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    Alcalá Zamora, en el banquillo por "excitación a la rebelión".

    El 20 de marzo de 1931, en el majestuoso salón de plenos del Tribunal Supremo, comenzó el juicio contra Niceto Alcalá Zamora, exministro de Alfonso XIII, que pocos días después sería proclamado presidente del Gobierno provisional de la II República. Le acompañaban como acusados Fernando de los Ríos, Francisco Largo Caballero, Miguel Maura, Santiago Casares Quiroga y Álvaro de Albornoz, que se enfrentaban a penas de 12 a 15 años de cárcel como autores del manifiesto revolucionario de diciembre de 1930, considerado un delito de "excitación a la rebelión". En él manifestaban: "Venimos a meter la Monarquía en los archivos de la Historia y a establecer la República sobre la base de la soberanía nacional". Otros cuatro encausados como Indalecio Prieto y Manuel Azaña, fueron declarados rebeldes y se encontraban en el extranjero. Los acusados, que llegaron al tribunal desde la cárcel Modelo de Madrid, fueron defendidos brillantemente por Ángel Ossorio Gallardo y Victoria Kent, entre otros. El presidente del tribunal, teniente general Burguete, no dejó fotografiar el banquillo, pero fue benévolo en la sentencia: les impuso una condena a seis meses y un día de prisión por "motivos de atenuación muy calificados" consistentes en haber actuado en un "estado de obcecación disculpable". "Procedieron a impulsos de la penosa impresión que en ellos llegó a producir la situación creada en el país", decía la sentencia.

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    Sanjurjo, condenado a pena de muerte.

    El 24 de agosto de 1932, dos semanas después del fallido golpe de Estado contra la II República, el general José Sanjurjo fue juzgado en el salón de plenos del Tribunal Supremo. Fue un proceso sumarísimo (las defensas y el fiscal tuvieron cada uno tres horas para examinar las diligencias y presentar sus escritos de descargo y acusación) sobre el que el presidente de la Sala, Mariano Gómez, anunció: "Será sesión continua, que sólo se interrumpirá cuando el cansancio nos rinda a todos". El abogado del militar, Francisco Bergamín, se mostraba confiado: "¿Cuáles son los antecedentes de Sanjurjo con respecto a la República? Nadie negará que ésta tuvo mucho que agradecerle en los primeros días del cambio de régimen. ¿Cuáles sus propósitos? Sanjurjo los ha expresado de palabra y por escrito: no iba contra la República, sino contra un Gobierno que él entendía sojuzgado por el elemento socialista". Sin embargo, Sanjurjo fue condenado a pena de muerte (que el Gobierno de Azaña conmutó por reclusión perpetua). La Prensa republicana elogió "el sentimiento de Justicia en que el fallo está inspirado. Por duro que éste haya sido, no alcanza, sin embargo, a la magnitud del delito, porque los crímenes contra la Patria son de unas características que rechazan toda comparación".  

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    El general Berenguer y los fusilamientos de Jaca.

    El 6 de mayo de 1935 el salón de plenos del Tribunal Supremo tuvo un ocupante ilustre: el general Dámaso Berenguer, presidente del penúltimo Gobierno de Alfonso XIII. El fiscal del Supremo, Lorenzo Gallardo, pidió para él una pena de 12 años de prisión mayor por su responsabilidad en la condena a pena de muerte dictada por un consejo de guerra contra los capitanes Galán y García Hernández, sublevados en Jaca contra la Monarquía el 12 de diciembre de 1930. Berenguer aseguró que el Gobierno no intervino en el proceso sumarísimo "porque así lo exige la legislación, dejando libertad a las autoridades militares para restablecer la disciplina". Su defensor fue Melquiades Álvarez, que en su intervención final dijo: "Mi alma sale a mis labios para deciros la decepción que experimento (...) No hay en esta causa el más ligero atisbo de culpabilidad de mi defendido, un hombre que lo fue todo en España (...) Y es que, señores, en este asunto la política ha invadido el campo de la Justicia, y cuando esto sucede la primera víctima es la Justicia misma".

