestión del agua, sea contraria a Derecho.

3 junio, 2020 19:57

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El juez de instrucción de Madrid Juan Carlos Peinado ha acordado el archivo de las diligencias que abrió el pasado 14 de mayo contra el alcalde de la capital, José Luis Martínez Almeida, y contra el concejal delegado de Medio Ambiente, Borja Carabante, por un supuesto delito de prevaricación por mantener cerrados los grandes parques de la ciudad.

El denunciante, el abogado José Luis Mazón, sostenía que esa decisión era contraria a la orden ministerial del 30 de abril sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria.

El artículo 4 de la disposición establece que “se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden”. El denunciante afirmaba que esta previsión "está siendo vulnerada por un acuerdo irregular del Ayuntamiento cargado de abuso de poder en su intención de rechazar responsabilidades del gobierno".

El instructor, que inicialmente citó a Almeida y a Carabante en el Juzgado aunque después dejó sin efecto la comparecencia, ha terminando archivando el procedimiento al considerar que la resolución municipal por la que se mantuvieron cerradas al público las grandes superficies verdes estaba fundamentada en la prórroga del estado de alarma.

La decisión se adoptó también "en concordancia con lo dispuesto en la orden de la Consejería de Sanidad por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Madrid".

La resolución de cierre de los parques "está dotada de cobertura legal suficiente como para no poder considerarla contraria a Derecho, y eso ya daría lugar a entender que no nos encontramos ante un supuesto de delito prevaricación", señala el juez.

Añade que la decisión fue adoptada por el director general de Gestión del Agua y Zonas Verdes, "con competencias para ello, según la delegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid".

"No existe elemento normativo o descriptivo alguno que permita percibir ningún indicio del delito de prevaricación", concluye el juez, cuya decisión de archivo va a ser recurrida por el denunciante.