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    Juicio a Companys por rebelión: "Tiene mal color, pero sonríe".

    A las 11.15 horas del 27 de mayo de 1935 el presidente de la Generalitat de Cataluña, Lluis Companys, y los consejeros Martín Esteve García, Joan Lluhí, Martín Barrera, Pedro Mestres, Ventura Gassols y Joan Comorera entraron en el salón de plenos del Tribunal Supremo, cedido para la ocasión al Tribunal de Garantías Constitucionales. Se les juzga por un delito de rebelión por el que el fiscal del Tribunal Supremo, Lorenzo Gallardo, pide para cada uno de ellos 30 años de reclusión mayor e inhabilitación absoluta. Los hechos se refieren a la proclamación del "Estado catalán de la República Federal española" realizada por Companys desde el balcón del Palacio de la Generalitat el 6 de octubre de 1934, tras la entrada de la CEDA en el Gobierno de la República. En el banquillo falta un séptimo consejero, Josep Dencás, "rebelde, por huído", cuenta la Prensa. El Heraldo de Madrid refleja en su crónica que "Los procesados tienen mal color, pero sonríen, especialmente Companys". 

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    Una querella del Gobierno de Lerroux inició el proceso a Companys.

    El proceso a Companys y los consejeros de la Generalitat comenzó por una querella dirigida al Tribunal de Garantías Constitucionales y firmada por Alejandro Lerroux: "El Gobierno de la República española, por medio del presidente del Consejo de Ministros, que suscribe, interpone acusación en forma de querella contra el presidente de la Generalidad de Cataluña...", arrancaba el documento, fechado el 12 de octubre de 1934, seis días después de la proclamación del "Estado catalán". Lerroux relataba que envió "a fuerzas de la Guardia Civil y del Ejército para ocupar la Generalidad y el Ayuntamiento". "Del combate que sostuvieron con las fuerzas facciosas, las fuerzas leales resultaron con sensibles bajas, consistentes en la muerte de cuatro oficiales", añadía. 

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    "La declaración borrosa, gris, falta de toda personalidad" de Companys.

    El juicio a Companys suscitó una enorme expectación, hasta el punto de que ya en la madrugada del primer día se había formado una cola de público que rodeaba el Palacio de Justicia. "El primer lugar lo ocupa el sr. Pi y Suñer, que envió a una persona para que guardara sitio", cuenta la Prensa en referencia al entonces alcalde de Barcelona. Actúan como defensores los mejores abogados: Jiménez de Asúa, Ossorio y Gallardo, Barcia, Ruiz Funes. Los acusados, recluidos en la cárcel Modelo de Madrid, llegan a Las Salesas "en un autocar nuevo de la Dirección General de Seguridad y no vienen esposados". Algunos periódicos reflejan la declaración "nada destacable, borrosa, gris, falta de toda personalidad, del sr. Companys" y valoran que fue favorable a los acusados que interviniera en primer lugar Joan Lluhí, que declaró: "La Generalidad era partidaria de una República democrática y liberal, lo que ha sido desvirtuado con la inclusión de la CEDA en el Goberno. Peligraba la autonomía de Cataluña, como se ha demostrado con los numerosos incidentes surgidos con motivo de la interpretación del Estatuto". El diario La Nación escribe: "Claro que la desmembración de Cataluña no fue decretada, porque romper la tierra, aparte de Dios, sólo lo hizo Hércules. Y de éste a Companys y compañía todavía hay distancia". Condenado a 30 años de reclusión, pronto fue amnistiado.

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    Los recursos contra la condena por el golpe del 23-F.

    La condena dictada por el Consejo Supremo de Justicia Militar contra los autores del golpe de Estado del 23 de febrero de 1981 fue revisada por la Sala Penal del Tribunal Supremo en una vista celebrada en el salón de plenos el 6 de abril de 1983. Presidió el magistrado Fernando Díaz Palos y actuó el fiscal general, Luis Antonio Burón. La sentencia, leída en medio de un tenso silencio a las 10.30 de la mañana del 28 de abril de 1983, agravó las penas a 22 de los 33 acusados, incluido el exgeneral Alfonso Armada, y rechazó la eximente de la obediencia debida.

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    Filesa, el proceso por la financiación ilegal del PSOE.

    El 2 de julio de 1997 el banquillo del salón de plenos del Tribunal Supremo se llenó de los 26 acusados iniciales de haber financiado ilegalmente al PSOE a través de las empresas Filesa, Malesa y Times Export. Diecinueve días después el tribunal, presidido por el magistrado José Augusto de Vega, anunció la exclusión de 14 acusados, diez de ellos por considerar "nulo e ineficaz" el escrito de acusación del PP y otros cuatro por prescripción. La sentencia fue conocida el 28 de octubre siguiente, día que coincidió con el 15 aniversario de la primera victoria electoral del PSOE, y condenó al ex diputado socialista Carlos Navarro a 11 años de prisión y al senador del PSC-PSOE y diputado autonómico catalán Josep María Sala, a tres (Sala fue amparado luego por el TC). El administrador de Filesa, Luis Oliveró, recibió 10 años de cárcel y la ex coordinadora de finanzas del PSOE Aida Álvarez y su marido, Miguel Molledo, dos años y cuatro meses de prisión. El caso Filesa inauguró la estrategia de utilizar los procesos judiciales con fines electorales a través de la figura de la acción popular, lo que lamentablemente perdura en nuestros días.

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    La cúpula de Interior, en el banquillo por la 'guerra sucia' contra ETA.

    El pleno de la Sala Penal del Supremo, presidido por José Villarejo e integrado por otros 10 magistrados, juzgó en mayo de 1998 al exministro del Interior socialista, José Barrionuevo, al ex director de la Seguridad el Estado Rafael Vera, al exgobernador civil de Vizcaya Julián Sancristónal y a otros ocho acusados por ordenar y llevar a cabo el secuestro en Francia de Segundo Marey, la primera acción reivindicada por los Grupos Antiterroristas de Liberación. La sentencia, que condenó a todos los acusados a penas que sumaban 88 años y 10 meses de prisión, puso punto final a un duro proceso en el que triunfó el Estado de Derecho frente a la razón de Estado. Felipe González, presidente del Gobierno cuando ocurrieron los hechos, fue inmortalizado por el fotógrado de El Mundo Fernando Quintela subrepticiamente, dado que el tribunal no permitió la difusión de su declaración testifical. 

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    El drama de los atentados del 11-M.

    La Sala Penal del Supremo fue también la encargada de poner punto final a la causa sentenciada por la Audiencia Nacional sobre los atentados islamistas del 11-M, que costaron la vida a 193 personas. La vista de los recursos de casación se celebró en el salón de plenos del alto tribunal ante un tribunal de cinco magistrados presidido por Juan Saavedra y duró tres días. La sentencia, de 956 folios, fue redactada en un tiempo récord por el prestigioso magistrado Miguel Colmenero y confirmó en lo esencial la condena de la primera instancia.

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    La ilegalización del brazo político del ETA.

    El salón de plenos del Tribunal Supremo ha sido testigo mudo de los procesos de ilegalización de Herri Batasuna y las sucesivas formaciones políticas que sustituyeron al que fue considerado el brazo político de la organización terrorista ETA. Los procesos fueron sentenciados por la Sala especial del artículo 61, integrada por 16 magistrados de las cinco Salas del Supremo y presidida por el presidente del alto tribunal. El primer fallo de ilegalización de un partido en la España democrática fue dictado por unanimidad el 17 de marzo de 2003.

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    Un juez en el banquillo.

    La interceptación de las conversaciones que los imputados del 'caso Gürtel' mantuvieron en prisión con sus abogados llevó al banquillo a quien fue el instructor del caso, Baltasar Garzón, que fue juzgado en el salón de plenos del Tribunal Supremo y condenado a 11 años de inhabilitación. La sentencia, unánime, conllevó la expulsión de Garzón de la carrera judicial.